ELCHE. Después de años de tanteos, reuniones y no reuniones, informes y tantos otros capítulos colaterales que han ido conformando lo que hoy es casi una novela interminable, el proyecto del Mercado Central está en su fase decisiva, que no final. Como señaló este diario, los actores han cambiado, ahora que la situación está en la fase de tramitación del expediente de rescisión, seguramente previo paso por los juzgados, es el consejo de administración de Aparcisa el que ahora está al mando. En sus alegaciones, defienden que sí cabe indemnización por la ruptura unilateral del contrato por parte del Consistorio, y que “el Ayuntamiento quiere resolver por cuestiones de oportunidad”, aludiendo a que el Misteri d'Elx ya está protegido y que la supuesta protección del refugio de la Guerra Civil es una medida cautelar.
A este respecto, en sus alegaciones, más de veinte páginas en las que van contestando punto por punto a las argumentaciones elaboradas desde Urbanismo y Contratación, sobre el Misteri d'Elx, que es el motivo de mayor peso del informe municipal para la rescisión —en pos del "interés general"—, las alegaciones de la compañía aseveran que este patrimonio inmaterial ya estaba protegido antes de la licitación del mercado, y que para eso está la Ley del Misteri, además de que el tráfico que se podría generar el inmueble no afecta al desarrollo del mismo ni a su protección porque estos factores han estado siempre presentes.
También relatan sobre este apartado las alegaciones que “el Ayuntamiento cambia de postura cuando Icomos presenta su informe”, y añade para reforzar su argumento, “de modo que ninguna decisión de ninguna autoridad con competencia respecto de la protección de los bienes de interés cultural ha incidido en la afección a La Festa desde la formalización del contrato". Asimismo, la mercantil gallega añade que el Proyecto de Reforma Interior (PRI) está aprobado por la Conselleria de Cultura en 2013, y que es la Dirección General de Cultura quien tiene competencia con los Bienes de Interés Cultural (BIC) y no Icomos, por lo que en el caso de que hubiera afección al Misteri, se tendría que haber expresado en 2013. Por eso habla de esas "cuestiones de oportunidad".
En cuanto al refugio 3B de la Guerra Civil, esgrimen que el Ayuntamiento no puede escudarse en la protección del refugio porque no hay un grado de protección que se especifique para el mismo, y que en cualquier caso, con la Ley de Patrimonio valenciana, la protección es cautelar. A este respecto, cabe destacar que esta normativa establece que el patrimonio militar es automáticamente Bien de Relevancia Local (BRL), aunque para materializar esa protección y que se ratifique, hay que incluirlo en el catálogo de protecciones modificando el Plan General y aprobándolo en pleno. Algo que ha venido contando este medio, así como que las fichas de su catalogación están realizadas desde hace tiempo, tan solo queda esa ratificación vía pleno y Plan General, cosa que se avanzó se haría, y aún está pendiente.
Precisamente sobre esta cuestión, la documentación de Aparcisa habla de que se tiene que hacer este análisis para conocer qué grado de protección le corresponde al refugio y valorar entonces su incidencia en el contrato. En todo caso, como se mencionaba en el párrafo anterior, ese análisis de valor ya se hizo hace tiempo desde Urbanismo, recomendando su protección BRL no solo a este, sino al conjunto de refugios del término municipal. Otra cuestión es si se ha ratificado el mismo e incluido en el catálogo de protecciones.
En resumidas cuentas, y centrándose en el Misteri y el refugio, las alegaciones de Aparcisa rechazan la "imposibilidad de ejecutar el contrato" que defiende el informe técnico municipal. La compañía manifiesta que “interés público es proteger los bienes patrimoniales pero también ejecutar el contrato del nuevo mercado central”, por lo especifican que procede buscar la compatibilidad de ambas cuestiones. Por último, al igual que el Ayuntamiento apela a distintos artículos de la Ley de Contratos del Sector Público para la rescisión del contrato —o del propio pliego—, Aparcisa también lo hace. Entre ellos, alude al artículo 269, cláusula 1), que parece referirse al mercado provisional:
1. Cuando dos o más obras mantengan una relación funcional entre ellas, el contrato de concesión de obras no pierde su naturaleza por el hecho de que la utilización de una parte de las obras construidas no esté sujeta a remuneración siempre que dicha parte sea, asimismo, competencia de la Administración concedente e incida en la explotación de la concesión
Para terminar, cabe destacar que la mercantil ha anexado a este documento ya la relación de placeros que reservaron su plaza en el nuevo proyecto. Como indicó este medio, la cifra que han aportado hasta ahora rondaría el millón de euros. Por otra parte, también es destacable que la firma de los dos responsables de las alegaciones son miembros del Consejo de Administración de Aparcamiento Ciudad Sanitaria SA (Aparcisa), como de su empresa propietaria, Inversiones Subel. El próximo hito del trámite, que el Consell Jurídic Consultiu opine sobre todo el expediente.