ELCHE. La sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha desestimado la recusación formulada por el Ministerio Fiscal contra el magistrado José Teófilo Giménez Morago, a quien se cuestionaba por supuesta falta de imparcialidad en un proceso penal del denonimado caso uniformes de Santa Pola, que acabó con la absolución de todos los acusados. La resolución considera que la solicitud del fiscal fue presentada fuera de plazo y sin fundamentos jurídicos suficientes.
El incidente tuvo su origen en una sentencia absolutoria dictada por el magistrado en un juicio anterior, lo que llevó al Ministerio Público a cuestionar su objetividad en otro proceso de características similares. Según el auto, el fiscal consideró que esa resolución previa generaba dudas sobre la imparcialidad del juez para intervenir en el procedimiento en el que se investigador los contratos públicos relacionados con uniformes policiales.
Sin embargo, la Sala ha recordado que la recusación debe presentarse en un plazo máximo de 10 días desde que las partes conocen la composición del tribunal. En este caso, la Fiscalía ya disponía de esa información desde el año 2021 y no presentó objeciones hasta marzo de 2025, tras conocer una sentencia que no fue de su agrado. El tribunal advierte que la recusación no puede utilizarse como estrategia procesal ante una resolución desfavorable, citando abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.
En su argumentación, el auto también desmonta las causas alegadas por el Ministerio Fiscal, señalando que no existe relación personal ni interés alguno del magistrado con las partes, ni participación previa en la instrucción de la causa enjuiciada, como exige la Ley Orgánica del Poder Judicial para justificar una recusación.
Por todo ello, el tribunal ha acordado rechazar la recusación. Con esta resolución, la Audiencia Provincial reafirma el derecho al juez natural y la imparcialidad judicial, al tiempo que advierte sobre el uso indebido del mecanismo de recusación como forma de condicionar el desarrollo de los procedimientos penales. Hay que recordar que en el inicio de la vista oral, las defensas recusaron a dos miembros del tribunal y se tuvo que conformar uno nuevo y que recientemente el TSJ ha confirmado la sentencia absolutoria que dictó la sección séptima de la Audiencia Provincial.
En el primer fallo, la Audiencia absolvió al intendente de la Policía Local, José Miguel Zaragoza; el oficial Roque Miguel Alemañ; el agente Alfonso Aracil; a los ex concejales Antonio Pérez Huerta y Andrés García Baile y a los representantes de las empresas Uniformes Riera. Entre las conclusiones de la sentencia, que recoge como hechos probados, destacan que "no ha quedado probado que Unidepol S.L. y Polmuniform S.L. fueran empresas pantalla"; "no ha quedado probado que los acusados se concertaran entre sí para que el suministro de la uniformidad de la Policía Local de Santa Pola no superara el límite de 18.000 euros, y así poder adjudicar directamente los contratos menores a las empresas Manufacturados Redován S.L., Unidepol S.L y Polmuniform S.L; "no ha quedado probado que los funcionarios policiales José Miguel Zaragoza Fernández, Roque Miguel Alemañ Bonet, Alfonso Aracil Más y el concejal de policía Antonio Pérez Huerta, actuaran en connivencia con los representantes de las empresas" y ha "ha quedado probado que ha sido entregada toda la uniformidad y complementos objeto de este contrato".