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El TSJ ha desestimado su recurso, aunque puede recurrir al Supremo

Elche tendrá que abonar un millón de euros a promotores de Plaza Castilla por cargas urbanísticas

12/11/2021 - 

ELCHE. Hace unas semanas el Consistorio recibía la sentencia de apelación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) del pasado septiembre en la que desestimaba su recurso para intentar librarse del abono de un millón de euros a diversos promotores del Sector E-1, en Plaza Castilla, por unas cargas urbanísticas. El Ayuntamiento había recurrido contra la decisión previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que daba la razón a los afectados, la Agrupación de Interés Urbanístico (AIU) del Sector E-1 'Residencial Universidad'. 

Antedecentes

En perspectiva, En 1999, el Ayuntamiento aprobó el programa presentado por la AIU junto con el correspondiente Estudio de Detalle, —que años después encargará Durpiso para la ordenación de volúmenes, anteproyecto de urbanización y proyecto de reparcelación para el desarrollo de la actuación integrada del Sector E-1 del Plan General. El PAI (Programa de Actuación Integral) se ejecutaría por gestión indirecta seleccionando como urbanizador la AIU de dicho sector, por lo que se aprobaba el Estudio de Detalle y Proyecto de Reparcelación. Realizadas las obras, la Junta de Gobierno Local en sesiones 2004 y 2005 procedió a recepcionar provisionalmente las obras de urbanización de los promotores en dicho sector. En 2006, tras nueve meses desde la recepción provisional de las obras, se entendió producida la recepción definitiva. 

Así, en 2007 la AIU solicitó al Ayuntamiento la notificación, tramitación y aprobación de la cuenta de liquidación provisional y elevación a definitiva, la cual se sometió a información pública el 26 de noviembre de 2007. Tras una alegación y los requerimientos de documentación municipales, se aportó información complementaria en 2008 y 2009. Sin embargo, el problema viene porque en agosto de 2009 la Arquitecta Municipal emitió informe comparando la cuenta de liquidación provisional y la definitiva para que aprobase el Ayuntamiento, en la que se pasaba de un total sin IVA de 4,7 millones de euros a 8,7 millones; es decir, un incremento de 4 millones que equivalía al 87%. Tras ello, se pidió a la AIU subsanación de documentación presentada sin que constase la misma.

Desacuerdo con el desfase entre liquidación provisional y definitiva

En 2011 la AIU interpuso un contencioso-administrativo ante los tribunales contra desestimación presunta de la cuenta de liquidación definitiva de este sector, y en febrero de 2016 se estimó parcialmente obligando a la administración a aprobar cuenta de liquidación definitiva. Ese año la Junta de Gobierno Local ejecuta la sentencia para elevar a definitivas las cargas contenidas de liquidación provisional de la reparcelación del sector. Tras la aprobación definitiva en 2017, la AIU presenta un nuevo contencioso que se estima en 2019 y que fija su derecho a devolución de 1.143.465,01 euros más intereses.

El TSJ da la razón a los demandantes ante "falta de argumentos" del Consistorio

Es aquí donde el Consistorio no está de acuerdo con la sentencia y recurre y cuando el pasado septiembre el TSJ desestimaba dicho recurso de apelación. La sentencia del tribunal indica que "frente a la extensa demanda con multitud de pruebas y argumentos, la Administración no esgrime ningún argumento de contrapeso" y da la razón a la AIU al estimar que constituido como agente urbanizador, "actúa como un mero agente público" por lo que el Ayuntamiento debe corresponder el acreditado desfase entre la aprobación provisional y definitiva de la liquidación de cuotas de urbanización, porque hay una diferencia de 951.987,10 euros más intereses de la cual es responsable el Ayuntamiento.

Pago de costas y posible recurso

Por último se impone al Ayuntamiento el pago de las costas, de 1500 euros, y se indica que la sentencia no es firme, por lo que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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