ELCHE. El equipo de gobierno aprobaba en la Junta de Gobierno de este jueves el pago de la sentencia pendiente de cumplir del sector E-1 en Plaza Castilla respecto a las diferencias existentes con los promotores respecto a las cargas del sector. Como adelantó este medio, una sentencia de apelación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) del mes de septiembre de 2021 desestimaba el recurso municipal de intentar librarse del abono de un millón de euros para resarcir a los promotores. El fallo condenaba al Ayuntamiento a abonar 1.143.000 euros.
El sector lleva en desarrollo desde el año 1999, aunque desde entonces fueron surgiendo discrepancias por la liquidación y la asunción de las cuotas de urbanización entre el Ayuntamiento y la Agrupación de Interés Urbanístico (AIU) 'Residencial Universidad'. Una cuestión que finalizó en 2009 con la aprobación definitiva de las cuotas urbanísticas que se liquidaron a la AIU. Sin embargo, uno de los propietarios de los solares, que no estaba en la agrupación, fue en contra de la AIU e interpuso un contencioso en 2011 ante los tribunales contra desestimación presunta de la cuenta de liquidación definitiva de este sector, y en febrero de 2016 se estimó parcialmente obligando a la administración a aprobar cuenta de liquidación definitiva. Ese año el Ayuntamiento ejecuta la sentencia para elevar a definitivas las cargas contenidas de liquidación provisional de la reparcelación del sector. Tras la aprobación definitiva en 2017, este propietario presenta un nuevo contencioso que se estima en 2019 y que fija su derecho a devolución de 1.143.465,01 euros más intereses.
Finalmente, tras la pugna judicial, ante el rechazo del TSJ a la postura municipal en septiembre del pasado ejercicio, puesto que habían ganado el contencioso, el equipo de gobierno ha decidido asumir la misma en lugar de recurrir al Tribunal Supremo, "para no generar más intereses a las arcas públicas", explicaba el portavoz Héctor Díez.
En 1999, el Ayuntamiento aprobó el programa presentado por la AIU junto con el correspondiente Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes, anteproyecto de urbanización y proyecto de reparcelación para el desarrollo de la actuación integrada del Sector E-1 del Plan General. El PAI (Programa de Actuación Integral) se ejecutaría por gestión indirecta seleccionando como urbanizador la AIU de dicho sector, por lo que se aprobaba el Estudio de Detalle y Proyecto de Reparcelación. Tras la recepción provisional años después, en 2007 la AIU solicitó al Ayuntamiento la notificación, tramitación y aprobación de la cuenta de liquidación provisional y elevación a definitiva.
Después de las alegaciones el problema vino porque en agosto de 2009 la Arquitecta Municipal emitió informe comparando la cuenta de liquidación provisional y la definitiva para que la aprobase el Ayuntamiento, en la que se pasaba de un total sin IVA de 4,7 millones de euros a 8,7 millones; es decir, un incremento de 4 millones que equivalía al 87%. Tras ello, se pidió a la AIU subsanación de documentación presentada sin que constase la misma. En 2011 los promotores fueron a los juzgados con el recorrido de diez años mentado y que ha finalizado con el resarcimiento que se ha aprobado abonar este jueves.
El Consistorio no está de acuerdo con la sentencia y es entonces cuando apela al TSJ, desestimando su recurso. La sentencia del tribunal indica que "frente a la extensa demanda con multitud de pruebas y argumentos, la Administración no esgrime ningún argumento de contrapeso" y da la razón a la AIU al estimar que constituido como agente urbanizador, "actúa como un mero agente público" por lo que el Ayuntamiento debe corresponder el acreditado desfase entre la aprobación provisional y definitiva de la liquidación de cuotas de urbanización, porque hay una diferencia de 951.987,10 euros más intereses de la cual es responsable el Ayuntamiento.