Elche

El TSJ estima parcialmente dos recursos contra la tasa de basura de Elche y da la razón por su aplicación

El Ayuntamiento estima recurrir en casación por dos puntos en los que el TSJ da la razón a los denunciantes: que el anuncio de la tasa no se publicó en un medio de máxima difusión, y que la categoría de calles para distribuir la tasa es arbitrario

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ELCHE. En el pasado 2025, dos particulares presentaron dos recursos contencioso-administrativos al Ayuntamiento de Elche por la aplicación de la tasa de basuras del mencionado ejercicio, uno centrándose en que la administración local no utilizó uno de los medios de mayor difusión de la provincia para anunciar la aplicación de la tasa; el otro, abordando otras cuestiones de las implicaciones de cómo afectaba la misma. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado el primer recurso sobre la difusión, contrario al Ayuntamiento; y ha estimado parcialmente el segundo, dando la razón al Consistorio en dos puntos, y al particular en el tercero de los hechos denunciados. Ahora, el equipo de gobierno ha anunciado que su voluntad es presentar un recurso de casación en el plazo de treinta días contra sendas sentencias.

Publicación en diario que no era de la mayor difusión

En este sentido, uno de los recursos, presentado contra la tasa de basura aplicada en 2025, y que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 27 de diciembre de 2024, denunciaba que se hubiera escogido un diario que no era, sobre el papel, de los de mayor tirada en la provincia de Alicante. En este caso, Las Provincias. Según explica el edil de Estrategia Municipal, Francisco Soler, se pedía la nulidad. El TSJ dio audiencia al Ayuntamiento en febrero de 2025 y finalmente la sentencia le da la razón al denunciante, y ahora el bipartito estudia ese recurso. La demanda vendría, como curiosidad, de un extécnico municipal.

Al respecto, Soler explica que se avisó "en tiempo y forma" de la tasa, apoyándose no solo en la difusión del diario, sino que el anuncio de entonces, la subida del 25% en 2025 y no del 100%, se acompañó de publicidad institucional, así como de difusión por todos los medios de comunicación locales. "Estuvimos meses hablando de la tasa de la basura", recordaba el concejal, aprovechando de nuevo para incidir sobre la "imposición" del Gobierno, dando la orden de aplicar la medida en el límite máximo establecido por Europa para esa repercusión real del coste de la recogida de residuos.

Preguntado sobre el hecho de que se publicara en un diario cuya principal difusión es en la provincia de València, el concejal señala que "no es ninguna decisión que haya tomado ningún político", en referencia al equipo de gobierno. En cualquier caso, ha reseñado que "nunca hubo ni ha habido voluntad de que no se conociera". 

El TSJ estima un punto del demandante y rechaza dos

En lo que respecta a la otra sentencia, también de una demanda de un particular, en este caso un abogado, se pedía también la nulidad por tres ejes: haber "quebrado" el principio de equivalencia en la subida tributaria por la decisión del bipartito de aplicar el 25% en 2025, con la previsión de ir subiéndola hasta el 100% hasta 2028 (de lo cual dieron marcha atrás este año para aplicarla hasta el máximo este 2026), no contemplar bonificaciones de cara al reciclaje en origen de los residuos, y por último, una diferencia de trato "arbitraria" según la clasificación de las calles. 

En este caso, la estimación del recurso ha sido parcial, puesto que el TSJ ha rechazado los puntos sobre la aplicación de la subida y el reciclaje, dando la razón al Ayuntamiento. Hecho que ha remarcado Soler, defendiendo que la sentencia "nos da la razón en que cumplimos la aplicación de la norma, haciendo una interpretación correcta". Unas declaraciones en referencia a las críticas de la oposición por no aplicar el 100% de la tasa ya que no cubría los costes del servicio. Se aplicó solo el 25% de la subida el primer año, y aunque este 2026 se ha decidido aplicarla por completo, el juzgado da la razón a la interpretación y decisión del gobierno, según ha señalado Soler.

  • El concejal de Estrategia Municipal Francisco Soler - AP

Por otra parte, también rechaza el punto del reciclaje y las bonificaciones del recurso, con el concejal explicando que sí se han aplicado en 2026, y que estas medidas se han ido aplicando "cuando hemos tenido recursos para hacerlo". El tribunal sí ha estimado, en cambio, la denuncia de la diferente aplicación de tasas de basura dependiendo de la calle, lo que Soler indica que es curioso porque en el articulado de la sentencia, el TSJ apela a que el Ayuntamiento reconoció que hay una diferencia de pago según la calle que no es realista dependiendo de la zona.

Algo que el edil reconoce, y no esconde que es algo en lo que han incidido desde el primer momento, pues ya avanzó en su día que se estaba trabajando en el repaso a la calificación de las calles. "Algo que viene de épocas anteriores y que lleva así 30 años, no tiene sentido que pague más por el servicio una calle de Carrús que una de Travalón". Reseña Soler que no están tampoco de acuerdo por tanto en esa catalogación de las calles, pero es algo que ya estaba así cuando entraron.

Sin efectos retroactivos generales

Con todo, la idea es presentar el recurso de casación a ambos por esta cuestión, la de las calles, y por la de la publicación en un medio de difusión que no era de máxima audiencia en la provincia. Soler, en última instancia, recuerda que aunque sendos recursos pedían la nulidad de la tasa, en el caso de las estimaciones, afectarían solo a los demandantes. "A pesar de que pedían la nulidad, lo cual sería paralizar 12 millones para que uno se ahorre 20 euros. Hacía poco para los ilicitanos". 

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