ALICANTE. Ni las mascletàs de Fogueres producen daños sobre la fuente de Luceros, ni se requiere de medidas adicionales de protección. Esa es la conclusión definitiva del escrito de alegaciones remitido por el Ayuntamiento de Alicante al Servicio Territorial de Cultura, en respuesta al requerimiento formulado el pasado 30 de mayo, por el que se solicitaba que se planteasen propuestas alternativas para preservar la Fuente de Levante e "impedir la afección negativa" de los disparos pirotécnicos, al quedar reconocida como Bien de Relevancia Local (BRL) en el catálogo de protecciones aprobado de forma inicial por el Ayuntamiento de Alicante en septiembre de 2020.
La respuesta municipal viene a ratificar, así, las observaciones ya formuladas tanto por el alcalde, Luis Barcala, como por los portavoces del equipo de gobierno, Antonio Manresa y Manuel Villar, en distintas comparecencias públicas. Y también se ajusta a los argumentos aportados por los Servicios Jurídicos Municipales con el fin de que el Juzgado de lo Contencioso número 2 descartase la suspensión cautelar de las mascletàs, en respuesta a la petición registrada por la Plataforma Salvem el Nostre Patrimoni en su recurso frente a la aprobación de las bases reguladoras del concurso pirotécnico.
En concreto, en ese escrito de alegaciones, se sostiene que el requerimiento del Servicio Territorial de Cultura "se basa, esencialmente, en meras conjeturas técnicas que rechaza abiertamente este Ayuntamiento", al referirse al informe elaborado en 2016 por profesores de la Universidad de Alicante (UA) sobre el efecto de las vibraciones provocadas por las detonaciones, publicado en la revista Science Direct. Al respecto, la respuesta municipal alude al informe elaborado por el jefe del Departamento de Patrimonio Integral de la Concejalía de Cultura, de fecha 18 de mayo de 2022 en el que se concluiría "que no hay causa-efecto de las mascletàs sobre el hipotético deterioro de la Fuente".
El Ayuntamiento adjunta ese informe al escrito de alegaciones -como ya hizo en su escrito de oposición a la suspensión cautelar de las mascletàs- en el que también se pone de manifiesto que, en realidad, el bien a proteger es el diseño de la fuente, y no tanto los materiales en los que está construido, por lo que se apunta la posibilidad de emprender cuantas actuaciones de restauración se consideren oportunas y necesarias, en el supuesto de que pudiese producirse un posible deterioro por efecto de los disparos pirotécnicos (no demostrado, según el informe) o por cualquier otro posible elemento que distorsionase su integridad.
Pero, además, en ese escrito de alegaciones también se apunta que el Servicio Territorial habría incurrido en un error de interpretación sobre el alcance de la protección de la Fuente de Levante, tras su incorporación al catálogo de protecciones. En esta línea, se apunta los resquicios que seguirían existiendo respecto a la vigencia de ese catálogo, en la medida en que "actualmente se encuentra en tramitación sin haber sido aprobado definitivamente por la conselleria competente. Hay, por lo tanto, una clara voluntad de protección que aún no está materializada formalmente", se añade.
Al tiempo, la respuesta municipal señala que el error de interpretación sobre la inclusión de la Fuente en el catálogo de protecciones como BRL en grado de protección integral se extiende también sobre el significado que entraña ese nivel de conservación. En esta línea, se detalla que en la ficha de la fuente del propio catálogo queda reseñado que ese deber de protección se ciñe al mantenimiento, lo que implica "la mera conservación de lo existente".
De igual modo, se subraya que entre las normas del catálogo no se prevé "ninguna limitación de actividades en los entornos de protección, por lo que habrá que estar, en su caso, a las posibles limitaciones que se establezcan en la ficha pormenorizada". Y se añade que "puesto que la ficha correspondiente a la Plaza de los Luceros no prevé ni establece limitación alguna, no cabe que se establezcan condicionantes a la celebración de espectáculos pirotécnicos basados en la protección patrimonial del monumento al no preverse específicamente en la ficha correspondiente".
Por último, el escrito de alegaciones apunta, igualmente, que el concurso pirotécnico con emplazamiento en la Plaza de Luceros está recogido de manera expresa en el reconocimiento de la fiesta de Fogueres como Bien de Interés Cultural (BIC) de carácter inmaterial, por lo que, en esa declaración, se habría amparado el desarrollo de las mascletàs sin que fuese necesario incorporar medidas de protección adicionales a las ya contempladas de manera habitual: la instalación de cajones protectores sobre algunas de las figuras principales del monumento, al margen de la reducción de la carga de cada mascletà, registrada este año como consecuencia del incremento del precio de los materiales necesarios para la confección de los artefactos pirotécnicos.
En base a esa argumentación, el equipo de gobierno no detalla la adopción de nuevas decisiones encaminadas a mejorar la conservación de la fuente durante la celebración del concurso pirotécnico. Ni tan solo la posibilidad de instalar una alfombra protectora sobre la superficie de la plaza que pudiese absorber las vibraciones generadas por las detonaciones, como sugería el propio requerimiento de Cultura, al margen de la posibilidad de estudiar otras ubicaciones alternativas para el desarrollo de las mascletàs. En todo caso, en esa solicitud no se contemplaba la posibilidad de suspender o prohibir la celebración del concurso pirotécnico, como se apresuró a certificar la directora general de Cultura, Carmen Amoraga, después de que trascendiese el requerimiento.