SANTA POLA, (EFE). El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución por la Audiencia Provincial de Alicante de un guardia civil destinado en Santa Pola por extorsionar junto a otro agente y otros dos condenados a un empresario de Alcantarilla para que le diera el BMW ofrecido a cambio de un carné de camiones articulados.
La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la Audiencia alicantina declaró probado que este agente y los dos condenados se presentó a finales de 2011 en la zona donde el empresario trabajaba y le exigieron el cumplimiento del trato "de forma airada e intimidatoria golpeando con los puños la mesa y vociferando para amedrentarlo".
Añadía que "al sentirse asustado por la violencia de sus actuaciones, el empresario recabó el auxilio de su yerno, con lo que se apaciguaron sus modos agresivos y se marcharon sin llevarse el vehículo pactado". El tribunal comentaba que no se había probado que el agente hubiera exhibido su placa o indicado al empresario que le iban "a amargar la vida".
"Ándate con cuidado, que tienes dos asuntos por robo" o "soy la autoridad, y por eso voy a llevarme la furgoneta" tampoco considera el TS probado que le dijera.
La sentencia lo absolvió de los delitos de revelación de secretos y extorsión y condenó a un compañero de cuartel a dos años de prisión y doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros por el primer delito, con la suspensión de empleo por un año.
Por su parte, a los otros dos acusados que resultaron igualmente condenados se les impuso un año, nueve meses y un día de cárcel por un delito de estafa continuada. Estos dos últimos eran quienes, según el tribunal, se dedicaban a ofrecer, "generalmente a personas analfabetas" carnés de conducir supuestamente auténticos a cambio de unos 1.500 euros, para lo que simulaban tener contactos en Tráfico o ser propietarios de autoescuelas que los facilitaban sin realizar el examen teórico.
Con esa actividad, consiguieron 2.900 euros de tres personas, a las que ahora deberán indemnizar con las sumas recibidas.
En cuanto a los agentes, la sentencia del tribunal alicantino declaró probado que entraron con sus claves de acceso en las bases de datos de la Guardia Civil y realizaron consultas sobre determinadas personas, sin que se haya probado ninguna actividad ilícita en el caso del absuelto.
Por el contrario, su compañero sí facilitó datos sobre el empresario de Alcantarilla, como su domicilio y antecedentes.