nombra vicepresidente al abogado Julio César Giner

Bragarnik recupera la figura del vicepresidente y solo Rodríguez sigue con firma mancomunada

11/02/2020 - 

ALICANTE. El Elche ya ha inscrito (lo hizo el lunes de la semana pasada) en el Registro Mercantil a su nuevo consejo de administración, el ratificado por los accionistas en la Junta General del pasado 30 de diciembre.

A Joaquín Buitrago y Patricia Rodríguez se unen Omar Floro, persona de confianza de Christian Bragarnik y los abogados Julio César Giner y Alejandro Martínez del despacho Villena y Asociados al que el empresario argentino ha confiado la defensa de sus intereses.

El consejo es reflejo de la nueva época iniciada con el cambio de propiedad (la venta de la mayoría accionarial por parte de José Sepulcre al empresario argentino) pero no solo por la identidad de sus integrantes.

Vicepresidente

Buitrago, abogado de Sepulcre, continúa como presidente del consejo pero ahora tenemos un vicepresidente (desde la salida de José Alberola en abril de 2016 no se contaba con esa figura), concretamente a Julio César Giner, mientras que el cargo de secretario pasa a ser ejercido por un consejero, Alejandro Martínez, cuando antes existía la figura de secretario no consejero (Ramón Segarra desempeñaba esa función, pero cesó en el cargo el pasado 30 de diciembre junto a Juan Serrano, Pascual Moxica y Antonio Antón).

Firma mancomunada

Por lo que se refiere a los poderes en el seno del consejo, Bragarnik mantiene la fórmula de apoderados mancomunados. 

La directora general Patricia Rodríguez continúa ostentando firma mancomunada pero ya no Joaquín Buitrago: ahora Rodríguez es apoderada mancomunada junto a Julio César Giner y Alejandro Martínez.

Estatutos

Se mantiene la opción de un consejo de administración como forma de organizar la administración de la sociedad (artículo 20 de los Estatutos). Además, la pertenencia al mismo sigue sin ser remunerada, de manera que los consejeros con remuneración, como es el caso de Patricia Rodríguez, la tienen por sus funciones ejecutivas pero no por ser integrantes del órgano de gobierno (artículo 24) y se introduce la figura de la presidencia honorífica (artículo 35) también para el caso de que se opte (como es el caso) por el consejo de administración como forma de organizar la sociedad (antes solo se contemplaba para los casos de administrador único o dos apoderados mancomunados).

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