ALICANTE. El conflicto del ruido que los vecinos del Centro de Alicante asocian al descontrol en los negocios del ocio y la hostelería vuelve a extenderse hasta la celebración de les Fogueres por el uso indebido que atribuyen a la disposición de barracas y racós por la cesión de uso de sus recintos, instalados con autorización municipal, a terceros para que puedan organizarse lo que consideran "discotecas en plena calle". Se trata de una denuncia que vienen planteando de forma recurrente con especial intensidad durante los últimos años, en los que, según sostienen portavoces vecinales, se habría comprobado que esa práctica resulta cada vez más habitual.
De ahí que, en esta ocasión, se haya tratado de solicitar la intervención directa de la Conselleria de Cultura en busca de medidas que eviten la proliferación de las molestias en base a la necesidad de que se atienda a la protección de la esencia de la celebración, reconocida como Bien de Interés Cultural (BIC) inmaterial desde 2014. En esta línea, la asociación registró el pasado mes de marzo un escrito ante el departamento autonómico que coordina el vicepresidente primero del Consell, Vicente Barrera, en el que demanda la intervención de la Dirección General de Cultura para que vele por la conservación de las características que motivaron el reconocimiento de las fiestas de San Juan como BIC frente a usos que estarían alterándolas, en alusión a la disposición de supuestos locales de ocio camuflados entre recintos festeros.
Sería, en suma, de un intento con el que se pretendería que Cultura aplicase lo dispuesto en el decreto por el que se reguló esa distinción, hace una década. En concreto, en su artículo 3 se detalla que: "La Generalitat velará por el normal desarrollo y la pervivencia de esta manifestación cultural y tutelará la conservación de sus valores tradicionales. Cualquier cambio que exceda el normal desarrollo de los elementos que forman esta manifestación cultural deberá comunicarse a la dirección general competente en materia de patrimonio cultural, para, en su caso, su autorización administrativa y consiguiente modificación de la presente declaración".
En esta línea, la Asociación de Vecinos incide en su escrito en que "un BIC no se legisla para la obtención de beneficios económicos de unos pocos. Ni para la diversión extrema de una franja de población autóctona y/o foránea. Se hace, para preservar la conjunción festiva de muchos aspectos, en la sociedad donde se desarrolla. Aquí se involucraban hasta los niños [...]. Recabando posibles para su celebración y viviendo los sentimientos de tradición y pertenencia a lo largo del año. Esto ya no se da en el Centro, porque han encontrado otras vías para financiarse la fiesta", expone la comunicación vecinal, en alusión a la cesión de uso de los recintos festeros.
Con ello, el colectivo vecinal pretendería que se tuviese en cuenta la misma línea argumental que se ha venido manteniendo hasta ahora tanto por el Ayuntamiento como por los juzgados de lo Contencioso-Administrativo que han resuelto hasta ahora respecto a las demandas planteadas por la plataforma Salvem el Nostre Patrimoni en sus intentos por conseguir la búsqueda de un nuevo emplazamiento alternativo a la Plaza de Luceros para el desarrollo del concurso pirotécnico de Fogueres, que se han vuelto a reproducir este año con una nueva solicitud similar. Tanto en los informes elaborados por la Concejalía de Cultura en respuesta a esas peticiones, como en las distintas sentencias dictadas por los juzgados hasta ahora se ha venido concluyendo que esa ubicación queda reconocida de forma expresa en la declaración del BIC por lo que se han desestimado las pretensiones de la plataforma, al margen de que también se haya concluido que los disparos de las mascletàs no provocarían daños relevantes sobre la fuente de la plaza.
De ahí que los vecinos del Centro requieran que la Dirección General que coordina Pilar Tébar mantenga el mismo celo a la hora de preservar los elementos centrales de la fiesta para frenar la supuesta utilización indebida como locales de ocio de los recintos promovidos por las distintas comisiones, después de haber presentado varias quejas ante el Ayuntamiento sin que, a su juicio, se hayan tomado las medidas preventivas necesarias para atajar el problema.
"Durante todo el año, varias calles del Centro se saturan de ruido. En los fines de semana se produce un incremento, acompañado por peleas, suciedad de excrementos y la consiguiente limpieza con maquinaria. Pero durante las Hogueras, lo anterior se ve sobrepasado, precisamente por las alteraciones que denunciamos", incide el escrito vecinal remitido a Cultura. A juicio del colectivo, esas prácticas habrían modificado "la integridad y esencia del BIC" por lo que emplaza al departamento autonómico a actuar frente a "las graves diferencias y mercantilización particular que se han dado en las celebraciones de los últimos años" que, en su opinión, habrían alterando "costumbres y tradiciones, mantenidas históricamente".
Y todo, según argumentan, con la singularidad de que el propio ayuntamiento "ha promulgado nuevas ordenanzas de ruido y fiestas" y que "en ambas se alude a las Hogueras y se modifica su celebración conforme al interés empresarial aludido".
Por ello, instan a la conselleria a intervenir en un contexto en el que se habría vuelto a lograr una segunda sentencia en la que se conmina al Ayuntamiento a acordar la implantación de una Zona Acústica Saturada (ZAS) limitada al eje de la calle Castaños, después de que se el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocase una resolución previa en la que se extendía la aplicación de esas medidas de control del ruido al conjunto de calles de ese entorno. Eso sí, esa nueva resolución judicial sigue sujeta al resultado del recurso ya anunciado por la Asociación de Locales de Ocio y Restauración de Alicante (Alroa), al margen del que pueda presentar también el propio ayuntamiento.
Sea como fuere, hasta el momento, la solicitud vecinal ante Cultura respecto a las circunstancias concretas que se registran durante la celebración de les Fogueres no habría tenido ninguna respuesta más de dos meses después de su presentación, sin que se les haya emplazado a aportar documentación adicional a la ya incorporada en su primer escrito, con el fin de que pudiese instruirse un expediente al respecto.