Concluye que el pliego redactado en 2012 por el técnico que el PP ha recuperado para ejercer el control del servicio no contempla expresamente la falta de plantilla operativa como causa de penalización. Subraya que la UTE participada por Ortiz está obligada a cubrir las bajas y que, además, tampoco se podría alegar que no se cubrieron al no constar que se supervisase.
El edil Domínguez pone su cargo a disposición de la asamblea de Guanyar por el pago a un particular por un servicio de control e información sobre los puntos de compostaje que ahora se presta sin coste adicional
ALICANTE. Un informe técnico solicitado en octubre de 2017 por el entonces concejal de Limpieza, Miguel Ángel Pavón (Guanyar) descarta que la superación del índice de absentismo laboral comprometido por UTE Alicante -la concesionaria del servicio de limpieza y recogida de la basura, participada por FCC, Ferrovial, Inusa y Cívica, de Enrique Ortiz- pueda ser motivo de sanción por parte del Ayuntamiento y, por ende, tampoco causa de resolución. Y no lo puede ser como consecuencia de las determinaciones (o la falta de ellas) que recoge el propio pliego de condiciones del contrato, redactado por el técnico Sebastián Chicote: ahora de nuevo a cargo del control de la contrata por decisión del equipo de Gobierno del PP.
El informe, al que tuvo acceso Alicante Plaza, fue elaborado por los dos funcionarios que Pavón designó como responsables del control de la prestación del servicio, tras relevar a su compañero de filas, Víctor Domínguez, como concejal responsable del área, en septiembre de 2017. Se trata de Braulio Gambín y de Luis Hernánez Toribio. Se da la circunstancia de que el dictamen fue evacuado con fecha de 14 de noviembre de 2017, un día antes de que Guanyar abandonase el equipo de Gobierno tras el rechazo del ya exalcalde socialista Gabriel Echávarri a dimitir tras su doble imputación por los llamados caso Comercio y caso despido, pero sus conclusiones no se han dado a conocer hasta ahora.
El título del estudio no puede ser más clarificador: "Informe sobre posible incumplimiento del contrato de limpieza pública por índice de absentismo de los trabajadores de UTE Alicante superior al previsto en el periodo de 2014 a 2016". Así, el estudio detalla que UTE Alicante incluyó un índice de absentismo del 5,45% en su cálculo sobre el precio del canon de su proyecto prestación del servicio (PPS) y, sin embargo, superó holgadamente ese porcentaje a lo largo de los tres últimos años de prestación, según reflejan las auditorías específicas encargadas por la propia UTE (con cargo al precio del contrato) para los años 2014, 2015 y 2016. En el primer año, el índice fue del 10,95%; en el segundo, del 9,60%; y en el tercero, del 10,33%.
Tras el análisis de esos datos, los técnicos concluyen que "no hay elementos suficientes para informar de un incumplimiento" en base a tres motivos básicos, además de un cuarto que, en parte, se deduce de los anteriores. El primero tiene que ver con los costes derivados de ese absentismo de los trabajadores. Según el estudio, si se considera un índice real de absentismo del 10%, existiría una diferencia del 4,31% en los costes de personal a favor de la UTE, lo que se traduce en un desfase anual de 839.286,56 euros de ejecución material directa. Se trataría de costes que debía haber asumido la concesionaria que, después, tendrían una repercusión en el canon: 952.406,55 euros pagados por el Ayuntamiento. O lo que es lo mismo, que UTE Alicante estaría percibiendo unos ingresos para pagar por unas horas de trabajo que no se estarían prestando ante la teórica ausencia de ese 10% de los trabajadores de la plantilla. Teórica porque, como se detalla más tarde, la UTE estaba obligada a garantizar la contratación de personal suplente. No obstante, el informe subraya: "Que sepamos, no se advirtió de este posible hecho como una anomalía en el cálculo del precio del canon y, más aún, la PPS [proyecto de prestación del servicio] contó con un informe favorable municipal previo a su aceptación y adjudicación del contrato". En otra palabras, que el pliego de condiciones no prevé nada al respecto.
En segundo término, el dictamen detalla que lo que sí consta en ese pliego es que, en caso de inasistencia de los trabajadores en plantilla, es la propia UTE la que debe cubrir esas bajas para que la prestación del servicio no se resienta, asumiendo los costes adicionales que se deriven de ello. "El absentismo del personal se regula en la cláusula 5.1.6 del pliego de prescripciones técnicas particulares (libro 1) con el consiguiente contenido literal: En caso de absentismo del personal, el contratista viene obligado a efectuar las sustituciones pertinentes, de inmediato, así como, si fuera necesario a la prolongación del horario necesario, al objeto de que el servicio quede debidamente prestado", subraya el informe.
El dictamen cifra en 839.000 euros anuales el supuesto desfase en la ejecución material directa derivado del absentismo pese a que la UTE si repercutiría su prestación en el canon con un coste equivalente a 952.000
En tercer lugar, el estudio vuelve a incidir en los olvidos del pliego, elaborado en 2012, bajo la etapa de Gobierno de la popular Sonia Castedo, para detallar que la falta de personal no es una de las situaciones recogidas expresamente como sancionables en el pliego de condiciones del contrato. "En la cláusula 25 de penalidades administrativas no se encuentra tipificado como tal el absentismo en los términos antes indicados", concreta.
Y en cuarto y último lugar, el informe señala que, en todo caso, el Ayuntamiento sí pudo haber ejercido una labor de control y vigilancia sobre el grado de cobertura de la inasistencia de trabajadores en plantilla pero, no consta que lo ejerciese, por lo que tampoco habría una base documental con la que tratar de justificar un presunto incumplimiento, en el supuesto (que, como se ha dicho, no concurre) de que el pliego sí hubiese contemplado esa posibilidad. Así, se resume en el apartado 4.4 de sus conclusiones: "Cabría haber seguido el cumplimiento de la cobertura del absentismo, tal y como se regula en la cláusula 5.16, pero no es posible dar como buena la premisa a priori de su incumplimiento al no haber indicios suficientes fundamentados y al corresponder la carga de la prueba al Ayuntamiento".
Con todos esos elementos de juicio, la conclusión definitiva del estudio se apunta en el apartado 4.6: "La conclusión final es que no hay elementos suficientes para informar de un incumplimiento que incurra en penalidad administrativa a la vista de la cláusula 25 del pliego de prescripciones técnicas particulares".
Como ha venido contando este diario, el informe sobre el absentismo era una de las últimas bazas con las que Guanyar contaba para sondear posibles penalizaciones a la concesionaria o, incluso, el estudio de la posible rescisión del contrato por causas imputables a la UTE, después de haber puesto en marcha otra serie de medidas de control y fiscalización de la prestación del servicio, como el seguimiento a través de GPS de las rutas de los camiones y de la maquinaria de la UTE. Sin embargo, la confluencia electoral liderada por EU acordó su salida del Gobierno dos meses después de que Pavón tomase las riendas de Limpieza, por lo que la responsabilidad de la fiscalización pasó a manos del PSOE.
Su sucesor en la concejalía, Fernando Marcos, también insistió en aplicar medidas para garantizar la correcta prestación del servicio y, entre otras decisiones, puso en marcha una agenda de reuniones semanales con responsables de la UTE y acordó una redistribución de servicios de limpieza en barrios. Además, logró la ampliación de personal solicitada por Guanyar para reforzar la labor de inspección municipal. No obstante, tampoco llegó a concertar la elaboración de una auditoría sobre la prestación del servicio, pese a haber llegado a pedir a los grupos políticos municipales que planteasen propuestas sobre empresas consultoras especializadas para tratar de consensuar la mejor propuesta. Lo cierto es que la contratación de ese estudio tampoco se llegó a abordar a expensas de un informe del interventor municipal que, al parecer, seguiría en fase de elaboración.
Ahora, el nuevo equipo de Gobierno, del PP, también se ha comprometido a velar por el correcto cumplimiento del contrato e, igualmente, ha incidido en su apuesta por un estudio que analice la calidad de la prestación del servicio para conocer si se cumple el contrato, evaluar en qué se falla y si existen posibles carencias con el propósito de impulsar soluciones. El propio alcalde, Luis Barcala, ya deslizó tras tomar posesión del cargo que probablemente sería necesaria abordar una posible ampliación de costes, toda vez que el contrato se adjudicó con una rebaja de 14 millones respecto a su presupuesto anterior. Eso sí, el pasado viernes insistió en que, antes de decidir si resultaba necesario pagar más, habría que analizar si hace falta y qué hace falta.
Por otra parte, el exedil de Limpieza y portavoz adjunto de Guanyar, Víctor Domínguez, reaccionó este lunes ante la información publicada por el diario El Mundo en las que, según sostiene, "se me acusa de haber pagado un sueldo público a un simpatizante de Guanyar Alacant" para manifestar que "es absolutamente falso que se haya pagado un sueldo público a un simpatizante de Guanyar Alacant", aunque asumió que, en efecto, se concertaron los servicios de una persona que facturó mensualmente por el control de los denominados puntos de compostaje, hasta llegar a percibir una suma global de unos 8.000 euros. Se trata de una tarea que, según pudo confirmar Alicante Plaza, ahora se presta sin coste adicional para las arcas municipales, con personal contratado por el propio ayuntamiento. El propio Domínguez apuntó a este diario que la persona a la que se le encomendó esa tarea podría figurar en los censos de Guanyar, puesto que pudo haber comenzado a acudir a las asambleas de la confluencia política después de que se le hubiese encomendado ese trabajo, pero dijo que no había tenido ninguna relación directa con él con antelación y que ni era una persona de su confianza ni tampoco de su asesor en la concejalía de Medio Ambiente.
A través de un comunicado, el edil sostuvo que "desde la Concejalía de Medio Ambiente creamos el plan municipal para la implantación de la recogida separada de materia orgánica y compostaje que fija un período de adaptación al término del cual debe ser una realidad la recogida selectiva de materia orgánica, en función de las posibilidades económicas de la inversión municipal, conforme a criterios medioambientales".
Según Domínguez, "para ese mantenimiento y dinamización de los puntos de compostaje se necesitaba en un primer momento hacer un esfuerzo hasta conseguir que las distintas comunidades de los distintos puntos de compostaje pudieran organizarse autónomamente y tener una actividad que permitiera tanto una labor de sensibilización y mantenimiento de esos puntos, como lograr ese tratamiento selectivo de la materia orgánica de origen doméstico". Así, detalló que la persona a la que se le encomendó esa tarea, "es licenciado en Biología y Monitor de Medio Ambiente por lo que su apoyo como monitor medioambiental estaba totalmente justificado tal y como recoge el artículo 138 de la Ley de Contratos en vigor en aquel momento".
El comunicado añade que "su relación con la Concejalía de Medio Ambiente comienza en el año 2015 como voluntario medioambiental, participando de manera altruista en proyectos de reforestación de especies autóctonas. Se le contrató única y exclusivamente el servicio referido por este perfil profesional idóneo". Así, prosigue el comunicado, "se realizaron una serie de trabajos mensuales en estos puntos de compostaje que se facturaban mensualmente, con el visto bueno de los técnicos de la concejalía, que eran los que comprobaban que los trabajos se realizaban correctamente y que sólo tras esa comprobación pasaban a tramitarse las facturas. Ni la intervención municipal ni tesorería pusieron nunca ningún problema ni para que fueran abonadas ni respecto al procedimiento utilizado, dando el visto bueno en todo momento".
Domínguez insistió en que "esos trabajos se realizaron bajo la fórmula señalada por los técnicos, ajustándose a la legalidad vigente, en concreto al artículo 111 de la Ley de contratos que dice “en los contratos menores definidos en el artículo 138.3, la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente", y sin que en ningún caso la cantidad total de las facturas se acercará ni a la mitad de los límites señalados por la Ley para la facturación como contrato menor (18.000 euros según la Ley vigente en esos momentos)".
Así, recalcó que "estas facturas han sido abonadas para la realización de un servicio, sin que exista relación laboral alguna. Por tanto, no se ha pagado ningún “sueldo público” tal y como afirma el titular de la mencionada noticia". No obstante, según el comunicado, "independientemente de que en ningún caso ha habido trato de favor, que las fórmulas utilizadas son las que marcan la ley y que no ha existido ningún perjuicio para el erario público, este concejal no tiene ningún problema en poner su acta a disposición de los órganos y la asamblea de Guanyar Alacant para que éstos decidan lo que consideren pertinente, ya que nunca ha existido por mi parte ningún interés en mi periodo como cargo público, más que el de servir de la mejor manera posible a la ciudadanía siguiendo los principios políticos de Guanyar Alacant".