el tsjcv vio inconstitucional la normativa que prorrogaba hasta 2023 la herramienta

El Consell mantiene los plazos de expropiaciones pendientes pese al riesgo de ilegalidad

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23/10/2022 - 

VALÈNCIA. La suspensión de los plazos para la aplicación de las llamadas expropiaciones rogadas se mantendrá en la Comunitat Valenciana tal como estaban previstos hasta la fecha. El Consell descarta, por el momento, aplicar cambios pese al riesgo de ilegalidad, según informan desde la Conselleria de Política Territorial y Obras Públicas que dirige Rebeca Torró a preguntas de Valencia Plaza


La historia de las expropiaciones rogadas es la siguiente: un Ayuntamiento diseña un proyecto urbanístico, o lo modifica, en un barrio. Quiere ubicar, en su suelo, una dotación pública, como una escuela, un hospital, una biblioteca, una zona verde, una calle, etc. Para poder llevarlo a cabo, la administración debe expropiar al propietario de los terrenos y pagarle una indemnización. Pero de repente surgen imprevistos, como pudiera ser la llegada de una crisis económica, y el consistorio no hace nada. 

Si pasan 5 años desde la aprobación del plan–este es el requisito de tiempo–, el propietario de esos terrenos pendientes de expropiación puede exigir que así suceda e inicia para ello un expediente de justiprecio con el objetivo de determinar la cuantía de la indemnización. La administración tiene que comprar dichos terrenos, en muchas ocasiones a un precio superior al de mercado, y aunque no disponga de consignación presupuestaria y esté sujeta a la regla de gasto.

Este mecanismo al que un afectado por la mencionada situación puede recurrir todavía no se aplica en la Comunitat Valenciana debido a que el Gobierno autonómico articuló una suspensión de los plazos a través de varias leyes. Una medida que el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) considera contraria a la Constitución, tal como informó este periódico. El motivo es que entiende que quebranta la seguridad jurídica del propietario y va contra el derecho estatutario de propiedad privada. Por esta razón, planteó una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional que admitió a trámite para emitir un pronunciamiento al respecto. 

En el auto constaba que el procedimiento judicial se inició a raíz de un recurso contencioso interpuesto en 2019 por el abogado Luis Pérez de Guzmán. El Ayuntamiento de Torrent había expropiado a sus clientes una parcela de su propiedad para hacer un vial y jardín, y ya habían pasado los cinco años sin que se iniciara el procedimiento de expropiación.

Imagen del Tribunal Constitucional   

Presentaron la advertencia al consistorio, que no contestó, y más de dos años después presentaron la hoja de aprecio sin que hubiera tampoco respuesta. Acudieron posteriormente al Jurado Provincial de Expropiación, que inadmitió su solicitud por encontrarse suspendidos los plazos. Ante este escenario, plantearon un recurso contencioso-administrativo ante el TSJCV, que es el que vio las prórrogas ilegales. 

Las suspensiones de los plazos se realizaron a través de cuatro leyes de Medidas Fiscales (conocidas como leyes de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalitat) que aprobaron Les Corts Valencianes. La primera fue en 2016. Se fijaba que el tiempo para advertir a la Administración competente para que presente la hoja de aprecio correspondiente y para que se dirija al jurado provincial de expropiación para fijar el precio justo quedaba prorrogado hasta diciembre de 2018. Ese año se modificaron de nuevo los plazos, y así se repitió sucesivamente hasta que la ley de Acompañamiento de 2020 (la última en la que se incluyó este asunto) estableció la prórroga hasta diciembre de 2023

Finalmente, La Lotup de 2014 fue derogada con efectos de 17 de julio de 2021 por un decreto legislativo que, no obstante, mantenía la suspensión del cómputo de los plazos en la expropiación rogada hasta el 31 de diciembre de 2023. Por lo tanto, el TSJCV cuestiona las cuatro leyes de Acompañamiento, la Lotup y el decreto legislativo del año pasado. El mantenimiento en el tiempo de forma prolongada y escalonada de la prórroga cuando estaba a punto de expirar es lo que los magistrados creen que vulnera la Constitución.

Tras conocer este pronunciamiento y a la espera de lo que decida el Constitucional –que puede tardar bastantes meses–, el Consell barajó introducir alguna modificación a través de la ley de Medidas Fiscales del próximo año. Pero finalmente no será así, según aseguran desde el departamento de Política Territorial (y a la espera de comprobar si es definitivo). La fecha de diciembre de 2023, por tanto, se mantiene pese a los procedimientos judiciales en marcha. 

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