Alicante

Alicante insta a la Cámara de Comercio a presentar proyecto de demolición de la planta "ilegalizable" en Panoramis

Urbanismo emite un oficio en el que traslada las medidas de restauración de la legalidad urbanística que la institución debe adoptar para obtener la licencia de obra mayor para su sede

  • Las instalaciones de la Cámara en el edificio de Panoramis.
Suscríbe al canal de whatsapp

Suscríbete al canal de Whatsapp

Siempre al día de las últimas noticias

Suscríbe nuestro newsletter

Suscríbete nuestro newsletter

Siempre al día de las últimas noticias

ALICANTE. Sin solución alternativa para la nueva sede institucional de la Cámara de Comercio. Tampoco la posibilidad de prescindir de la polémica entreplanta construida sobre el espacio que ocupaban los antiguos cines del centro de ocio, renunciando a hacer uso de ella, como había planteado la entidad empresarial como posible salida. El Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Alicante ha emitido esta semana un oficio en el que traslada a la Cámara de Comercio las "medidas de restauración de la legalidad urbanística vulnerada" que debe adoptar para regularizar las obras ejecutadas en el Centro de Negocios Panoramis Life & Business, entre las que destaca "la aportación de un nuevo proyecto refundido que regularice la situación". Un proyecto que "no incluya en ninguna parte de su contenido ejecución de ningún elemento constructivo respecto a la planta ilegalizable (segunda planta) y que sí incluya la ejecución de los preceptivos trabajos de demolición de lo ilegalmente construido". Además, la tramitación de la licencia de obra mayor queda supeditada a la aprobación del proyecto de obra que abarque todo el ámbito de la concesión, presentado en noviembre por Digital Corner, tras los últimos requerimientos formulados por Urbanismo, y que está siendo evaluado por los técnicos "a fin de ser informado y proseguir con la tramitación de la licencia de obras al mismo, así como con la posterior autorización de la actividad de oficinas", según informan fuentes municipales, a través de un comunicado.

Disciplina Urbanística ha emitido este oficio en respuesta a un escrito presentado por la Cámara de Comercio el 25 de noviembre de 2025 solicitando que se "impulse la tramitación administrativa del expediente de referencia, emitiendo las instrucciones que procedan y autorizando el proyecto adecuable y autorizable mediante licencia municipal de obras o, en su caso su tramitación como declaración responsable". Al respecto, desde el servicio ligado a la Concejalía de Urbanismo proceden a desgranar "cuál está siendo el procedimiento llevado a cabo y las incidencias del mismo que afectan al expediente", recalcando que "la postura municipal se ha mantenido invariable en las distintas reuniones mantenidas con su equipo profesional".

No existe proyecto de obras del concesionario

En primer lugar, la resolución del Servicio de Disciplina Urbanística señala que "no existía presentado ante la Autoridad Portuaria, como así nos fue comunicado por la misma a nuestro requerimiento, proyecto de obras del concesionario Digital Corner, ni de ninguno de sus arrendatarios que le hubiera aportado el citado concesionario, como obligan, no sólo los términos de la concesión portuaria, sino la normativa aplicable: el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante y la Ordenanza aplicable a las edificaciones realizadas por particulares en el interior del dominio público portuario, del Plan Especial del Puerto".

En este sentido, recuerda Disciplina Urbanística, "el Ayuntamiento no puede otorgar licencia de obra en suelo de dominio público portuario al margen de la concesión otorgada por la Autoridad Portuaria y del proyecto autorizado por la misma al concesionario, Digital Corner, del que la Cámara de Comercio es arrendataria". Por tanto, la viabilidad de las obras de la Cámara de Comercio "queda supeditada al cumplimento de los parámetros urbanísticos del Plan Especial del Puerto en el ámbito de la concesión, y el otorgamiento de la licencia al concesionario, de la que carece". Tal proyecto y su autorización, explican, permiten conocer la edificabilidad y ocupación de todo el sector, "a fin de constatar si, al margen del incumplimiento del número máximo de plantas, parámetro urbanístico sobre el que habrá que restaurar la legalidad, las demás obras realizadas por todos los terceros arrendatarios cumplen o no la legalidad urbanística".

El comunicado apunta que el concesionario fue requerido en agosto de 2025 para que presentara el preceptivo proyecto de obra que abarcara todo el ámbito de la concesión. Tras diversas reuniones técnicas, ha tenido entrada en el mes de noviembre el último proyecto presentado por el concesionario, que está siendo analizado por los técnicos municipales a fin de ser informado y proseguir con la tramitación de la licencia de obras al mismo, así como con la posterior autorización de la actividad de oficinas, que constituye el amparo de la actividad individual de cada uno de sus arrendatarios. Respecto a las obras ejecutadas por terceros incumpliendo la normativa urbanística, se deberá proceder restaurando la legalidad urbanística vulnerada, potestad irrenunciable y de obligado cumplimiento por el Ayuntamiento de Alicante por imperativo legal.

Necesidad de demolición de la planta ilegalizable

En segundo lugar, en relación con las medidas que debe adoptar la propia Cámara de Comercio para obtener la licencia de obra mayor, Disciplina Urbanística señala que, como ya se notificó a la corporación empresarial en mayo "y se les reiteró en agosto de 2025", "las obras solicitadas exceden del número máximo de plantas permitido en la zona I Sector 6 del Plan Especial del Puerto de Alicante, de tal modo que se deberán adoptar las medidas de restauración de la legalidad infringida y aportar un nuevo proyecto refundido que regularice tal situación y elimine la nueva planta prevista tal y como queda ésta definida en la normativa del vigente PGOU".

El 1 de agosto, la Cámara de Comercio presentó su último proyecto refundido. Sin embargo, advierte el oficio, "no constan, en la documentación hasta la fecha presentada, las medidas a adoptar al efecto de restaurar la legalidad infringida, ni consta en el proyecto presentado la parte relativa a la eliminación de todos los elementos constructivos de la segunda planta". Por tanto, para la obtención de la licencia "deberá presentarse proyecto refundido que no incluya en ninguna parte de su contenido ejecución de ningún elemento constructivo, tabiquerías, solados, revestimientos, instalaciones, etc, respeto a la planta ilegalizable y que sí incluya la ejecución de los preceptivos trabajos de demolición de lo ilegalmente construido, ello en la consideración de que tal espacio no puede tener la consideración de planta a ningún efecto, tal y como viene definido en el PGOU de Alicante".

Por último, respecto a la posible tramitación del proyecto como declaración responsable, como defendía la Cámara de Comercio, Disciplina Urbanística aclara que "al margen de tratarse de unas obras que por su entidad, con afectación de elementos estructurales principales y alteración estructural del volumen, con sustancial incremento de edificabilidad, en el momento de la solicitud no quedaban amparadas bajo tal título habilitante, el incumplimiento de la normativa urbanística constatado dejaba ineficaz, en cualquier caso, tal declaración responsable". Dada la restauración que se ha de acometer, "se ha de mantener el expediente de obra mayor que se está tramitando".

No obstante, apuntan, "tal circunstancia no van a determinar una mayor demora en la tramitación por sí misma, toda vez que sigue estando condicionada por la resolución de las cuestiones expuestas anteriormente". La resolución de Disciplina Urbanística recalca, igualmente, que "la actuación del Ayuntamiento no ha sufrido demora alguna imputable al Servicio de Disciplina Urbanística, cuyos tiempos han estado y están condicionados por las actuaciones requeridas al concesionario, la restauración de la situación física alterada en el ámbito de toda la concesión, así como de la específica que afecta a la Cámara de Comercio". Y por último, el Servicio ofrece su "entera disposición para solventar cualquier duda o cuestión cuya aclaración precisen, en aras al deber de colaboración que ha de presidir la relación entre ambas instituciones, del que esta Administración no se ha apartado en ningún momento".

Recibe toda la actualidad
Alicante Plaza

Recibe toda la actualidad de Alicante Plaza en tu correo