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por las actas de la junta y por asuntos del mercado central

La transparencia se le atraganta al bipartito de Elche: dos reveses en tres meses por vulnerar derechos de la oposición

15/10/2020 - 

ELCHE. La cuestión de la transparencia vuelve a sobrevolar en la Plaça de Baix por segunda vez en tan solo tres meses. Esta vez a colación del famoso informe de Cuatrecasas encargado por el equipo de gobierno para asesorarse sobre la rescisión del contrato del Mercado Central. Tras la negativa del Ejecutivo municipal a hacerlo público a facilitárselo al PP, como habían solicitado los de Pablo Ruz, llevaron el caso al Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que ahora les ha dado la razón, señalando que se vulneraron sus derechos como oposición al no dárselo. Algo por lo que el Juzgado de lo Contencioso nº1 de Elche condena al Ayuntamiento al pago de las costas, con un precio máximo de 575 euros. Sin embargo, no es la primera vez que ocurre algo similar con el actual Ejecutivo, en julio el Síndic de Greuges le pegó un tirón de orejas por tardar en entregarle al PP distintas actas, impidiendo su fiscalización. Y la tercera si se cuenta previamente la entrega del informe por otra demanda.

Un informe de interés para un cargo público y para la ciudadanía

Sobre las peticiones formuladas el 20 de octubre y 22 de noviembre de 2019, el juzgado contempla que en tanto que cargo público Ruz, la actuación impugnada —es decir, la no entrega del informe—vulnera su derecho a la participación en los asuntos públicos, que establece el Artículo 23 de la Constitución Española. Este artículo recoge el derecho de "obtener la información necesaria para el ejercicio de las funciones públicas atribuidas a los Concejales como representantes democráticamente elegidos de los vecinos del Municipio", señala la sentencia en su fundamentación jurídica. 

También apunta que según el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, (ROFCL), "todos los miembros de las corporaciones locales tienen derecho a obtener del alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función", para lo que no hace falta especificar para qué se necesitan. "La negativa, (sin otro fundamento que el unilateral criterio del alcalde de considerar innecesaria la documentación solicitada para el desarrollo de las
funciones de la Concejal interesada) infringe el derecho fundamental establecido en el art. 23.1 de la Constitución", desvela. En su defensa en su momento, fuentes municipales justificaron la no entrega por motivo de "interés general", esto es, los argumentos para la rescisión.

En definitiva, la jueza entiende que este documento era de interés público, no solo para la oposición para su fiscalización, sino también para la ciudadanía. También por la pertenencia de Ruz a la Comisión de Seguimiento del Mercado Central, destacando que flaco favor se hace a la transparencia si la misma no funciona. Con todo esto, el juzgado estima el recurso, mencionando la vulneración del Derecho reconocido en el artículo 23 C.E, "reconociendo el derecho del recurrente al acceso, en su condición de cargo público representativo, al documento reseñado en sus solicitudes de documentación". Ante el fallo cabe interponer recurso ordinario de apelación en el plazo de quince días en este Juzgado. En cualquier caso, el Partido Popular ya había conseguido el informe de Cuatrecasas en mayo a través de la otra demanda mencionada.

El Síndic instó al gobierno a no obstaculizar las labores de fiscalización

En cuanto a este revés, por el que condena al Consistorio al pago de las costas de 575 euros, algo que desde el PP piden que pague el alcalde de su bolsillo, no es el primer toque de atención que se lleva el equipo de gobierno por cuestiones de transparencia. En el pasado mes de julio, el Síndic de Greuges remitía tanto al Partido Popular como al Ayuntamiento la resolución tras la queja interpuesta meses antes por el partido que lidera Ruz, al estimar que se vulneran los derechos del partido como oposición porque las actas de la Junta de Gobierno se demoran más de lo establecido por la normativa local, al exceder el envío el plazo máximo de 10 días a los restantes miembros de la Corporación Local.

Aludía el Síndic que se incumplen los plazos para el funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROF), dificultando a los concejales, "más allá de lo razonable, el ejercicio de las funciones de control del gobierno municipal. Esta institución considera que estas funciones de control no solo permiten fiscalizar los resultados de la gestión municipal, sino profundizar en los mecanismos de participación ciudadana, reforzando la práctica democrática y la transparencia en la actuación administrativa". Y justificando que si la Junta de Gobierno tenía mucha carga, precisamente por ello tenía que remitir rápidamente a la oposición las actas de estas reuniones.

Sea como fuere, de momento el alcalde no ha hecho declaraciones sobre esta reciente sentencia, aunque el portavoz Héctor Díez sí, aseverando que siempre han tenido en cuenta a la oposición y que en el caso del PP abusan mucho de las solicitudes por registro "por lo que no siempre se pueden entregar a tiempo", aunque ha defendido como ya hizo el alcalde, que no se entregó el informe por cuestiones de "defensa del interés general", que es la línea en la que finalmente va la rescisión del contrato

El contrato menor a Cuatrecasas, sin figurar en la relación de contratos de 2019

Con todo, más de un año y medio después, el contrato menor por el que se encargó al bufete el informe aún no figura entre los que se realizaron aquel año.

Aunque es una mera formalidad, la realidad es que en marzo de 2019 fue cuando se conoció, de rebote, que se había encargado un informe al conocido bufete para asesorar al entonces tripartito en cómo debería formularse la rescisión. Se encargó el 1 de marzo y lo destapó la ya extinta formación Ilicitanos por Elche porque era un punto que estaba fuera del orden del día. El procedimiento para contratar a este despacho fue de un contrato menor, por valor de 13.500 euros más IVA.

Desde entonces, ha pasado un año y siete meses y el contrato sigue sin publicarse en la relación de contratos menores que el Ayuntamiento va colgando periódicamente. En este caso, no figura en ninguno de los que se hicieron durante todo 2019, y tampoco en el del primer trimestre de 2020, que es el último que se ha publicado hasta la fecha. Precisamente cuando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Elche falló favorablemente a la demanda interpuesta por el PP para hacer público el informe jurídico, también pidió la "certificación y copia del expediente administrativo incoado para la celebración de contrato menor". Sea como fuere, ese contrato menor, del que se supo su existencia de rebote y no por la Junta de Gobierno, no figura en los contratos menores encargados el año pasado. 

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