fraccionamientos indebidos de contratos

La Sindicatura reprocha a Vaersa más de un millón de euros facturado "sin cobertura jurídica"

21/12/2021 - 

VALÈNCIA (EP). La Sindicatura de Comptes ha detectado una serie de incumplimientos en Vaersa, empresa pública de gestión de residuos de la Generalitat, como superar los plazos de pago establecidos, realizar fraccionamientos indebidos de contratos o practicar un uso reiterado de los contratos laborales temporales con sentencias judiciales en contra.

En su informe de fiscalización de 2020, advierte de que la mercantil facturó un total anual de más de 1,10 millones de euros "sin cobertura jurídica alguna" a varios ayuntamientos de la provincia de Alicante por sus servicios en la sección de gestión de residuos sólidos urbanos de la planta de Benidorm.

En general, el órgano fiscalizador concluye que la empresa elaboró sus cuentas anuales cumpliendo la normativa, aunque incurrió en varios "incumplimientos significativos" en materia de contratación y de su condición dependiente del sector público instrumental de la Generalitat.

Entre ellos, no hay constancia de la composición de las mesas de contratación e incumplió "de manera generalizada" el plazo de pago establecido en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos y en la Ley de Morosidad.

Según Sindicatura, Vaersa recurrió el año pasado "en numerosas ocasiones" a la figura del contrato menor, con el fin de seguir recibiendo una prestación mientras finaliza la tramitación de un expediente de contratación licitado. Esto originó fraccionamientos indebidos de contratos o modificaciones en la cuantía que le llevaron a superar el límite legal para recurrir a la contratación menor.

Otro de los incumplimientos es que la mercantil desarrolló en 2020 la mayor parte de sus actuaciones sin quedar amparadas por un encargo formal aprobado por el órgano competente, sino a través de "meras solicitudes o peticiones carentes de un expediente adecuadamente formalizado".

También advierte el ente fiscalizador sobre la reiterada utilización de contratos laborales temporales para desarrollar las actuaciones y trabajos, que "se repiten periódicamente por encargo de los poderes encomendadores". Es más, recuerda que esto ha derivado en sentencias judiciales en contra de Vaersa por actuaciones contrarias a la normativa de contratación laboral.

Paralelamente, la auditoría recoge que las cuantías facturadas en compensación por las encomiendas recibidas de los consorcios locales no vienen determinadas a partir de unas tarifas debidamente aprobadas, así como que la empresa pública no disponía a fecha 31 de diciembre del requisito de actividad esencial para ser considerado medio propio personificado de la administración de la Generalitat y de otros entes públicos.

Entre las facturas analizadas sobresale las realizadas directamente por Vaersa a los ayuntamientos alicantinos de Altea, Benidorm, Finestrat, La Nucía y Polop "sin cobertura jurídica alguna" que regule la relación entre las dos partes por los servicios en la planta de Benidorm, que cuenta con una sección de clasificación de envases ligeros y otra de gestión de residuos sólidos urbanos.

Recomendaciones

Ante estos incumplimientos, Sindicatura propone una serie de recomendaciones para mejorar su gestión económico-financiera, como que garantice que todos los expedientes de contratación cuenten con un informe jurídico previo o que apruebe una fórmula de adjudicación automática para asegurar la selección de la oferta económicamente más ventajosa.

Otra propuesta es que Vaersa regule su régimen jurídico y determine claramente en qué condiciones se le pueden confiar actuaciones como medio propio, así como que los encargos sean revisados previamente por su departamento jurídico y de auditoría interna.

El órgano fiscalizador recuerda además que los expedientes de los encargos a medios propios de la mercantil deben incluir toda la documentación justificativa necesaria para comprobar su legalidad y viabilidad, además de garantizar la actualización anual de todas sus tarifas.

En materia laboral, una de las recomendaciones es que la empresa indique "clara y expresamente" en su relación de puestos de trabajo (RPT) los que se han creado en virtud de sentencia judicial, ya que el TSJCV dictaminó en marzo de 2020 que debía incluir 879 nuevos puestos correspondientes a las encomiendas estructurales.

Noticias relacionadas