ALICANTE. El Ayuntamiento de Alicante trata de atajar posibles desmanes en la celebración de fiestas de urbanizaciones distribuidas en el término municipal con una nueva regulación en la que se instauran límites a la emisión de música y se acorta el tiempo de su autorización. En concreto, el decreto dictado por la Concejalía de Urbanismo establece que los equipos de música que puedan utilizarse para el desarrollo de esas celebraciones vecinales no podrán superar el máximo de 90 decibelios, con la advertencia de que se girarán controles a cargo de la Policía Local para realizar comprobaciones.
Además, se delimita que el horario de funcionamiento de esos equipos musicales será solo el comprendido entre las 22:00 y las 2:30 horas con el fin de minimizar las molestias a los residentes del entorno, según ha podido constatar este diario. Se trata de una nueva regulación en la medida en que, hasta ahora, no se fijaban máximos para los niveles de ruido y se amparaba un funcionamiento laxo de los equipos de música durante el resto del día, sin que existiese una hora determinada para su activación. Eso sí, el horario de finalización de la música (las 2:30 horas) se mantiene al menos respecto a la regulación ya acordada en el verano de 2022: el primer año en el que volvió a autorizarse el desarrollo de esas fiestas tras las restricciones implantadas con motivo de la pandemia de la covid tanto en 2020 como en 2021.
De igual modo, en el decreto dictado ahora se concreta las fechas susceptibles de autorización para la celebración de esas fiestas. Para las que se pretenda desarrollar en el ámbito de La Albufereta, el Cabo de la Huerta y Playa de San Juan, se prevé que puedan organizarse desde las 10:00 horas del día 11 de agosto hasta las 23.00 horas del día 13 de agosto. Para las celebradas en urbanizaciones privadas del resto de la ciudad, ese calendario queda fijado entre las 10:00 horas del día 25 de agosto y las 23:00 horas del día 27 de agosto.
Las celebraciones quedan agrupadas entre el 11 y el 13 de agosto en las urbanizaciones del Distrito de Playas y entre el 25 y 27 para las del resto de la ciudad
Por lo demás, la regulación también abunda en dos aspectos que ya quedaron establecidos para las autorizaciones de las fiestas de 2022. El primero de ellos consiste en la obligación de registrar una solicitud formal de autorización mediante la presentación de una instancia por parte del presidente, secretario o administrador de la comunidad de propietarios de cada urbanización. Y el segundo, que la posible instalación de hinchables debe quedar acompañada de la aportación de la documentación acreditativa sobre la disposición de seguro, así como la de que su montaje cumple con los requisitos reglamentarios correspondientes.
A esos dos elementos se añade una tercera regulación que también se contempló en el decreto de autorización de las celebraciones emitido en 2022: que el lanzamiento de espectáculos pirotécnicos debe ajustarse a la ordenanza municipal reguladora sobre la materia.