ALCOY. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha corregido una sentencia del juzgado contencioso-administrativo y ha dado la razón a Ayuntamiento de Alcoy para que pueda proceder a adjudicar las obras de construcción del puente de Serelles, que debe dar servicio a la fallida urbanización impulsada por la empresa Luxender, que fue a concurso de acreedores y dejó las infraestructuras públicas del complejo sin completar, además de las propias viviendas. El consistorio alcoyano ha recordado que la obra no supondrá coste a las arcas municipales ya que se realizará con el aval incautado a Luxender que no se puede utilizar para nada más que no sea la urbanización.
Según ha informado el ayuntamiento, a través de una nota pública, el conflicto y, por tanto, el retraso en la adjudicación, nace de un recurso que se presentó al concurso para la redacción del proyecto del puente. Entonces, un licitador presentó un recurso a la adjudicación de la redacción del proyecto del Puente de Serelles al considerar que el adjudicatario se encontraba en baja temeraria y por otro lado, la no admisión de su oferta respecto de parte del equipo técnico que presentó. Consideró el licitador recurrente que dicho perfil profesional es compatible con el requerido en el pliego de licitación, reclamando, en definitiva, 25 puntos más en la valoración.
En primera instancia el Juzgado estimó la demanda al considerar factible la equivalencia respecto del equipo técnico presentado por el licitador y falló a su favor, adjudicándole directamente el contrato de redacción de proyecto.
Entonces, el consistorio presentó recurso contra la citada resolución por considerar que había existido un error por parte del juzgador en la valoración de los informes técnicos municipales obrantes en el expediente y que acreditaban que la mejor oferta calidad-precio era la propuesta ganadora, y no la del licitador recurrente. Pese al fallo, el ayuntamiento mantuvo la primera adjudicación y, al mismo tiempo, recurrió.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dado finalmente la razón al ayuntamiento y detalla que en la primera sentencia el juez no valoró adecuadamente la solvencia y datos en los que se apoyan los informes técnicos emitidos que dan fiabilidad a la oferta adjudicataria. Es decir, considera el TSJ que la baja temeraria está justificada tal y como recogen los informes municipales y por tanto no es motivo de exclusión del licitador adjudicatario, tal y como pretendía el recurrente.
Por lo que respecta a la compatibilidad del perfil técnico cuestionado, la sentencia también da la razón al consistorio y literalmente asegura que “el pliego se refiere a titulaciones y desde este punto de vista no se puede equiparar la de ingeniero técnico industrial a la de delineante o similar”.
De esta manera, el TSJ con su sentencia revoca y anula el primer fallo y además impone a la empresa el pago de las costas procesales. De esta manera, el ayuntamiento ahora podrá seguir con el proceso de adjudicación de las obras que estaba a punto de llevarse a cabo cuando se tuvo que paralizar, tras estimarse la medida cautelar de suspensión solicitada por el licitador.
Aunque el fallo no es firme y, por tanto, cabe recurso ante el Supremo, la concejala de Urbanismo, Lorena Zamorano, ha anunciado que el ayuntamiento de Alcoy va a continuar con el procedimiento de adjudicación de las obras "porque los vecinos no pueden esperar más a tener esta infraestructura tan necesaria y porque el desarrollo de proyectos de esta ciudad no puede quedar supeditado a la voluntad de dilación de un licitador, lo contrario sería a estas alturas una irresponsabilidad. Este gobierno siempre hemos valorado la resolución de los problemas con madurez y responsabilidad. Analizando costes y repercusiones para evitar males mayores y así se ha hecho también en este caso", ha finalizado.