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sin obligación de presentar informe justificando la necesidad del contrato menor

Elche se adapta a la transposición europea que permite pagos menores hasta 5.000 euros: antes eran 3.000

9/05/2020 - 

ELCHE. El Consistorio ilicitano ha acordado aplicar al presupuesto actual, y que servirá de ahora en adelante, la transposición de diversas normativas europeas que afectan a la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), y que en la práctica supondrá que los pagos menores, que esta ley vigente estimaba en 3.000 euros, ahora pasan a ser de 5.000 euros. Así, desaparece la obligación de presentar un informe justificando la necesidad del contrato menor —porque actuaría como contrato menor—, y "que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales” fijados para estos contratos.

Hasta ahora, estos pagos menores por valor de 3.000 euros habían sido algunos de los causantes de acumular facturas por parte del mismo proveedor que de forma individual o conjuntamente superaban la cifra permitida para los contratos menores, como señaló el informe de reparos la Intervención municipal que apuntaba que hubo troceo de contratos por parte del Ayuntamiento en 2019, como publicó Alicante Plaza

Todo esto gracias al Real Decreto-ley 3/2020 del 4 de febrero de este añode "medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores", por el incumplimiento de la obligación de transponer las directivas europeas. Con el nuevo articulado del Artículo 118, el que establece que desde 2017 los contratos de obra menores serán de 40.000 euros más IVA —antes eran 50.000— y los menores de servicios y suministros son de 15.000 euros —antes eran 18.000—, lo que se refiere a los pagos menores y la no justificación queda así:

Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.

La propuesta de trasponer esta directiva ha partido desde Intervención, según señalan fuentes municipales, para evitar tantos problemas y reparos con los pagos menores de 3.000 euros de los que dio cuenta este medio, aunque se seguirán fiscalizando a efectos de contrato menor. Así, con estos pagos menores de hasta 5.000 euros desaparece la obligación de presentar un informe justificando la necesidad del contrato menor, que es como actuaría este pago, y de justificar que no se está alterando el objeto del mismo para evitar la aplicación de los umbrales. 

Para el Ayuntamiento, al igual que para el resto, supone un quebradero menos de cabeza por la exigencia de la LCSP y que muchas administraciones públicas intentaban e intentan sortear. Por último, con este ajuste que se realiza a nivel municipal, ahora la Interventora también tiene que fiscalizar materialmente las obras que se realizan, aunque fuentes consistoriales apuntan a que ya se hace de facto.

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