Alicante

El 'baile' de la ZAS del Casco Antiguo de Alicante: la jueza avala su vigencia; el recurso hostelero sigue

Descarta extender la suspensión cautelar de las restricciones al ruido acordada sobre la aprobación inicial para que alcance al acuerdo de su aprobación definitiva, lo que implicaría que las limitaciones seguirían siendo de aplicación. Sin embargo, sigue sin resolverse la petición de suspensión cautelar sobre el acuerdo final.

  • Una de las protestas organizadas por los vecinos del Casco Antiguo de Alicante.
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ALICANTE. La justicia vuelve a pronunciarse sobre las medidas de control al ruido acordadas por el equipo de gobierno de Alicante para el entorno de la Plaza de Quijano, en el Casco Antiguo. Lo hace, esta vez, con un pronunciamiento favorable a los intereses municipales en la medida en que se establecería la vigencia del acuerdo de aprobación definitiva de la Zona Acústica Saturada (ZAS) adoptado el pasado 4 de noviembre. En concreto, la resolución llega en forma del dictado de un nuevo auto en el que la jueza accidental del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 rechaza la solicitud presentada por varios empresarios hosteleros del Casco Antiguo para que se acumulase su impugnación sobre la aprobación definitiva de la ZAS al proceso seguido por la impugnación previa, sobre su aprobación provisional. 

Con ello, los empresarios pretendían que se extendiese el efecto de la suspensión cautelar de la aplicación del acuerdo inicial de implantación de la ZAS hasta el acuerdo posterior de aprobación definitiva. Se trataba de una petición con la que los hosteleros confiaban en obtener una resolución favorable, toda vez que el juzgado había interpretado que la aplicación de restricciones a la actividad hostelera antes de que se pudiese resolver sobre la idoneidad de esas limitaciones, y del trámite seguido para acordarlas, podía suponer un perjuicio económico de difícil reparación, lo que debía prevalecer sobre el interés general que había alegado el Ayuntamiento para defender su implantación inmediata

No obstante, la jueza rechaza la pretensión de los hosteleros en base a una cuestión de competencias, al considerar que la decisión de acumular los dos procedimientos (uno sobre el acuerdo de aprobación inicial, de 14 de octubre, y otro sobre el acuerdo de aprobación definitiva, de 4 de noviembre) no puede ser objeto de conocimiento por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, sino que sería una cuestión que quedaría bajo criterio de la instancia judicial superior: el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV).

Recursos pendientes contra la ZAS definitiva

¿Qué consecuencias reales tiene esa resolución? En principio, que se mantenga la aplicación de la ZAS desde la fecha de su aprobación definitiva, como había venido sosteniendo el equipo de gobierno, del Partido Popular (PP), desde que trascendió el auto por el que se acordó la suspensión cautelar del acuerdo de aprobación inicial. En ese momento, como ya informado este diario, el equipo de gobierno resolvió paralizar la tramitación de todas las actas por supuesto incumplimiento de las medidas contempladas en la ZAS que pudiese haber levantado la Policía Local en el periodo comprendido entre el 14 de octubre y el 4 de noviembre. Al tiempo, registró un escrito de solicitud de aclaración con el propósito de que el juzgado se pronunciase de forma explícita sobre el acuerdo sobre el que cabía aplicar la medida de suspensión acordada, que todavía no ha tenido respuesta.

No obstante, lo cierto es que no estaría todo dicho sobre la vigencia de la aplicación de la ZAS. Primero, porque el último auto en el que se descarta la acumulación de procesos es recurrible en el plazo de cinco días y los empresarios hosteleros estarían estudiando su interposición. Y segundo, porque -al margen de la solicitud de acumulación- los empresarios también plantearon un segundo recurso contencioso contra el acuerdo de aprobación definitiva de la ZAS, en el que, igualmente, demandaron que se acordase su suspensión cautelar. Y esa petición sigue pendiente de resolución. Es más, podría no despejarse hasta una vez pasadas las fiestas navideñas, toda vez que se habría concedido plazo al Ayuntamiento para contestar a esa solicitud, lo que alargaría los tiempos de respuesta final.

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