ALICANTE. El proyecto promovido por la empresa XC Business 90 para la instalación de una planta de almacenaje de combustibles en la terminal de mercancías del Puerto de Alicante entra en un nuevo escenario tras la concesión de su licencia ambiental, en el que el hipotético hallazgo de rendijas en los informes de seguridad pueden desempeñar un papel clave. Cuando menos, esa es la posición que se puso de manifiesto este martes, después de que, este martes, se confirmase la emisión del decreto por el que se concede ese primer permiso, en una resolución que el equipo de gobierno, del Partido Popular, justificó en la necesidad de dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) del pasado mes de abril. Esa sentencia, en la que se reconocía el derecho de la compañía a la licencia solicitada por silencio administrativo positivo (es decir, la falta de respuesta en el tiempo debido a la solicitud registrada), quedó confirmada el pasado diciembre, después de que el Tribunal Supremo (TS), inadmitiese el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento frente al fallo del alto tribunal autonómico. Y, además, fue avalada de nuevo por el TSJ, después de que se rechazase el incidente de nulidad también intentado por el Ayuntamiento.
Con todo, tanto la edil de Urbanismo, Rocío Gómez, como el vicealcalde y portavoz del equipo de gobierno, Manuel Villar, insistieron en que ese acuerdo no presupone que se vaya a autorizar la ejecución de los seis depósitos contemplados en el proyecto en la medida en que todavía debería superarse varias fases administrativas previas a la concesión de un hipotético permiso definitivo para su construcción. En concreto, ambos aludieron a dos circunstancias concretas que, de algún modo, estarían entrelazadas. La primera, que la licencia ambiental no presupone la concesión de la licencia de obra, todavía no resuelta. El otorgamiento de esa segunda autorización depende de un segundo procedimiento, según subrayó Villar. Y la segunda, que -incluso una vez concedido ese permiso de obra- la entrada en funcionamiento y actividad de la planta no podría producirse hasta que contase con informes favorables en lo que respecta a los requisitos de seguridad y prevención exigidos en las normativas sectoriales en materia de medio ambiente, control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, así como de afectación a la Red Natura 2000.
El aval sobre el cumplimiento de esos requisitos depende de instancias autonómicas como la Conselleria de Emergencias y la Conselleria de Medio Ambiente, con lo que el equipo de gobierno se aferra al hallazgo de posibles resquicios en el proyecto promovido por XC Business que permitan frenar la puesta en marcha de sus instalaciones. En ese contexto, quedaría por resolverse todavía de forma oficial la vigencia de la limitación de distancia mínima respecto a núcleo habitado que se introdujo en la disposición adicional décima de la Ley de Calidad Ambiental aprobada por el Consell del Botànic durante la pasada legislatura. Fuentes consultadas por este diario precisaron que la Conselleria de Medio Ambiente no ha resuelto todavía la consulta elevada por la Concejalía de Urbanismo el pasado mes de julio en ese sentido, con el propósito de discernir sobre la viabilidad del proyecto, toda vez que el emplazamiento propuesto -la explanada del muelle 19 de la terminal de mercancías- podría no cumplir ese requisito de un kilómetro de alejamiento respecto a zona residencial. En principio, el departamento autonómico seguiría revisando toda la normativa al respecto, como informó este diario hace un mes.
Vías legales
Al margen de ello, el equipo de gobierno todavía pretende jugar la carta del recurso de amparo frente a la sentencia del TSJ ante el Tribunal Constitucional (TC) con la expectativa de que aplique su propia jurisprudencia y concluya que no procede conceder una licencia ambiental por silencio administrativo positivo, en contra de lo que habría resuelto el alto tribunal autonómico en su fallo favorable a los intereses de la empresa. Esa próxima vía legal (todavía se sigue trabajando en su elaboración) se sumaría, así, a las acciones ya emprendidas por la asociación conservacionista Ecologistas en Acción, mediante la interposición de un contencioso frente a la modificación de la concesión que da encaje a la instalación de los depósitos, aprobada por la Autoridad Portuaria en 2019, que forzará al TSJ a volver a pronunciarse sobre la viabilidad del proyecto de XC Business.

- Una de las protestas contra los depósitos del Puerto de Alicante, en i -
- Foto: RAFA MOLINA
La misma Plataforma por un Puerto Sostenible (PPS) también ha anunciado la interposición de un segundo recurso dirigido frente a ese mismo acuerdo adoptado por el Puerto, así como contra la falta de respuesta a su solicitud de revisión de oficio de esa modificación, que se fundamentaba en la existencia de supuestos errores en la admisión de la propuesta, toda vez que se interpreta que XC Business no cumpliría los requisitos de solvencia técnica y económica para desarrollar esas instalaciones.
Al tiempo, quedaría abierta la hipótesis sugerida por la propia PPS de que la Autoridad Portuaria promoviese el rescate de parte de la concesión de la terminal de mercancías, en el espacio del muelle 19 en el que se asentaría la planta de carburantes, en una medida que podría justificarse en la necesidad de disponer de ese suelo para ubicar infraestructuras de interés general, como la estación de ferrocarril interna a la que aspira el propio Puerto, aunque ello conllevase el previsible pago de una compensación económica a la concesionaria de la terminal: Terminales Marítimas del Sureste (TMS).
Acciones penales y reclamación económica
Con todo, esas posiciones se enfrentarían con el planteamiento en sentido contrario defendido por la empresa promotora de los depósitos. Fuentes de la compañía consultadas por este diario precisaron que el siguiente paso que debe atender la Concejalía de Urbanismo es la concesión de la licencia de obra, en un trámite que se estima que debería ser automático, toda vez que la concesión de licencias es un acto reglado y que no puede denegarse en la medida en que se cumplen las condiciones exigidas para su concesión. En caso contrario, según apuntan las mismas fuentes, se estaría incurriendo en un delito de prevaricación, como el que se habría cometido en el caso de que no se hubiese acordado la concesión de la licencia ambiental con fecha límite de 9 de marzo. Es más, representantes de la compañía señalaron que se emprenderán las acciones penales que correspondan frente a responsables políticos y funcionarios en el supuesto de que vuelva a producirse un nuevo retraso en la resolución de ese permiso, después de que la Concejalía de Urbanismo haya esperado a agotar el plazo legal para otorgar la licencia municipal, a sabiendas de que la sentencia del TSJ de abril de 2024 devino firme a mediados del mes de diciembre, a pesar de que esa firmeza no se notificase de forma oficial hasta el 9 de enero.
Urbanismo comunica ahora el levantamiento de la suspensión del expediente acordado en enero de 2024 a la espera de la sentencia del TSJ que permanecía vigente a pesar de que el alto tribunal se pronunció el pasado mes de abril
Además, las mismas fuentes apuntaron que esas acciones penales se acompañarían de la correspondiente reclamación patrimonial por el perjuicio generado en la demora en la resolución de esos permisos, en los que también computarían esos cerca de dos meses y medio legales que se habría esperado para conceder la licencia ambiental. Todo, a pesar de los reiterados requerimientos -al menos, tres durante el mes de diciembre- registrados por la compañía a través del registro municipal con el fin de reclamar la concesión de ese permiso, en los que también se solicitaba mantener un encuentro informativo sobre el estado del expediente. Por lo pronto, esos escritos habrían tenido respuesta finalmente en una contestación fechada el 6 de marzo por la Jefatura del Servicio de Urbanismo, en la que se anunciaba la inminente concesión de la licencia ambiental, ahora ya otorgada. Además, también se confirmaba el levantamiento de la suspensión de la tramitación del expediente que se había decretado en enero de 2024 con el argumento de que debía esperarse a la sentencia del TSJ, y que todavía permanecía en vigor a pesar de que el alto tribunal emitió su sentencia favorable a XC Business en abril, y de que la propia empresa había demandado expresamente que quedase reactivado a la vista de esa resolución. Y, en tercer lugar, también se apuntaba la posibilidad de que se produjese el encuentro informativo solicitado por la empresa en el momento en el que las agendas lo permitiesen.
Por último, representantes de XC Business apuntaron que los condicionantes sobre el plan de seguridad y el plan de emergencias apuntados por el equipo de gobierno como fases por superar para que las futuras instalaciones pudiesen entrar en funcionamiento no tendrían ninguna relevancia toda vez que esos requisitos estarían cubiertos en el proyecto presentado, como ya había informado este diario. De hecho, el propio administrador de la compañía, Dionisio Díez, recalcó la seguridad de la instalación propuesta en una entrevista concedida a Alicante Plaza hace un año.