ELCHE. Este próximo lunes el equipo de gobierno tiene previsto aprobar el proyecto de la Ordenanza reguladora del uso de Vehículos para la Movilidad Personal (VMP) en el término municipal al calor del auge de estos vehículos, principalmente patinetes eléctricos. El anterior bipartito llegó a plantear un borrador de consulta previa en octubre de 2022 pero no llegó a aprobarse antes de las elecciones. Ahora PP y Vox han impulsado la misma, atendiendo a la realidad y su uso tan frecuente, generación también de problemas. Pero más allá de los ejes vertebrales presentados, conductores con un mínimo de 14 años, casco y seguro de responsabilidad civil, la misma sancionará a los chatarreros que circulen con un carro de la compra por la vía pública. La ordenanza se aprueba inicialmente en el pleno de marzo y entraría en vigor el 1 de enero de 2026.
En este sentido, la ordenanza incluye una disposición adicional única con diversas prohibiciones a los peatones. Entre ellas, "transportar por la vía pública carros de supermercado, entendiendo por tales los vehículos de carga, provistos de chasis de metal y manillar de plástico, utilizados para el transporte de las mercancías compradas en los supermercados o grandes superficies". Un enunciado que se centra por tanto en los chatarreros y la estampa que se suele ver de recogida allá donde hay contenedores, generalmente protagonizada por migrantes, para recoger metales y otros materiales que después llevan a la chatarrería para vender, y en otros casos, aunque los menos, algún indigente o personas que buscan objetos o comida que aprovechar de los contenedores de basura. La ordenanza plantea para estos casos una sanción de 60 euros.
Las otras tres cuestiones que prohíbe esta disposición es efectuar el alto a un auto taxi desde el centro de una calzada, subir o bajar de un vehículo en marcha y cruzar la calzada corriendo y/o sin cerciorarse de la distancia o velocidad a que circulan los vehículos más próximos y que no existe peligro al efectuar el cruce.
Infracciones leves, graves o muy graves
Por otra parte, el régimen sancionador señala que las infracciones leves acarrearán una multa de 75 euros, las graves con multa de 200 euros y las muy graves, con multa de 500 euros; salvo que la legislación de tráfico prevea una multa de cuantía superior. La conducción con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas, serán de 1.000 euros, y por último, las leves pueden incrementarse hasta un 30% dependiendo de otras cuestiones como los antecedentes.
En cuanto a las infracciones leves, entre ellas está cruzar o permanecer un peatón por un carril-bici, también obstaculizarlo, y lo mismo en las vías ciclistas, permanecer o transitar por ella un peatón. En general, el espíritu de la ordenanza en este aspecto es ordenar y jerarquizar, de forma que ningún vehículo o peatón circule o directamente pase por donde no le corresponde. También será considerada infracción leve no advertir el conductor al resto de usuarios de la vía acerca de las maniobras que vaya a efectuar con el brazo.
Entre las graves está circular con la bicicleta apoyada sólo en una rueda, o sujetándose a vehículos en marcha. También conducir bicicletas y VMP atravesando un paso de peatones sin paso ciclable adosado. O para espacios reservados a los peatones sin adecuar la velocidad al paso de los mismos o superando los 10km/h, así como maniobras que afecten a su seguridad. No respetar la prioridad de paso de un ciclista por parte de vehículos motorizados también entrará aquí, así como los adelantamientos de vehículos a motor que adelanten poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclista. Lo será también circular detrás de un ciclista sin mantener la distancia de seguridad reglamentaria. Por otra parte, entre otras imágenes que se pueden ver, también es infracción grave llevar abiertas las puertas un vehículo motorizado, abrirlas antes de su completa inmovilización o sin haberse cerciorado previamente que su apertura no implica peligro a otros usuarios de la vía.
En cuanto a las muy graves, figura conducir bicicletas y MVP de forma temeraria, provocando circunstancias de riesgo grave propio o para terceros, la conducción con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de consumo de drogas, así como alterar las características técnicas o electrónicas de los patinetes eléctricos para aumentar su velocidad. Y no tener el seguro también será considerada muy grave.
Regulación de las actividades económicas
Siguiendo con otras novedades, la ordenanza también regula las actividades turísticas o de ocio sin conductor y con base fija para su aparcamiento. Hará falta autorización municipal y presentar el recorrido de las rutas autorizadas, horario de uso y las obligaciones de seguridad para las personas que se lo utilicen. También los sistemas de alquiler de bicicletas o VMP sin base fija, aunque en este caso, el estacionamiento se realizará en los puntos de estacionamiento de bicicletas convencionales, bicicletas eléctricas y vehículos de movilidad personal, de forma que no queden 'sueltos' y aislados en la vía pública.
El PSOE pide un plan de divulgación
Por último, el grupo socialista pedía esta semana un plan de divulgación e incentivos a jóvenes para informar sobre la ordenanza de patinetes y bicicletas, focalizando en los institutos y universidades de la ciudad. El portavoz Héctor Díez proponía la realización de charlas divulgativas en los centros educativos a cargo de la Policía Local, "así como talleres específicos sobre las normas a cumplir respecto al buen uso de los patinetes eléctricos y bicicletas". También la puesta en marcha de una serie de incentivos para los participantes de los talleres como elementos de seguridad, por ejemplo, chalecos reflectantes o cascos homologados, además de descuentos en comercios locales por la compra de los mismos.