Alicante

El permiso a la solar de la suiza EBL en Fontcalent abre un conflicto jurídico entre Alicante e Innovación

El Servicio Territorial de Industria concede autorización administrativa para la construcción de la planta promovida por Besolar con informes municipales desfavorables que considera no preceptivos. El Ayuntamiento discrepa y sondea presentar recurso.

  • Los paneles de un parque solar, en imagen de archivo.
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ALICANTE. El proyecto promovido por la multinacional suiza EBL, a través de su filial Besolar Energy, para construir una planta solar de 8,6 MW de potencia en la partida de Fontcalent pueda acabar abriendo una batalla jurídica entre el Ayuntamiento de Alicante y la Conselleria de Innovación, Industria y Turismo. ¿El motivo? El reconocimiento conferido a esa propuesta por parte del servicio territorial de Industria, Energía y Minas, adscrito a Innovación, por el que se otorga a la compañía la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y aprobación del plan de desmantelamiento y restauración del terreno y el entorno afectado para el desarrollo de su central fotovoltaica.

Esa resolución positiva, a la que se ha dado carácter de oficialidad a través de su publicación en boletines oficiales este mismo jueves, se adopta en contra del criterio mantenido por la Concejalía de Urbanismo a lo largo del procedimiento administrativo de tramitación de sus permisos. En concreto, el departamento municipal había emitido varios informes desfavorables, incluido el de compatibilidad urbanística del proyecto, en los que se concretaba que la planta solar planteada no tenía encaje en "el planeamiento municipal y los criterios de localización e implantación de las instalaciones de centrales fotovoltaicas del Decreto ley 14/2020".

Además, en esos informes se ponía de manifiesto también "su incidencia al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos". Unos condicionamientos que el Ayuntamiento considera todavía que no se pueden obviar a la hora de conceder las preceptivas licencias municipales que han de tramitarse. De hecho, en esos informes se apuntaba que el emplazamiento propuesta para su implantación está excluido de la delimitación específica de suelo apto para la construcción de ese tipo de instalaciones que se recoge en la propuesta de modificación puntual número 44 del Plan General de Ordenación Urbana aprobada por el Ayuntamiento en 2024, que ahora continúa en trámite, a la espera del visto bueno de la Conselleria de Territorio. 

Sin embargo, fuentes municipales reseñan que el Servicio Territorial de Industria no tiene en cuenta esos dictámenes municipales negativos en base a un pronunciamiento de la Abogacía de la Generalitat que considera que dichos informes municipales son "preceptivos, pero no vinculantes". Con todo, el Ayuntamiento de Alicante discreparía de esa conclusión hasta el punto de que ha optado por dar traslado de la resolución autonómica a los Servicios Jurídicos Municipales con el objetivo de "valorar las opciones legales existentes y la oportunidad de presentar recurso", según concluyen las mismas fuentes.

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