ALICANTE. La contienda empresarial por la gestión del servicio de mantenimiento y conservación de zonas verdes de Alicante sigue en pie. Ahora, bajo el escrutinio del Tribunal Supremo (TS) y por partida doble. La actual concesionaria del servicio, STV Gestión, ha seguido los pasos anunciados por el Ayuntamiento y también ha presentado recurso de casación frente a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) que conminaba a la administración local a retrotraer el concurso al momento de la valoración de las ofertas, tras readmitir a la propuesta presentada por Geamur.
De este modo, todo parece indicar que no se producirá ninguna variación respecto a la prestación actual hasta que exista un pronunciamiento firme sobre esos recursos por parte del alto tribunal. Y lo cierto es que no existen plazos concretos inamovibles para que esa resolución pueda producirse, ya que la decisión podría hacerse esperar incluso más de un año. En ese supuesto, podría darse la circunstancia de que la decisión del TS se conociese en el último tramo de la concesión actual, ya que el contrato se adjudicó por tres años de duración, con dos posibles prórrogas de un año cada una, y STV lleva un año y nueve meses de ejecución.
La compañía asumió las riendas del servicio en enero de 2021, después de que el TSJ amparase la adjudicación a la oferta que había resultado mejor clasificada en el proceso de licitación tras la exclusión de la propuesta presentada por Geamur. Así, el retraso en una sentencia que volviese a ser favorable a Geamur conminaría a retrotraer el concurso original a las puertas de que se tuviese que decidir si se concede o no la primera de las prórrogas previstas en el contrato. Sea como fuere, el recurso de casación de STV se suma, de este modo, al registrado por el Ayuntamiento, anticipado el pasado julio, poco después de que se conociese la sentencia del TSJ, como informó este diario.
Entre tanto, fuentes consultadas incidieron en que los servicios jurídicos de Geamur siguen valorando la posibilidad de solicitar la ejecución provisional de la sentencia del TSJ como parte demandada, con el fin de procurar que pueda volver a tenerse en cuenta su oferta: la más económica entre las que se presentaron al concurso. De hecho, fue excluida del proceso después de que los técnicos del departamento de Contratación considerasen que había incurrido en una baja anormalmente desproporcionada no justificada.
Sin embargo, el TSJ rebatió esa conclusión al sostener que esa interpretación respecto a la propuesta de Geamur no podía tomarse como un defecto invalidante. Así, su sentencia señalaba que "una desviación tan pequeña (1,92 %) requeriría una justificación material y económica que implique la imposibilidad de ejecutar el contrato o hacerlo con notables deficiencias o riesgo de incumplimiento". Y añadía que: "Con este pequeño margen, aunque el informe técnico de la Administración es impecable, la justificación absorbe fácilmente las deficiencias". O lo que es lo mismo, que no podía interpretarse que en la propuesta de Geamur adoleciese de falta de garantías en la prestación del servicio, como informó este diario.