La Abogacía pide excluir del plan de Simplificación los cambios en la ley de Patrimonio Cultural

23/07/2024 - 

VALÈNCIA. La Abogacía de la Generalitat expone una serie de reparos al decreto-ley de Simplificación Administrativa aprobado recientemente por el Consell. Algunos de ellos son sugerencias, apuntes o recomendaciones, mientras que en otros directamente pide que se excluyan algunas modificaciones normativas, como ocurre con el apartado relativo a la ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

El órgano que asesora jurídicamente al Gobierno autonómico propone desestimar la inclusión de tres propuestas de cambios en esta norma y que fueron impulsados por la Conselleria de Cultura que hasta hace unos días dirigía Vicente Barrera (Vox). 

En el decreto se sustituye la autorización previa de la Conselleria de Cultura –ahora integrada en Educación y liderada por José Antonio Rovira– por la declaración responsable "para la celebración de determinadas actividades recreativas o socioculturales, que sean de carácter ocasional, reversible, por tiempo limitado y que no supongan afección sobre los bienes declarados de interés cultural". 

 

Pero la Abogacía de la Generalitat se muestra especialmente dura en este punto. En su opinión, "se produce una disminución de protección que en nada contribuye a la consecución de los fines de la simplificación administrativa". "Si la finalidad es eliminar barreras burocráticas, una solución puede ser la presentación de la solicitud de autorización para celebrar determinadas actividades recreativas o socioculturales en BIC, estableciendo un plazo para su otorgamiento, transcurrido el cual puede entenderse autorizada la actividad, como en los supuestos de cambio de uso. Se da además la circunstancia de que, tratándose de actividades por tiempo limitado, la declaración responsable puede no brindar la seguridad preventiva que demanda este tipo de bienes", argumenta. 

Lo mismo ocurre respecto a otros dos artículos que se modifican de la ley de Patrimonio Cultural relativos al procedimiento de declaración de bien de interés cultural (BIC). La actual norma exige practicar la notificación de la incoación del procedimiento, su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su comunicación al Registro General de bienes de interés cultural de la Comunitat. Si se trata de monumentos, jardines históricos y espacios etnológicos, se comunicará además al Registro de la Propiedad al mismo fin.

Pero todo este procedimiento se modifica a través del decreto-ley de Simplificación. Para la Abogacía, con ello se "sustituye el sistema garantista descrito" por la "mera publicación en el tablón de anuncios del ayuntamiento donde radique el bien, encomendando a los ayuntamientos a garantizar la publicación de la información detallada por medios electrónicos, portales o páginas web en el caso de un elevado número de personas interesadas o cuando concurran razones de interés público relacionadas con la urgencia, peligro de desaparición, daño o expolio a los bienes referidos". 

Con esta nueva redacción, dice el informe, "se menoscaba la seguridad preventiva que el sistema actual trata de garantizar, sustituyendo la publicación en diversos medios oficiales por la publicación en un medio de menor alcance". Algo que, prosigue, significa "supeditar su eficacia a la acción municipal que, por otra parte, pende de un supuesto indeterminado" como es el "elevado número de personas interesadas" o el "cuando concurran razones de interés público relacionadas con la urgencia, peligro de desaparición, daño o expolio. Al igual que en el anterior apartado, pide que se excluya del decreto de simplificación ese cambio normativo. 

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