ELCHE. Aparcisa, la adjudicataria del proyecto del Mercado Central, tiene a partir de ahora diez días naturales para alegar contra el expediente de rescisión del contrato, ya que se ha dado por notificada de la decisión del bipartito, consciente de que seguramente el proyecto acabará en los juzgados. Con esta notificación el Ayuntamiento ha hecho público el informe de rescisión, que ha tardado un año en armarse desde Contratación y Urbanismo. Eso sí, aunque hay algunos detalles más concretos que hasta ahora no habían trascendido, el grueso del informe es de sobra conocido después del culebrón que empezó hace cinco años con la adjudicación. El informe cimenta la rescisión en base a tres aspectos: resulta imposible la ejecución del proyecto en los términos inicialmente pactados, resulta cierta la posibilidad de una lesión grave al interés público y que no procede la modificación del contrato por ausencia de motivo de interés público.
Esta síntesis es una de las conclusiones de la coordinadora de Urbanismo en los instantes finales del informe. Al principio del mismo, el expediente hace un recorrido cronológico por todas las situaciones ocurridas, empezando las deficiencias a las que se fue requiriendo su corrección, como los estudios de tráfico, con informes desfavorables, inclusive la solución de salida del aparcamiento por la calle Salitre, de la que el técnico responsable señaló que era "la peor posible" al introducir dos carriles y uno en dirección por la izquierda y que el presupuestado calculado era muy inferior al necesario para la actuación. Además de mencionar el incremento del tráfico en la calle y zonas conlindantes.
Además, sobre la alternativa de la calle Salitre calificada de "insuficiente", desde la sección Patrimonio Cultural en su informe de de abril de 2020 se considera que la propuesta “debería ser formulada de forma técnica y formal, con la documentación justificativa necesaria que adapte el conjunto de la actuación (edificación, entorno y tráfico) a la solución que se pretenda, así como en qué medida se considera afecta al patrimonio en general (BIC del Conjunto Histórico Artístico, BIC del Misteri d’Elx, BIC de la Muralla) y que medidas de mejora y salvaguarda aporta, de conformidad a la Ley 4/1998”. De los datos obrantes, continúa, "la actuación planteada recae y consecuentemente afecta directamente al trazado de la muralla en esta zona, salvo que se justifique o demuestre lo contrario". La muralla y torres medievales, están incluidas en el Catálogo de Bienes Protegidos del PG y tienen el grado máximo de protección la consideración como como BIC, según el Inventario General de Bienes de la Comunidad Valencia y quedan incluidas a su vez, en el BIC del CHA.
En este principio señala el informe que "en la actualidad ninguno de los documentos indicados —como el Proyecto de Mejora de Urbanización o el Estudio de tráfico— ha sido objeto de aprobación municipal, dado que no se ha obtenido informes favorables para la totalidad y el desarrollo de las excavaciones arqueológicas supone la introducción de nuevas rectificaciones en documentos tan importantes como el proyecto básico del nuevo mercado central, rectificaciones que no se han introducido, al incidir en el proyecto unas excavaciones arqueológicas que aún se encuentran sin finalizar como la aparición de un refugio antiaéreo que ha de ser objeto de protección cultural".
De este señala también que su aparición supone una afectación directa la Proyecto básico del Nuevo Mercado Central, "quedando afectadas tanto la superficie destinada a la venta de productos (y, por tanto, a la superficie a alquilar) como a la superficie destinada al aparcamiento por lo que los informes hasta ahora emitidos han de ser nuevamente formulados". En ese sentido, el arquitecto municipal redactó en abril de este año un informe sobre cómo sería materialmente la afección del refugio al proyecto de Aparcisa. Apunta que "principalmente un decremento de la superficie construida del 18,3% y una disminución de las plazas de aparcamiento del 43,7%”. A su juicio, estas cifras ponen en duda su viabilidad económica, y obligaría a requerir la actualización del Programa de viabilidad y explotación económica y diseño del Plan Financiero.
Relata el informe que la afección del Misteri según Icomos, que no aprueba el proyecto tal y como está ideado por la afección al entorno histórico de fuera de Santa María y para el que planteaba buscar soluciones o desistir del mismo, que es la causa de mayor peso para la rescisión por ser Patrimonio de la Humanidad. Entre los distintos argumentos, apunta que "supone una incidencia potencialmente negativa desde la perspectiva que nos atañe, tanto sobre el conjunto patrimonial del ámbito como Conjunto y Núcleo Histórico Tradicional, como de forma particular, sobre la Festa o Misteri d’Elx y el funcionamiento del Museo de la Festa".
Se apoya en que ya en el año 2006, el Ayuntamiento proyectó convertir la calle Major de la Vila en una vía peatonal, proponiendo derivar el tráfico por el pasaje peatonal Avelino Rubio, habilitando una vía de tránsito rodado. Esta propuesta fue descartada al ser informado negativamente por la inspección técnica de patrimonio artístico, con fecha 10 de Agosto de 2016 ya que entendía que el tráfico afectaría ala muralla de la medina islámica, Bien Inmueble de Interés Cultural, con la categoría de monumento.
También que debía considerarse el pasaje inserto dentro del entorno de protección del citado monumento y entendiendo que “el bien patrimonial debe prevalecer sobre actuaciones de regulación de tránsito de vehículos”. De igual manera, consideraba que interferiría "gravemente en el trabajo de la Capella y la Escolania y a Junta Rectora del Misteri". En cualquier caso, el tráfico y el antiguo mercado e incluso aparcamientos en la puerta de la Basílica son aspectos con los que ha convivido durante décadas el drama sacro-lírico.
Aparecen aquí también otras cuestiones, el Ayuntamiento apunta a que para el Plan Nacional de Salvaguarda del patrimonio cultural Inmaterial de 2011, "cualquier cambio de marco o de espacio despoja a la manifestación de un rasgo fundamental. Por ejemplo, en algunas manifestaciones litúrgicas dichos espacios, o los recorridos prescritos por la tradición, constituyen en sí mismos “textos”, al margen de los cuales no se comprendería lo que se celebra". Y añade que "por otra parte, la mayoría de las emociones asociadas al Patrimonio Cultural Inmaterial son generadas por evocaciones derivadas en relación al marco espacial y no sólo por las actividades desarrolladas en él. La alteración de las dimensiones espacio, tiempo y materia en las manifestaciones inmateriales de la cultura en ningún caso deberían proceder de la imposición de agentes externos a las mismas”.
Del refugio antiaéreo, señalan que como se mencionaba anteriormente, la escalera de la galería afecta de lleno según arquitectos municipales a superficie comercial y de aparcamiento del proyecto —además se propone una zona de protección en toda la proyección en planta de la zona de escalera y un metro alrededor de los elementos en toda su envolvente—, afectando a la pérdida de 40 plazas de aparcamiento en las plantas 3ª y 4ª. E inciden en que el Ayuntamiento como titular del refugio antiaéreo 3B, "está obligado a conservarlo y a mantener la integridad de su valor cultural, como determina la ley de Patrimonio Cultural Valenciano, desde la entrada en vigor de la ley 9/2017", algo a lo que el alcalde añadió que aquí no importa que sea posterior al proyecto, y que la obligación del Ayuntamiento es cumplir con la ley y protegerlo.
Para la coordinadora de Urbanismo, como ya señalaba el informe de Cuatrecasas y a lo que se adhiere el alcalde:
El concesionario era conocedor de que en la zona donde había de ejecutarse la obra, es un ámbito de actuación ciertamente complejo por la concurrencia de numerosos elementos y ámbitos patrimoniales y culturales, con distintos niveles de protección. Prueba de ello son las diversas cláusulas del contrato que prevén la posible aparición de circunstancias relacionadas con el patrimonio cultural que afectarían a la ejecución del mismo.
Las razones de interés público para este expediente, son determinantes de la no modificación la existencia del refugio 3B, su consideración como Bien de Relevancia Local, los efectos del procedimiento iniciado en relación con él y las consecuencias de las obras sobre el mismo, así como la advertencia de ICOMOS de que la ejecución de las obras contratadas supondría la pérdida de la inclusión del Misteri d’Elx en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, sin perjuicio de la incidencia sobre otros bienes de interés cultural.
Así pues, salvo algunos detalles, el informe no aporta grandes novedades a lo ya conocido. Se asienta sobre las cuestiones jurídicas que dibujaba el informe de Cuatrecasas, arropado ahora por algunos argumentos nuevos de Contratación y Urbanismo en torno a otras cuestiones colaterales como la posible afección a otros bienes patrimoniales o el cálculo de la pérdida de superficie por el refugio.
Como curiosidades, el informe hace caso omiso a que el actual proyecto fue avalado por todas las instancias jurídicas, Tribunal Supremo inclusive. Es nítidamente legal, así que habrá que ver cómo se desarrollan los próximos acontecimientos. Otra cuestión que tampoco se menciona en el expediente, es que el proyecto presentado por Aparcisa, de un diseño moderno y contemporáneo propio de grandes superficies, podría romper estéticamente con el paisaje del Núcleo Histórico Tradicional (NHT), y el Plan General establece que los nuevos edificios del NHT y dentro de la Vila Murada no pueden romper estéticamente ese paisaje. De hecho era una de las preguntas al examen de la plaza de arqueólogo que tuvo lugar hace unos días.
En cuanto al trámite, ahora están abiertos esos 10 días naturales de Aparcisa para alegar. Si lo hace, habrá que remitir el expediente al Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, debiendo suspender el plazo para resolver el expediente de resolución del contrato. Y el máximo de plazo para responder es de tres meses, si no, el expediente sigue adelante con el trámite.