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el pspv aplazó su aplicación hasta 2025

El Consell eliminará los impuestos verdes de la Ley de Cambio Climático del Botànic

Foto: Jorge Gil / Europa Press
21/06/2024 - 

VALÈNCIA. El Consell eliminará los impuestos verdes de la Ley de Cambio Climático impulsada por el Botànic. Así lo recoge un documento de consulta pública en el que se abordan modificaciones que la Conselleria de Medio Ambiente quiere incluir en la próxima Ley de Acompañamiento. Una decisión que, desde el departamento de Salomé Pradas, justifican en la mejora del diseño del marco fiscal "para favorecer la competitividad de la economía valenciana". 

Eran tres los impuestos que actualmente estaban presentes en esta ley, y cuya entrada en vigor estaba prevista en 2025. Un impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica, por el que se grabarían las emisiones que produzcan aquellos vehículos matriculados a partir de dicha fecha. Un impuesto que podría afectar a numerosos ciudadanos, ya que grava las emisiones de CO2 de vehículos a motor

En segundo lugar, un gravamen a las emisiones de gases de efecto invernadero generadas por las actividades económicas. Un impuesto que afectaría de lleno a la industria cerámica, uno de los principales sectores económicos de la Comunitat Valenciana. Y por último, un impuesto para grandes establecimientos comerciales –a partir de 2.500 metros cuadrados–, de ocio, hostelería o espectáculos, al que en la norma actual se grava su efecto de desplazamiento masivo de vehículos y, en consecuencia, una externalidad negativa en el medioambiente.

La ley, impulsada por Mireia Mollà en su etapa al frente de Transición Ecológica, ya causó discrepancias dentro del Gobierno de Ximo Puig. Fue el PSPV quien consiguió incluir una moratoria en el proyecto de Ley aprobado por el Consell para que los impuestos a las emisiones de CO2 que se crearon con la norma no entraran en vigor hasta 2025, a pesar de que ésta entró en vigor en diciembre de 2022. 

Pradas justifica la decisión en la reducción de la presión fiscal, "actuando en armonía con otros territorios para evitar situaciones que deriven en más cargas fiscales para los valencianos que emprenden y hacen empresa". Para ello, propone la eliminación al completo de todo el Capítulo II de la ley, Fiscalidad para la Transición Ecológica. También alude a la corrección de una situación que "condiciona la competitividad de sectores productivos y empresariales valencianos", el refuerzo de la seguridad jurídica o promover la iniciativa privada en la Comunitat Valenciana en momentos como el actual. 

Elimina infracciones

La propuesta también implica cambiar la regulación del Registro Valenciano de Iniciativas de Cambio Climático con el fin de hacerlo voluntario y, así equipararlo al conjunto de registros existentes en el resto del país, además de aclarar el articulado referido a las obligaciones que en él se establecen. "De no hacerlo, se podría dar la situación de que las empresas radicadas en la Comunitat Valenciana tuvieran que atender, en lo relativo a obligaciones sobre sus emisiones, a requisitos y criterios distintos que entraran en contraposición o conflicto según el ámbito territorial donde despliegan su actividad, lo que supondría un agravante para el tejido empresarial valenciano", insisten.

El registro establece determinadas obligaciones para las organizaciones, entidades y empresas que desarrollen total o parcialmente una actividad económica en la Comunitat Valenciana, consistentes en calcular, registrar y reducir las emisiones de carbono. Sin embargo, al declarar como voluntaria la inscripción de las compañías de su reducción de emisiones, deja sin efecto las infracciones. 

La norma divide las infracciones entre leves, graves y muy graves y contempla multas que van desde los 600 hasta los 2,5 millones de euros. En concreto, para las infracciones muy graves se prevén multas de entre 250.001 euros a 2.500.000 euros; la clausura definitiva o temporal de las instalaciones; la revocación de la autorización o suspensión entre 1 y 5 años; el cese definitivo o temporal de las actividades, o la inhabilitación entre 1 y 2 años.

Para las infracciones graves, se contemplan multas de entre 25.001 euros a 250.000 euros; clausura temporal de las instalaciones por un máximo de dos años; revocación de la autorización o suspensión por un máximo de un año; cese de las actividades por un máximo de tres años, o inhabilitación por un máximo de un año. En el caso de las infracciones leves, las sanciones previstas pueden oscilar entre los 600 y los 25.000 euros.

¿Y el fondo de transición ecológica?

Entre los cambios, también se apunta a la modificación del artículo 145, que regula la creación de un Fondo para la Transición Ecológica. Un instrumento que debía canalizar dichos impuestos para la ejecución de políticas y acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, así como para la inversión en investigación e innovación en nuevas tecnologías para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. "Con esta reforma se pretende una reducción de trabas y barreras innecesarias o desproporcionadas y de algunos preceptos que puedan suponer duplicidades, trabas o barreras al desarrollo sostenible de la actividad económica", recoge el documento.

La modificación de la norma incluirá la eliminación del Comité de personas experta en Cambio Climatico de la Comunitat Valenciana y la Asamblea de la Ciudadanía Valenciana por el Clima. También la eliminación de información adicional en la Certificación de Eficiencia Energética -como propuestas de mejoras para tal fin- y restricciones adicionales a nivel de eficiencia en el otorgamientos de licencias de obra. 

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