VALÈNCIA. La causa en la que se investiga las presuntas irregularidades en once contratos valorados en 9,4 millones de euros durante la visita del Papa a València de empresas contratistas de la Generalitat, y que tiene como principal imputado al expresidente de la Generalitat Francisco Camps, ya tiene fecha de ‘caducidad’ en lo que a la instrucción judicial se refiere. Una fecha de ‘caducidad’ que afecta a la parte que permitiría a la Fiscalía solicitar nuevas diligencias. La magistrada denegó esta semana la prórroga de la investigación por otros 18 meses solicitada por el fiscal Anticorrupción Jesús Carrasco.
En un auto al que ha tenido acceso Valencia Plaza, la juez del caso explica que comenzó a investigar la causa el 8 de marzo de 2016 y que, tras solicitarlo el fiscal, acordó prorrogar la investigación 18 meses declarándola compleja. Antes de que se cumpliera el plazo, en diciembre de 2017, se volvió a solicitar una prórroga de otros 18 meses que también fue acordada. Ahora, a punto de cumplirse por segunda vez ese plazo se reiteró por parte del Ministerio Público la necesidad de ampliar el plazo por tercera vez. Sin embargo, la magistrada, en un movimiento nada habitual, deniega la petición de Carrasco.
Este movimiento tiene dos partes. La primera es que, como marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a partir del 30 de junio no se podrá solicitar ninguna nueva diligencia de investigación por estar agotado el plazo de instrucción y, en segundo lugar, que cuando se practiquen las testificales y el resto de diligencias acordadas la juez estará obligada, o bien a hacer un auto de procesamiento de los acusados o, por el contrario, a archivar la causa. El fiscal puede recurrir tanto a la juez como a la audiencia esa decisión. Este sistema de plazos entró en vigor con el gobierno de Mariano Rajoy, supuestamente, para agilizar las instrucciones judiciales.
En cuanto a los motivos que argumenta la magistrada en su auto para denegar la prórroga de la instrucción, la misma comienza diciendo que “no resulta procedente una nueva prórroga del plazo de instrucción toda vez que no se han justificado las causas excepcionales que concurren para la adopción de dicha resolución”.
La juez hace referencia a que, según la Lecrim, debe ser el fiscal no solo quien la solicite, sino además quien justifique los motivos por los cuales lo hace. De hecho, las audiencias provinciales ya han admitido varios recursos de defensas porque el fiscal no ha motivado suficientemente la necesidad de una prórroga, y la consiguiente declaración de causa compleja.
La juez explica que en los tres años que lleva el sumario en su juzgado “se han practicado las diligencias esenciales para poder continuar con la tramitación de la causa, a saber, la declaración de aquellos que figuran como investigados en la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, y se ha acordado la práctica de aquellas otras que se consideran necesarias para el esclarecimiento de los hechos”
Y apostilla: “es por ello que, con el fin de acotar los plazos de instrucción, entendiendo que ha transcurrido un tiempo más que prudencial para la instrucción de la presente causa y sin perjuicio de que se practiquen las diligencias ya admitidas, no ha lugar a acordar la nueva prórroga solicitada por el Ministerio Fiscal”.
Los instructores de esta causa investigan, por los presuntos contratos fraudulentos, a diez personas entre las que destacan, además del expresidente de la Generalitat y presidente de honor de la fundación, el exconseller y expresidente de Les Corts Juan Cotino; el obispo auxiliar y presidente de dicha fundación Esteban Escudero; el secretario del patronato y exvicepresidente del Consell Víctor Campos; Francisco Javier Jiménez Fortea, y los comisionados de la fundación V Encuentro Antonio Corbí, Enrique Pérez Boada -exconcejal y exdirector del Instituto Valenciano de Finanzas- y Henar Molinero, ex alto cargo del Consell, que hacía las labores de secretaria en la fundación.
Hasta ahora, la pugna entre las defensas y el fiscal se centra en dilucidar si la fundación era una entidad pública o privada en el momento en que la Generalitat asumió la deuda, ya que el Ministerio Público acusa de malversación de caudales públicos y prevaricación, delitos que no existirían en el caso de que se tratara de una fundación privada. Con estas nuevas declaraciones, el fiscal Anticorrupción Jesús Carrasco tratará de demostrar que la Fundación V Encuentro era pública, lo que le permitiría seguir adelante con el procedimiento.