el tribunal administrativo desbloquea el proceso 15 meses después

La Fundación Antonio Moreno gestionará el centro de menores de Alicante por 20 millones de euros

28/10/2020 - 

ALICANTE. Casi 16 meses después de que se convocara el concurso y resultara ser el adjudicatario, la Fundación Antonio Moreno, del Grupo El Castillo, será la gestora del centro de menores de Els Reiets de Alicante, dedicado a la ejecución de medidas judiciales de internamiento y de otras medidas de medio abierto compatibles y con 70 plazas. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales ha desestimado el último recurso que pesaba sobre la adjudicación, y que había sido presentado por el actual gestor, la Fundación Diagrama.

Hay que recordar que el concurso se publicó en julio de 2019, pero no fue hasta el pasado mes de junio de 2020 cuando se resolvió el contrato. Las dos empresas en litigio presentaron una propuesta y ambas ofertas fueron admitidas. Con anterioridad, otros operadores presentaron alegaciones al pliego de condiciones, que también sufrió variaciones. El informe de la valoración técnica de las ofertas se hizo público a principios de marzo de 2020 y la Fundación Diagrama resultó ser el proyecto mejor valorado por los técnicos, con 49 puntos frente a los 48 de la Fundación Antonio Moreno.  Sin embargo, la mesa técnica de contratación acordó adjudicar el servicio a la Fundación Antonio Moreno por presentar la proposición más ventajosa de acuerdo con los criterios de adjudicación utilizados en la mejor relación calidad-precio que puede ser cumplida a satisfacción dela Administración y que no se consideran baja anormal o desproporcionada. 

La Fundación Diagrama presentó recurso contra el acuerdo. De acuerdo con lo que recoge el fallo del Tribunal Administrativo, Diagrama consideraba que se habían vulnerado dos preceptos:  el artículo 151.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y del artículo 9.3 in fine de la Constitución española. El recurrente hizo dos críticas al informe técnico de valoración de propuestas: la valoración del apartado 4.1, referido a la coordinación con la conselleria competente en reeducación, que el tribunal no considera que la misma pueda ser calificada de arbitraria. En concreto, Diagrama alega que la oferta de la Fundación Antonio Moreno “era poco adaptada a esta Comunidad Autónoma”, mientras que en el caso de la recurrente se indica que se encuentra “adaptada a esta Comunidad Autónoma”. El tribunal sí que estima justificada la asignación de puntuación efectuada.

Sobre la valoración del apartado relativo a la “determinación de los procesos que definen la actividad del centro y los indicadores para su evaluación”, Diagrama criticó que ambas ofertas reciban la máxima puntuación a pesar de las importantes diferencias entre ellas. Pues bien, como señala el órgano de contratación en su informe, "el PCAP en ningún caso señala que la puntuación del sistema de gestión de calidad ISO o EFQM sean equivalentes o diferentes, dado que lo técnicamente valorado es la determinación de los procesos de gestión de calidad implantados en el servicio a prestar, en el que ambas ofertas se han considerado adecuadas y merecedoras de la puntuación asignada".

También alegó Diagrama contra la falta de originalidad de todo o parte de la oferta realizada por la Fundación Antonio Moreno, por corresponderse con el contenido de la web de la Consejería de Educación de la Comunidad de Cantabria. El tribunal considera que se trata de una cuestión ajena a la contratación administrativa y a su ámbito de conocimiento, a la par de que no ha sido debidamente probada.

Por último, considera la recurrente que el órgano de contratación incurre en un fraude de ley, eludiendo realmente la aplicación del artículo 145.3.g) de la LCSP, “que exige para esta clase de contratos la inclusión de criterios subjetivos”. El tribunal dice no compartir esta apreciación "porque el precepto referido no exige realmente la introducción de criterios subjetivos, sino la utilización de más de un criterio de adjudicación. Y, en segundo término -añade- "porque dichos criterios no solo han estado presentes formalmente en el pliego, sino que han dado lugar a diferencias reales entre los licitadores, siendo que precisamente es su oferta la que se ha resultado beneficiada de su existencia en forma de una mayor puntuación, indica el fallo". "Esta situación de fraude de ley (intención de eludir la aplicación de la norma) debe ser objeto de prueba por quien la alega, siendo que dado que hemos considerado adecuadamente motivada la puntuación asignada a cada criterio en función del contenido de los pliegos, no podemos ahora entender que los mismos tuvieran por objeto de fraudar el requisito legal", resume el fallo del Tribunal Administrativo.

Por todo ello, se desestima el recurso de la Fundación Diagrama y se desbloquea la adjudicación en favor de la Fundación Antonio Moreno, que también es la gestora del centro de menores de Villena, además de la Villa Universitaria de San Vicente

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