MUTXAMEL. El reglamento para regular el canal de denuncias del Ayuntamiento de Mutxamel está a punto de finalizar su periodo de exposición pública. Se trata de un documento que aprobó el consistorio local en el pleno del jueves 26 de octubre y que mantiene en información pública por un plazo de 30 días para que las personas interesadas puedan presentar sus alegaciones. Con ese mes casi cumplido, este diario desgrana los detalles del reglamento para fiscalizar el comportamiento vecinal.
El documento establece matices como que estas denuncias no implican el inicio de un procedimiento administrativo ni tampoco cuentan como presentadas por registro al Ayuntamiento. Se trata de un canal al que se podrá acceder a través de la web municipal y será en formato formulario. El reglamento se puede consultar a través de este enlace. A los efectos de tramitación y gestión del canal, el órgano responsable será el responsable de información del sistema, el cual podrá ser un empleado municipal que designe el alcalde mediante decreto y previa consulta con la Junta de Personal.
Por su parte, las personas que interponen la queja pueden ser o no anónimas (en el caso de serlo, se garantizará su anonimato), mientras que la persona denunciada tiene derecho a saber sobre la existencia de la denuncia y también se garantiza su protección de datos. El reglamento también manifiesta que la persona denunciante "debe tener indicios razonables o suficientes sobre la certeza de la información", además de avisar de que "la persona que vulnere el principio de buena fe o con abuso de derecho puede incurrir en responsabilidad civil, penal o administrativa".
En cuanto a las denuncias presentadas, se avisa de que deberán contener, como mínimo, una descripción detallada de los hechos; identificación de las personas participantes en lo sucedido; identificación de los procesos, convocatorias o expedientes afectados por la presunta irregularidad y, en su caso, el órgano o entidad responsable de la gestión de los procedimientos.
Sobre el proceso, una vez se reciba la denuncia, se enviará confirmación de su recepción durante los siete días posteriores, se analizará la información recibida y, de seguir adelante y no archivarse, el Ayuntamiento iniciará la investigación para tener toda la información y esclarecer los hechos. Actuaciones que se podrán prolongar hasta un máximo de tres meses, pudiendo ser ampliado en tres meses más.
Una vez finalizadas las investigaciones, el órgano responsable dictará una resolución a través de un informe, incluyendo en él el archivo de la denuncia, las medidas que se deberán adoptar, la remisión al Ministerio Fiscal en caso de existir indicios de delito y la remisión a la autoridad competente en el ámbito autonómico y/o nacional. Además, el órgano instructor emitirá un informe anual al alcalde sobre las denuncias recibidas y el estado o resultado de su tramitación.