ALICANTE. La sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) que da la razón a la empresa Urbanika, de Enrique Ortiz, y a los propietarios del 'suelo premium' de Rabasa, y permite la posibilidad de que en los terrenos de ese sector se desarrolle una posible superficie comercial, se convertirá en definitiva. Como mínimo, no habrá recurso de casación por parte del Ayuntamiento de Alicante: la administración demandada que podría defender la legitimidad de la resolución aprobada en julio de 2017, que ahora queda parcialmente anulada.
Así lo confirmó este martes el equipo de Gobierno, el bipartito compuesto por Partido Popular (PP) y Ciudadanos (Cs), a través del concejal de Urbanismo, Adrián Santos Pérez (Cs), quien señaló, al término de la sesión semanal de la Junta de Gobierno, que no se acudirá al Tribunal Supremo (TS) para poder consolidar el blindaje extra frente a la instalación de hipermercados que se introdujo con la modificación puntual número 35 del Plan General, objeto del litigio. Se trata del acuerdo promovido por PSOE, Guanyar y Compromís por la que solo se daba cabida a la implantación del gran comercio sobre suelo urbano situado en los denominados ejes estructurantes que componen la red primaria: es decir los principales viales del término municipal.
En concreto, en esa modificación se delimitaba que los hipermercados "sólo" podrían establecerse en los siguientes emplazamientos. Primero, en los frentes de la Vía Parque (tramo comprendido entre la calle de la Vega, Río Muni y Río Jucar) y la avenida de Alcalde Lorenzo Carbonell.
Segundo, a 200 metros de la Vía Parque (en el tramo comprendido entre las calles José García Sellés, Alfonso Garrigós y artista del foc Ramón Marco); con frente en la avenida de Dénia (entre las calles Virgen de la Paloma y Obispo Victoriano Oliver).
Y tercero, con frente a la avenida de la Universidad (en el tramo comprendido entre el enlace con la A-7 y la Vía Parque) "debiendo estar condicionado previa o simultáneamente la instalación comercial, el acceso rodado del tramo correspondiente entre el centro comercial y alguno de los mencionados viales, y a la calificación urbanística de suelo urbano correspondiente".
Esta tercera delimitación fue la que llevó a Urbanika (la sociedad con la que Ortiz impulsó el Plan Rabasa, primero, y la ATE Alicante Avanza, después) a interponer un recurso frente a ese acuerdo poco tiempo después de que se aprobase. A ese recurso se adhirió poco después la agrupación de propietarios de la franja de suelo situado junto al eje de la avenida de la Universidad: en realidad los principales afectados por esa restricción, ya que los terrenos propiedad de las sociedades de Ortiz se concentran fundamentalmente en el entorno de las lagunas.
El fallo del alto tribunal, fechado el 18 de octubre de este año, señala que "nos parece que el acuerdo es ilegítimo no por lo que dice, sino por lo que implícitamente prohíbe, en la medida en que impide el establecimiento de estas superficies comerciales, a priori y sin más justificación, en los suelos no urbanizables y en los suelos urbanizables no programados".
Así, añade que "no existen razones aportadas por la administración que excluyan la viabilidad de la implantación de centros comerciales en estos tipos de suelo" y apunta que "será la administración, en definitiva, quien en cada uno de los casos decida la viabilidad de la implantación que se pretenda, de acuerdo, además con el resto de parámetros urbanísticos".
Por todo ello, resuelve la "estimación parcial del recurso" y anula la inclusión del adverbio 'sólo'" que regula el precepto sobre los emplazamientos previstos para la instalación de grandes superficies".
Tras el análisis de la sentencia, el edil de Urbanismo recordó que, en 2017, PP y Cs ya se habían mostrado en contra del blindaje extra que proporcionaba la modificación puntual del PGOU durante su debate en el pleno. Es más, subrayó que Cs incluso había tratado de revertir esa situación a través de iniciativas posteriores. Por ello, señaló que "la sentencia da la razón a PP y Cs" tras considerar que el cambio de planeamiento "excedía de las competencias municipales", de modo que se asumirá el contenido de la sentencia del TSJ sin presentar un hipotético recurso. Así, apuntó que ahora se tendrá que analizar si resulta necesario aprobar una corrección de esa modificación puntual o una nueva.
En todo caso, sobre el desarrollo concreto del sector de Rabasa, reconoció que ahora no existe ninguna propuesta sobre la mesa y señaló que el bipartito comparte que "el futuro del suelo urbanizable es una cuestión que se debe debatir y programar en el futuro Plan General". Santos Pérez concretó que en los presupuestos de 2020 se incluirá una primera partida para contratar un Plan General. Y, además, incidió en que "no vamos a vetar la llegada de ninguna empresa que quiera crear empleo; en ese momento era Ikea, pero puede ser cualquier otra". Además, recalcó que "en ese suelo pueden tener cabida muchísimos usos como el deportivo o el cultural; cualquier uso que se plantee será bienvenido, estamos abiertos a cualquier empresa que quiera asentarse en la ciudad y crear empleo, sea en Rabasa o en cualquier otra parte del municipio", puntualizó.
LA SENTENCIA NO TIENE NINGÚN EFECTO REAL A CORTO Y MEDIO PLAZO, YA QUE NO EXISTE NINGUNA PROPUESTA URBANÍSTICA O COMERCIAL SOBRE LA MESA PARA DESARROLLAR EL SUELO DE RABASA
Por su parte, al menos dos de los grupos de la oposición -Unides Podem EU y Compromís- emitieron sus propias valoraciones sobre la sentencia. El líder de Unides Podem, Xavier López, señaló que "Ikea no puede ser la excusa de Ortiz y del PP para un pelotazo urbanístico en la zona de Rabasa y señaló que el bipartito debe proteger al pequeño comercio de cualquier amenaza que pueda plantearse en las zonas aledañas al término municipal". El portavoz de Compromís, Natxo Bellido, instó al equipo de Gobierno a recurrir la sentencia para mantener el acuerdo que se adoptó en el seno del Consejo Local de Comercio, en el año 2015, por el que se impulsó la modificación del PGOU para acotar la instalación del gran comercio. Eso, según insistió, no implicaría que se rechazase una hipotética propuesta para la instalación de Ikea sin macrocentro comercial anexo.
¿Qué incidencia real tiene la sentencia sobre el desarrollo de un proyecto urbanístico o comercial a corto o medio plazo en el sector de Rabasa? Por el momento, ninguna, ya que a partir de ahora, como sucedía antes de la sentencia que suprime parcialmente la modificación del PGOU, el suelo continúa sin tener programación, tras la anulación del Plan Rabasa y el archivo de la ATE Alicante Avanza que incluía la llegada de una tienda de Ikea con un macrocentro comercial anexo.
A esa circunstancia, se añade que ni la multinacional del mueble ni ninguna otra compañía ha mostrado un interés firme por adquirir o desarrollar un proyecto urbanístico o comercial sobre esa franja de suelo situado junto a la avenida de la Universidad. Ni mucho menos Ikea, que sigue apostando por potenciar su canal de venta online y por la apertura de establecimientos urbanos, de pequeño formato.Así, cualquier propuesta que se promueva para urbanizar el sector de Rabasa queda sujeta a la presentación, tramitación y aprobación de un Plan Parcial. Es decir, que deberá superar los filtros del Ayuntamiento y de la Generalitat, antes de que en la zona pueda ponerse una primera piedra.
Y a todo eso se añade que el Consell prevé aprobar en los próximos meses el Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunidad Valenciana (Patsecova), tras la publicación de su segunda versión preliminar, en el que se establece que la Generalitat solo se autorizará la instalación de grandes superficies que no superen los 125.000 metros cuadrados, lo que descartaría un macrocentro similar al que se proyectó con la ATE Alicante Avanza, de 280.000 metros.