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cambios en el calendario FISCAL para afrontar el recibo  

Alicante planea flexibilizar el IBI con un sistema de pago fraccionado 'a la carta' de hasta cinco plazos 

El equipo de Gobierno prepara una reforma de la ordenanza fiscal para que los ciudadanos puedan abonar el impuesto dividiendo su importe en dos, tres, cuatro o cinco meses. La propuesta incluye la rebaja del tipo impositivo de un 5% para dejar sin efecto el aumento de los valores catastrales acordado por el Consejo de Ministros

17/12/2016 - 

ALICANTE. Fraccionado y a la carta. El Ayuntamiento de Alicante pretende ofrecer nuevas facilidades para el pago del IBI con la apertura de hasta cinco plazos de pago distintos de manera que el recibo no suponga ningún esfuerzo inalcanzable para ninguna familia, sea cual sea su situación económica. La propuesta con la que trabaja el equipo de Gobierno (PSOE, Guanyar y Compromís), y que se confía en aprobar la próxima semana a través de una modificación de la ordenanza del impuesto para que pueda entrar en vigor en enero (inicio del año fiscal), consiste en extender las dos únicas opciones que figuran en el sistema actual en otras tres más para aligerar la carga, de modo que todo titular de una vivienda pueda hacer frente al impuesto en uno, dos, tres, cuatro o cinco pagos distintos

Hasta ahora sólo se podía dividir su abono bien en dos o bien en cinco pagos. Con el nuevo calendario que maneja la propuesta del tripartito, a partir de 2017, el ciudadano podrá decidir entre pagarlo en dos plazos (abril y agosto), en tres (abril, mayo y agosto), en cuatro (abril, mayo, junio y agosto) y en cinco (abril, mayo, junio julio y agosto). Los cargos se harán efectivos siempre en la misma fecha, el día 3 de cada uno de esos meses. Eso sí, para optar por ese calendario fiscal a la carta, debe cumplirse ciertos requisitos: tener domiciliado el pago del recibo; que su importe sea mayor de 100 euros, y que siempre se pague una cantidad superior a los 50 euros en cada plazo en el que se haya decidido dividir el impuesto

En todos esos casos, el fraccionamiento no supondrá la carga de intereses de demora. Pero sí los habrá para los recibos que superen los 6.000 euros: en esos casos, se devengarán intereses al tipo vigente siempre que ese pago aplazado exceda del periodo de pago voluntario general y comenzarán a contabilizarse, precisamente, desde esa fecha hasta el momento de pago de cada plazo.

En ese apartado, el del periodo voluntario de pago, también se introducen novedades. Hasta ahora, ese periodo arrancaba el 15 de marzo y terminaba el 31 de mayo. Con la nueva propuesta, la fecha límite se alarga en otros tres mese y medio para fijarla en el 30 de junio. En esa extensión de plazo, según las fuentes consultadas, se ha tenido en cuenta que los pensionistas dispondrán tendrán a su alcance para entonces la percepción de la paga extra de verano.  

Y por último, la lista de cambios se cierra con el ya publicado por este diario: la rebaja del tipo impositivo por el que se calcula el IBI para neutralizar la última subida de los valores catastrales (la base imponible) aprobada por el Gobierno central en función del año de aprobación de la última ponencia de valores de cada ciudad. En el caso de Alicante, esa subida es de un 5%, por lo que la disminución del tipo trata de dejarla sin efecto, de modo que el importe del recibo siga siendo el mismo que en 2016. En concreto, el tipo pasará de un 0,694 a un 0,661%

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