La polémica del comisario de Orihuela, José María Pomares, y el equipo de gobierno no se limita solo a la crispación generada por su hubilación "forzosa", que ha hecho que el Consistorio le de vacaciones forzadas antes de esa jubilación, lo que ha desencadenado una denuncia por acoso del mando policial. La polémica viene de lejos. No en vano, Pomares ya presentó un recurso contra las bases del proceso para seleccionar al nuevo directivo del área cuatro del consistorio, uno de los cuatro altos cargos creados por el equipo de gobierno de PP y Vox, con un coste de 400.000 euros anuales. Este cargo tendrá funciones en áreas clave como derechos sociales, deportes y educación, y se da la paradoja de que el propio Pomares es uno de los tres aspirantes al cargo, junto a Isabel María Belmonte y Luis Alted, aunque la decisión final sobre quién ocupará la posición corresponde al alcalde, Pepe Vegara.
En su recurso, Pomares solicitaba declarar nulas las bases, argumentando que, aunque el puesto es de libre designación, la elección debe justificarse de forma clara para evitar decisiones arbitrarias. Criticaba especialmente la ausencia de motivación clara sobre los méritos de los aspirantes y el modo de valorarlos. El Ayuntamiento, sin embargo, ha replicado que el sistema de libre designación implica precisamente una valoración discrecional de los candidatos según su idoneidad.
Otra alegación destacada en el recurso señalaba que el alcalde concentra todo el poder de designación, ya que también preside la junta de gobierno local, órgano encargado del nombramiento. Según Pomares, esta circunstancia podría vulnerar la legalidad, al no existir una clara separación entre quien instruye y quien decide. El consistorio ha rechazado esta crítica, indicando que dicha separación solo se exige en procedimientos sancionadores, no en designaciones.
Además, Pomares cuestionó la legitimidad del alcalde para aprobar las bases sin una delegación expresa por parte de la junta de gobierno. El Ayuntamiento considera esta objeción insuficientemente fundamentada desde un punto de vista jurídico.
El comisario también argumentaba que Vegara debería acreditar la misma titulación que se exige a los candidatos. Ante esta observación, el Ayuntamiento responde que no existe ningún requisito legal que obligue al alcalde a contar con una titulación específica para ejercer sus competencias.
Por otro lado, el recurso señalaba la ausencia de un informe de impacto de género requerido por la Ley de la Función Pública Valenciana. No obstante, el Ayuntamiento sostiene que esta obligación se aplica únicamente a los puestos designados por la Generalitat Valenciana y no a los procedimientos locales, afirmando además que su ausencia no implicaría una nulidad automática.
Finalmente, también se rechazó la petición de excluir a los candidatos que no tuvieran consolidado un nivel determinado, aclarando que solo es necesario pertenecer al subgrupo A1, no acreditar un complemento de destino específico.