Alicante

Alicante cumple con Vox y alarga la temporada estival de las terrazas sin limitar aforo, sin retirada exprés...

El equipo de gobierno persiste en extender el horario especial de verano durante seis meses, de mayo a noviembre, tras plantear el rechazo de todas las enmiendas formuladas por PSOE, Compromís y EU Podem

  • Las terrazas de la hostelería en la calle Castaños de Alicante.
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ALICANTE. La extensión de la temporada estival de las terrazas de la hostelería con horario ampliado entre mayo y noviembre completa su tramitación administrativa sin cambios respecto al modelo aprobado el pasado diciembre. La propuesta de modificación de la Ordenanza de Ocupación de Vía Pública planteada por el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), llegará al debate plenario sobre su aprobación con las únicas aportaciones acordadas con el grupo municipal de Vox y sin contemplar ninguna de las sugerencias formuladas por los tres grupos del eje progresista que ejercen funciones de oposición: PSOE, Compromís y Esquerra Unida Podem.

Así se concreta, como mínimo, en el informe de resolución de enmiendas elaborado por los técnicos municipales que se elevará a dictamen de la comisión municipal de Presidencia y Régimen interior este jueves, en el que se desestiman todos y cada uno de los planteamientos de la izquierda. Todo parece indicar que PP y Vox sumarán sus votos para descartar ese paquete de iniciativas alternativas tanto en la comisión, como en el pleno ordinario de enero. Así que la regulación permitirá que los negocios hosteleros que dispongan de veladores puedan disfrutar de un periodo extraordinario de verano mayor que el actual, en el que quedaba limitado entre el 15 de junio y el 30 de septiembre desde principios de 2025, para pasar a tener vigencia ahora entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre.

En ese periodo de seis meses, restaurantes y pubs podrán disponer, en términos generales, de mesas y sillas en la calle hasta la 1:00 horas de domingo a jueves, y hasta la 1:30 horas los viernes, sábados y vísperas de festivo. Es decir, justo la solicitud que había planteado el grupo municipal de Vox en el acuerdo alcanzado con el PP que permitió la aprobación del Plan Económico Financiero (PEF) al que el ayuntamiento quedaba abocado tras la superación de la regla de gasto en el ejercicio de 2024. De este modo, los populares dan cumplimiento a ese acuerdo que los voxistas también exigían como condición para respaldar el presupuesto municipal de 2026, sin atender las posiciones del resto de formaciones opositoras.

Entre ellas figuraba, de hecho, el planteamiento opuesto a la prolongación de esa temporada, como solicitaba Compromís. Es decir, que se mantuviese la misma duración negociada entre la propia coalición valencianista y el equipo de gobierno en julio de 2024. Eso sí, Compromís añadía otro cambio adicional: que en ese periodo extraordinario de verano se alargase en 30 minutos el horario de funcionamiento de las terrazas los viernes, sábados y vísperas de festivos, de forma que su retirada se produjes a las 2:00 horas. No obstante, el informe técnico de resolución de las enmiendas rechaza esa doble aportación central relacionada con uno de los puntos más controvertidos de la ordenanza para defender el argumento que había justificado la revisión de la norma: el hecho de que las condiciones climatológicas que caracterizan a la ciudad de Alicante recomendasen extender la duración de la temporada de verano durante seis meses.

"Se ha considerado oportuno moderar en el proyecto de modificación que se presenta la reducción de horario de las terrazas que introdujo la Ordenanza vigente con respecto a la regulación contemplada en la Ordenanza precedente, tomando en consideración tanto el clima benigno del que disfruta la ciudad de Alicante durante los meses comprendidos entre mayo y octubre -el cual repercute indudablemente en los hábitos y costumbres de la ciudadanía -como las necesidades de un sector estratégico desde el punto de vista turístico y económico para la ciudad, como es la hostelería", apunta el informe. Y, al tiempo, incide en la segunda parte de la sugerencia formulada por Compromís para sostener que podría resultar contradictorio que por una parte se solicitase no alargar ese horario estival para favorecer el descanso vecinal y, al tiempo, se plantease ampliar en 30 minutos el horario de funcionamiento de las terrazas durante los fines de semana de ese periodo.

Pero no solo eso. Respecto a las propuestas de Compromís (tres en total), el informe técnico rechaza la enmienda con la que la coalición valencianista planteaba la retirada de la propuesta de modificación de la ordenanza al considerar que el texto a cambiar se había aprobado hacía un año y que la nueva propuesta no estaba acompañada de ningún informe socioeconómico ni que acreditase su compatibilidad con la ordenanza contra la contaminación acústica. Al respecto, el informe sostiene que la tramitación de los cambios sí han contado con la emisión de los informes preceptivos, que no existe incompatiblidad con ninguna otra ordenanza y que el hecho de que se revise la norma un año después de su última actualización obedece a una cuestión de criterio político.

La ordenanza también mantendrá la compatibilidad de los puntos de información sobre cualquier tipo de delito, al margen de los denominados 'puntos violeta' sobre agresiones sexuales

Además, el dictamen también descarta la solicitud de que se elimine la incorporación de la posibilidad de instalar puntos de información sobre cualquier otro tipo de delito -otra de las exigencias formuladas por Vox- al margen de la implantación de los denominados puntos violeta, de atención a las víctimas de agresiones sexuales. Sobre esa cuestión, el dictamen apunta que no existe ningún tipo de impedimento para que puedan situarse esos otros puntos informativos adicionales y complementarios a los puntos violenta, sin eliminarlos.

Esa es la misma respuesta que se concede a la misma enmienda formulada por el grupo socialista (en realidad, la única registrada por esa formación) en ese sentido. Y, por último, el informe rechaza las diez aportaciones formuladas por Esquerra Unida Podem, todas ellas con la intención de introducir puntualizaciones de carácter técnico que permitiesen reducir posibles molestias de ruido, reforzar las sanciones en caso de infracciones, o favorecer la protección del arbolado próximo a las terrazas, por ejemplo. En este sentido, el informe técnico las descarta en su totalidad al considerar que aluden a cuestiones contempladas en otras ordenanzas, no tratadas en la regulación sobre las condiciones de Ocupación de la Vía Pública. También argumenta que varias de las cuestiones sugeridas ya están incorporadas en el propio texto. Y, por último, apunta que su consideración supondría introducir medidas excesivamente restrictivas.

Sin adelanto de retirada del mobiliario

Es, de hecho, la respuesta que se facilita a tres sugerencias concretas. La primera, la posibilidad de que se limitase el aforo de las terrazas a un máximo de un tercio de la capacidad total del interior del local hostelero al que quede vinculado con el fin de minimizar el problema del ruido. Sobre esa cuestión, el informe señala que la aceptación de esa medida "supondría, en la práctica, una reducción sustancial de los veladores de la ciudad, no acorde con el espíritu de la Ordenanza, que trata en todo momento de armonizar la sostenibilidad del sector hostelero con la convivencia vecinal, sin introducir actuaciones drásticas que mermen de manera determinante la actividad de aquél, por lo que cabe concluir que la propuesta no concuerda con el contexto general de la Ordenanza". 

La segunda, la posibilidad de que se anticipase el horario de retirada del mobiliario de los veladores al momento de su cese de actividad. Al respecto, el informe apunta que "la normativa autonómica establece un horario de cierre de los establecimientos públicos que supera considerablemente el horario de cierre de las terrazas en el municipio de Alicante. Dado que el mobiliario de la terraza se retira una vez finalizada la jornada al interior del establecimiento, adelantar dicha obligación a un momento anterior al cierre del local, coincidiendo con el cierre de la terraza, no resultaría compatible por cuestiones de espacio con el mantenimiento de la clientela en el interior".

Y añade que "la aceptación de la propuesta abocaría, por lo tanto, a los establecimientos que cuentan con terraza, a la necesidad de adelantar el cierre del establecimiento haciéndolo coincidir con en el momento de cierre de la terraza, no pudiendo disfrutar, en consecuencia, del horario (más amplio) concedido para el desarrollo de la actividad hostelera por la Administración autonómica. Ello supondría, en la práctica, que la Ordenanza intervendría en un aspecto que excede de las atribuciones que competen al Ayuntamiento, ya que compete a la regulación que la Generalitat Valenciana establece respecto a los horarios de cierre de los establecimientos".

Y la tercera, la posibilidad de que se prohíba la difusión de sonidos relacionados con retransmisiones televisivas o de señales sonoras a la vía pública también cuando procedan del interior de los locales ligados a los veladores. Sobre ese punto, el informe apunta que "la norma que nos ocupa se refiere únicamente a las ocupaciones temporales de la vía pública, por lo que no es posible contemplar en la misma limitaciones relativas al interior de los establecimientos".

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