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sentencia de la rama alicantina del 'caso brugal'

Anticorrupción sondea llevar el fallo sobre el PGOU de Alicante al Supremo: gana más plazo de recurso

17/07/2021 - 

ALICANTE. La Fiscalía Anticorrupción mueve ficha y sondea opciones para llevar al Tribunal Supremo (TS) la sentencia dictada por la Audiencia sobre la causa del Plan General de Alicante desgajada del caso Brugal. Fuentes consultadas confirmaron que los dos fiscales que pilotaron la acusación, Felipe Briones y Pablo Romero, siguen analizando las 295 páginas de la resolución judicial, conocida este miércoles, para sopesar posibilidades de un previsible recurso de casación. Es una decisión que ya se adoptó frente a la sentencia absolutoria dictada en junio de 2020 por la Sección Séptima de la Audiencia respecto a la causa matriz de Brugal, relacionada con la adjudicación de la contrata de la basura de Orihuela.

Por lo pronto, este viernes, los representantes de la Fiscalía Anticorrupción registraron  un escrito por el que solicitaban al tribunal que enjuició la causa una ampliación del plazo previsto para anunciar la interposición del recurso, con el propósito de poder disponer de más tiempo de análisis sobre la sentencia. En principio, ese plazo era de cinco días hábiles desde el momento en el que se produjese la última notificación del fallo a los nueve procesados. 

Hasta el momento, según fuentes consultadas, no se ha citado a ninguno de ellos para recoger testimonio de la sentencia, que se les comunicó de forma telemática el día 14, con lo que, de partida, el recurso podría interponerse como mínimo hasta la última semana de este mes, en el supuesto de que a todos los acusados se les citase la próxima semana. 

Con todo, los representantes de la acusación pública plantearon que el plazo oficial para la comunicación del recurso se alargase hasta diez días a partir de esa última notificación. Y el tribunal accedió este mismo viernes a esa petición. Consecuencia: el plazo para anunciar recurso podría llegar a extenderse hasta el mes de septiembre, si se tiene en cuenta que el mes de agosto es inhábil salvo para cuestiones de extrema urgencia.

Así, en principio, todo parece indicar que la voluntad de la Fiscalía será la de interponer el recurso, en defensa de la labor desarrollada durante años de investigación y de práctica de diligencias. No obstante, todavía no existen garantías de que esa posible impugnación acabe materializándose, ante las dificultades que supone fundamentar un recurso frente a una sentencia absolutoria respecto a la mayoría de los delitos apuntados por las acusaciones. Máxime si se tiene en cuenta que la conclusión alcanzada por el tribunal es que no existen pruebas suficientes de la comisión de los delitos atribuidos a los procesados, más allá del cohecho por el que sí se condena al exalcalde Luis Díaz Alperi y al promotor Enrique Ortiz.


Fuentes jurídicas indicaron que después de que el tribunal haya validado los aspectos formales de la instrucción (incluidas la mayoría de las escuchas telefónicas), el hipotético recurso podría quedar limitado a plantear que otro tribunal -en este caso, de la Sala Segunda del Supremo- volviese a valorar todo el acervo probatorio que ya ha analizado de forma directa el tribunal de la Audiencia. Y esa sería una petición que contaría con un estrecho margen de éxito, salvo que se consiguiese demostrar que el análisis de la sala que juzgó la causa no ha sido ponderado y razonable.

En el recurso de casación que Anticorrupción interpuso frente a la sentencia de la trama de la basura de Orihuela, al menos, sí se pudo argumentar -entre otros puntos- que las escuchas declaradas nulas por el tribunal debían aceptarse como pruebas válidas, defendiendo la tesis de que se autorizaron de forma motivada por la jueza instructora. No obstante, esa posibilidad no existe en la sentencia sobre el planeamiento de Alicante porque la mayoría de los pinchazos telefónicos sí se admitieron (salvo los del teléfono de la esposa de Ortiz), junto al resto de decisiones adoptadas durante la instrucción.

Así, esa complejidad para fundamentar la casación sería extensible al hipotético recurso que también estaría sondeando la acusación popular, ejercida por la agrupación local de Esquerra Unida (EU). Todo, además, con el añadido de tener que valorar la posibilidad de que una desestimación del recurso fuese acompañada de una condena en costas, con el riesgo económico que ello implicaría para la organización.

Respecto a la acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Alicante, la posibilidad de recurso de casación se dio por descartada el mismo día en el que se conoció la sentencia. El alcalde, el popular Luis Barcala, anticipó entonces que se acataría la sentencia, sin que conste que se elevasen consultas al resto de grupos políticos representados en la corporación. 

Por lo pronto, el grupo municipal de Compromís sí habría recabado el apoyo de PSOE y Unides Podem para solicitar al equipo de gobierno que encargue un informe a la Asesoría Jurídica Municipal sobre las opciones de interponer recurso en defensa del perjuicio económico generado para el interés municipal por la tramitación de un Plan General que no llegó a poder aplicarse.  

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