ALICANTE. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) cierra la puerta al último intento promovido por Geamur por el que la compañía aspiraba a que el alto tribunal revisase su decisión inicial y pudiese promover la readjudicación del servicio en el concurso convocado en 2020, después de que el propio TSJ hubiese acordado la readmisión de su propuesta en el concurso del que resultó excluido por una supuesta baja anormalmente desproporcionada no justificada.
En un auto fechado el tres de julio, el TSJ desestima el recurso de reposición presentado por Geamur (en el que demandaba, precisamente, que se instase la readjudicación del servicio como fórmula de ejecución de la sentencia a su favor), y rresuelve ahora que no existirían motivos para modificar el alcance de su decisión previa. "No vemos razones para modificar la declaración de imposibilidad material y legal de ejecutar la sentencia en sus propios términos" por los mismos motivos que se apuntaban en su primera resolución.
A grandes rasgos, en ella se precisaba que, en realidad, la duración del contrato objeto del proceso de licitación en el que Geamur tenía derecho a participar ya había vencido, por lo que no podía retrotraerse un concurso sobre un objeto que ya no existía.
De ahí que, en esa resolución previa, concluyese que la única fórmula viable para que se resarciese el derecho que se había vulnerado a la empresa al excluirla de forma indebida del concurso consistía en determinar una indemnización económica, como había planteado el Ayuntamiento de Alicante el pasado mes de enero.
De este modo, el TSJ acuerda ahora conceder a Geamur un plazo de 20 días para que la compañía eleve su petición de reclamación, con el fin de que pueda abrirse la pieza separada correspondiente para precisar esa compensación, toda vez que Geamur no optó por solicitar ese procedimiento al presentar el recurso de reposición.