ALICANTE. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Alicante ha estimado el recurso presentado por el Real Club de Regatas y le exime del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles al acreditar que es una entidad sin fines lucrativos.
La sentencia da la razón al RCRA al declarar probada la procedencia de la exención y demostrar que el club se encuentra dentro del supuesto de hecho definido en el artículo 15.1 de la Ley49/2002 de 23 de diciembre, del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos. La junta directiva ha hecho valer la condición de Club de Utilidad Pública, reconocida por el Tribunal Supremo en abril del 2018 tras ocho años de gestiones y arduo trabajo.
El RCRA se felicita por esta decisión delos tribunales que permite que pueda destinar todos sus recursos económicos al objeto exclusivo de su razón de ser, que es el fomento y la práctica de la actividad deportiva náutica. Aunque la sentencia es susceptible de recurso, la Junta Directiva espera que no se tramite el recurso dada la naturaleza de las actividades de promoción deportiva que lleva a cabo el Club de Regatas desde hace más de 130 años.
Según reconoce la sentencia, en contra de lo señalado por el Ayuntamiento de Alicante, en una primera instancia y el TEAM posteriormente, quedan perfectamente acreditados los requisitos objetivos para que el RCRA sea merecedor de la exención en el Impuesto de Bienes Inmuebles en sus instalaciones tanto del Tiro de Pichón como en las principales situadas en el Muelle de Poniente del Puerto de Alicante. La sentencia corrige así la resolución del Tribunal Económico Administrativo Municipal que, si bien reconocía la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos para ser merecedora de la exención, entendió que no se había aportado la prueba suficiente, dejando abierta la posibilidad a que se llevara a cabo en el futuro.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo, corrigiendo las resoluciones administrativas, entiende por el contrario que el Club de Regatas ha acreditado suficientemente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen de entidades sin fines lucrativos, yreconoce el derecho a la exención del impuesto.
Es motivo de satisfacción para la Junta Directiva y todos sus socios, el reconocimiento de la Utilidad Pública de las actividades de promoción deportiva que lleva a cabo el Real Club de Regatas de Alicante. En total, alrededor de 6.200 personas han practicado deporte en 2019gracias a las actividades del club; 1.800 han asistido a los cursos de enseñanza de vela y remo y 2450 han participado en las regatas organizadas por nuestra entidad.
El RCRA también tiene una importante vertiente social con proyectos solidarios en beneficio de nuestra ciudad y provincia. Entre todos ellos, destacan la Asociación de Rema Vida (equipo de remo formado por mujeres que padecen o han padecido cáncer de mama), las Jornadas de San Vicente de Paul, la Semana Azul, la Campaña Navideña de Recogida de Alimentos y Juguetes, el Trofeo Hogueras Alicante, la Jornada Sin Plástico Más Mediterráneo, por citar solo algunos ejemplos.
El Real Club de Regatas espera que esta sentencia ponga punto final al contencioso, una vez ha quedado probada sobradamente la justificación de la exención, y muestra su firme voluntad de defenderlos intereses de sus socios y trabajar por cumplir los objetivos de promoción del deporte náutico en beneficio de la sociedad alicantina.