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modificación de planeamiento para regular su instalación

Alicante cambia el PGOU para limitar las plantas solares con predominio en Fontcalent y El Vergeret 

  •  Una instalación fotovoltaica, en imagen de archivo. Foto: RAFA MOLINA 

ALICANTE. Alicante se suma a la cascada de municipios (Elche, Villena, Mutxamel...) que ya han tomado medidas ante la proliferación de proyectos para la instalación de plantas solares entre sus límites con una propuesta que delimita los emplazamientos de suelo no urbanizable común viables para el desarrollo de ese tipo de iniciativas. Esa regulación, en la que se venía trabajando desde el año 2022, cuando se acordó la suspensión de licencias para ese tipo de instalaciones, se sustancia ahora a través de una modificación puntual de planeamiento -la número 44- que, salvo variación de última hora, se prevé validar en la próxima reunión de la Junta de Gobierno para dar inicio a su recorrido administrativo previo a su aprobación inicial en pleno. 

Básicamente, en ella se plantea concentrar los espacios compatibles en dos entornos principales, aunque no exclusivos. Se trata de las partidas de Fontcalent y de El Vergeret, dos de los ámbitos de mayor superficie del término municipal que permanecen, en su mayor parte, libres, situados en sus extremos noroeste y norte, respectivamente. Además, también se plantea configurar bolsas de suelo apto para acoger ese tipo de instalaciones en otras localizaciones de menores dimensiones como El Boter o en los bordes del trazado de la línea de ferrocarril entre Valencia y Alicante, a la altura de puntos como La Torre, El Pintat o El Camí del Ventorrillo.

Con ello, se preservaría de una hipotética presión de las empresas del sector de las energías renovables ligadas al aprovechamiento de la luz solar en el resto de zonas de suelo no urbanizable común que ahora sí quedaban expuestas a la presentación de ese tipo de iniciativas, como los sectores de las Lomas del Garbinet, el entorno de los Saladares de Aguamarga, la Sierra del Porquet, El Bacarot, la Condomina o el ámbito encuadrado entre las Lagunas de Rabasa y el barrio del Cementerio, por ejemplo.

El cambio de planificación urbanística, trazado por los técnicos municipales del Servicio de Planeamiento de la Concejalía de Urbanismo con la colaboración de la consultora de medio ambiente y riesgos naturales GEOLAT, se ajusta a lo previsto en el Decreto 14/2020, del 7 de agosto, del Consell, en el que se pone de manifiesto la necesidad urgente de compatibilizar la normativa municipal para la instalación de plantas solares fotovoltaicas mediante medidas que faciliten su implantación en aquellos lugares seleccionados por considerarse como los más aptos para dicha función.

De ahí que el principal objetivo de la modificación puntual sea realizar una zonificación dentro del suelo no urbanizable común en la que tendría cabida la instalación de plantas generadoras de energía solar fotovoltaica, de modo que esa delimitación sirva como marco de referencia sobre el que poder fundamentar sus solicitudes de licencia. En suma, se trata de establecer ubicaciones compatibles para su desarrollo, lo que no implica que toda propuesta basada en esas ubicaciones vaya a ser autorizada necesariamente.

Estudio pormenorizado de suelos

¿Cómo se ha llegado a establecer esa propuesta de zonificación? Fuentes consultadas por este diario indicaron que a la identificación de los entornos considerados aptos se habría llegado tras la realización de un estudio pormenorizado de los aspectos naturales ambientales, paisajísticos, de riesgos, culturales, arqueológicos y paleontológicos que condicionarán el mejor posicionamiento de este uso en el término municipal.

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