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el acusado, miguel lópez, fue declarado no culpable finalmente

Fiscalía solicita al Tribunal del Jurado que aclare el acta del primer veredicto del caso Sala

28/11/2019 - 

ALICANTE (EFE).  La Fiscalía de Alicante ha acordado reclamar al secretario judicial el primer veredicto emitido por el jurado popular que dictaminó sobre el crimen a tiros de la viuda del expresidente de Caja Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, María del Carmen Martínez.

Fuentes judiciales han informado a Efe de que así lo ha acordado este jueves la junta de coordinación del ministerio público, que en una reunión ha tratado este asunto después de que el acta de este primer veredicto que fue devuelto por la magistrada que presidió el juicio con jurado, Francisca Bru, no constara en la sentencia emitida por dicha jueza.

El único acusado del crimen, el yerno de la víctima, Miguel López, fue declarado no culpable por seis votos contra tres en un veredicto emitido tres días después de comenzar las deliberaciones, el domingo 10 de noviembre.

Dos días antes, el viernes día 8, las seis mujeres y tres hombres del jurado llegaron a un primer veredicto que, no obstante, fue devuelto por la magistrada Bru por considerar que había errores en las contestaciones a las preguntas 'objeto del veredicto'.

Pese a la petición de la acusación particular y de la fiscalía, el acta sobre este primer veredicto no ha sido incluido en la sentencia posterior redactada por la magistrada ni dado a conocer.

Esta petición al secretario judicial es previa a la decisión de la fiscalía de decidir si recurre la sentencia ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV), posibilidad que también estudia la acusación particular.

María del Carmen Martínez falleció en la tarde del 9 de diciembre de 2016 en el concesionario de vehículos Novocar, entonces propiedad de la familia Sala y regentado por el único acusado, tras recibir dos disparos a corta distancia en la cabeza.

Según el fallo, el jurado dictó un veredicto exculpatorio tras ampararse en el principio de presunción de inocencia ante la inexistencia de "pruebas incriminatorias sobre la autoría" de López.

En concreto, alude a que nadie vio al procesado cometer el crimen y añade que tampoco se ha acreditado que disparase ningún arma puesto que dio negativo en la prueba de parafina. Además, no se hallaron restos suyos de ADN en el escenario del crimen, aunque sí de una tercera persona de identidad desconocida.

La resolución judicial considera probado también que el yerno de la víctima había abandonado el concesionario de vehículos a las 18.38 horas, es decir, antes de que se produjesen los disparos, en torno a las 18.55 horas. Tanto la Fiscalía como la acusación particular, ejercida por el hijo primogénito del matrimonio Sala Martínez, Vicente Sala Martínez, pedían para López una pena de 24 años de prisión por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. Su defensa, por el contrario, solicitaba su libre absolución. 

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