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ciudadana / OPINIÓN

Anomalías electorales

12/05/2019 - 

Seguimos en campaña electoral, ahora nos queda las elecciones europeas y las municipales que son las más cercanas para los ciudadanos. Respecto a las primeras aunque son muy importantes por cuanto la mayor parte de la legislación que se aplica en los estados miembros procede de la normativa europea, los ciudadanos las ven menos interesantes, de hecho los datos de participación son muy bajos:

2004                           45,14%

2009                           44,9%

2014                           43,81%

Este año al coincidir con las municipales es posible que haya menos abstención pero se votará sin demasiada alegría y en muchas ocasiones con poca razón y mucha emoción. Se han proclamado 32 candidaturas de todos los colores, además de las clásicas, pueden encontrar una coalición de partidos de Extremadura, una formación llamada Pirates de Catalunya, otra que aglutina al movimiento independiente Euro Latino (MIEL) preocupado por la situación que se vive en Venezuela, diversas candidaturas de izquierdas que compiten entre sí y algunas formaciones de carácter social.

En cuanto a la campaña europea viene también enturbiada por el conflicto catalán y la polémica generada por la Junta Electoral Central a la inicial exclusión de Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí de la coalición electoral Lliure per Europa. Decisión que ha sido rectificada por el Tribunal Supremo. El artículo sexto de la ley electoral dice que son elegibles aquellos quienes no incurran en causa de inelegibilidad y estar fugado de la justicia no es una situación incluida en el listado.

Se aprecia que la Junta Electoral Central actuó con arreglo al sentido común para denegarles la inclusión en la lista electoral, “son ellos mismos quienes por su propia actuación y su propia voluntad se han colocado en una situación que afecta a su condición de electores”. Sin embargo estar huido de la justicia no es una causa de inelegibilidad y su no inclusión en el censo tampoco es causa para expulsarles de la candidatura, requiere que sea la Oficina del Censo quien lo haga, siendo recurrible esta decisión. En un Estado de Derecho, aunque a veces la situación jurídica concreta nos asombre, la ley vincula a todos, nos guste más o menos. Pero ello no deja de ser una anomalía y debería reformarse la ley electoral para evitar que prófugos puedan ingresar en las listas electorales. Una vez más la realidad social va por delante del Derecho o éste a remolque de aquella. Desde luego no supone un buen ejemplo para los ciudadanos honrados ver como gente que se burla de la justicia pueda adquirir la condición de eurodiputado/diputado con lo que ello conlleva, más derechos que obligaciones y una gran cantidad de privilegios.

También de paso podría reformarse la normativa para poner edad de jubilación a los candidatos. Todos los ciudadanos estamos obligado a jubilarnos a determinada edad pero los políticos nunca se jubilan, hay candidatos conocidos que pasan los setenta y algunos pero ahí siguen. Tal y como está la ciudadanía de quemada con los políticos, debería empezar a plantearse una cierta regeneración, nunca mejor dicho, en las candidaturas para favorecer la entrada de sabía nueva, hay jóvenes parados en el sector.

Y de paso que se reforma la ley electoral podía suprimirse la prohibición de publicar encuestas, y sondeos los cinco días antes de la convocatoria electoral. En la época de las nuevas tecnologías es un absurdo poner puertas al campo, como también lo es la jornada de reflexión, porque por las redes sociales puedes acceder en diferido a todo el contenido electoral necesario para formarte una opinión.

La ley electoral data del año 1985 pero ha sufrido modificaciones después de esta fecha, la última en diciembre, así que a ver si en la nueva legislatura, los partidos políticos le ponen voluntad y la adaptan al sentido común y a las nuevas realidades sociales.

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