ALICANTE (EP/EFE/AP). Segundo intento infructuoso en las iniciativas promovidas por el portavoz municipal de Esquerra Unida Podem, Manolo Copé, respecto a la reivindicación de su derecho a la participación política en el Ayuntamiento de Alicante, después de que se rechazase la posibilidad de intervenir en el pleno ordinario de junio, al encontrarse en situación de permiso por acogimiento familiar. Es decir, la misma situación que ya se registró en el pleno ordinario de enero, y que también quedó avalada en sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2, el pasado mes de mayo. Ahora, es el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Alicante quien desestima el segundo recurso presentado por Copé contra la última resolución adoptada por el alcalde, Luis Barcala, en la que dictó como cuestión previa al desarrollo del pleno, que el concejal de la confluencia no podía participar, ni intervenir ni votar durante la sesión al estar en situación de permiso por guarda con fines de acogimiento de un menor.
Así se desprende de la sentencia fechada este 30 de septiembre, en la que el juez considera que la resolución del primer edil es "ajustada a derecho" y no aprecia que se hayan vulnerado derechos fundamentales del único representante municipal de la confluencia política. Así, argumenta que al solicitar Copé el disfrute del permiso por acogimiento desde el 26 de junio, mediante una instancia el día 6 de ese mes, "lo hacía" o "debía hacerlo" con "la asunción de las condiciones y responsabilidades que un permiso de tal naturaleza comporta" y "especialmente en consideración a la protección del superior interés del menor", así como el "derecho de igualdad entre hombres y mujeres".
En esta línea, la resolución judicial apunta que "una de las consecuencias del disfrute del permiso concedido pasa por la suspensión de la relación" entre su cargo electo como concejal y la corporación local, "como lo demuestra el hecho de que el Ayuntamiento deja de abonar la contraprestación que pasa a cargo de la Seguridad Social en forma de subsidio". De igual modo, el juez concluye que este permiso es "incompatible" con la realización de cualquier actividad, "lo que resulta acorde y coherente con la finalidad propia de un permiso de esa naturaleza, como es la atención a un menor". Por ello, indica que la resolución emitida por Barcala como presidente del pleno "resultó conforme a derecho". Sobre posibles casos "similares" de otros concejales que anteriormente han estado de baja por maternidad o paternidad, el magistrado indica que "la vulneración del derecho de igualdad se daría únicamente en el supuesto de acoger las pretensiones" de Copé.
Como informó este diario, la resolución dictada por el alcalde en el arranque del pleno del 26 de junio provocó el retraso de más de una hora después de que Barcala informara a Copé de que, en virtud a un dictamen de la secretaría general del pleno, no podía participar por estar de permiso. Copé se negó a abandonar su silla y, tras un tiempo de incertidumbre, finalmente permaneció en su asiento pese a que no pudo tomar la palabra ni votar, una situación sobre la que el alcalde de Alicante explicó que no ordenaba su desalojo para "no darle la foto que quiere". A raíz de lo acontecido, Copé demandó al ayuntamiento por considerar que se había vulnerado su derecho fundamental al ejercicio de cargo público en su condición de concejal tanto por impedírsele participar en la sesión como usar el turno de palabra ni ejercitar el derecho al voto. Y ahora, el juzgado avala el proceder del alcalde y desestima el recurso del líder de EU Podem.
Recurso ante el TSJ
Sea como fuere, la resolución no es firme, puesto que cabe la interposición de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). De hecho, el mismo Copé ha anticipado este mismo martes que presentará dicho recurso, al entender que este fallo "avala el veto" a Copé en el pleno. En un comunicado, Copé apunta que "no" acepta que "se limite el derecho de representación de miles de alicantinas y alicantinos". "La decisión judicial no pone fin al conflicto. Recurriremos para defender que ningún alcalde pueda silenciar en el pleno la voz legítima de un concejal electo", ha apuntado. En esta línea, ha enfatizado: "No se trata de un caso personal, sino de un ataque a la democracia local. Queremos garantizar que los derechos fundamentales prevalezcan sobre los caprichos del equipo de gobierno". Copé ha indicado que va a recurrir "hasta el final" porque "la democracia no se suspende por un permiso de conciliación". "Si no lo defendemos ahora, mañana cualquier grupo político podrá ver cómo se deja sin voz a su representante por una excusa burocrática. Y eso es inaceptable en una democracia que se dice plena", ha apostillado.
En la misma línea, el abogado del portavoz de EU-Podem, Joan Petruschansky, ha valorado que "la sentencia ignora" que el artículo 23 de la Constitución Española "protege no solo el acceso al cargo público, sino también su permanencia y el derecho a ejercerlo en igualdad de condiciones". Así, cree que "impedir a un concejal intervenir y votar en el pleno supone una restricción que dificulta el libre ejercicio de los permisos de conciliación familiar", por lo que ha dicho que van a recurrir: "Lo que está en juego no es un caso particular, sino el respeto a la representación política de toda la ciudadanía".
"Recurriremos porque creemos que esta sentencia vulnera el artículo 23 de la Constitución y priva a la ciudadanía de la representación que eligió en las urnas. No vamos a permitir que se normalice dejar fuera del pleno a un concejal elegido democráticamente bajo pretextos burocráticos. La democracia y los derechos fundamentales no se suspenden por un permiso de conciliación", zanja el comunicado de EU-Podem.