Socio Director Departamento de Fiscal Galán&Asociados

El reto fiscal que se avecina en 2021

26/11/2020 - 

ALICANTE. En el ámbito tributario, el año 2021 viene marcado por cambios normativos en diversas materias que deberíamos analizar para establecer estrategias, en estas últimas semanas de 2020, que reduzcan el impacto fiscal tanto en las sociedades como en nuestro patrimonio. Todo ello está todavía a expensas de que se aprueben modificaciones en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado, que aún se encuentra en periodo de debate y de enmiendas por todos los grupos políticos.  

No obstante, todo apunta a que los dividendos percibidos por parte de sociedades mercantiles y las rentas positivas que se obtengan en la transmisión de participaciones que hasta ahora podían estar exentas, pasarán a tributar parcialmente a partir del ejercicio 2021, integrándose un 5% de estas rentas en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Únicamente habrá ciertas excepciones en las que se mantenga la exención total, sobre dividendos o participaciones en beneficios procedentes de entidades de nueva creación, durante un plazo de tres años, y percibidos por sociedades que cumplan ciertas condiciones como una cifra de negocios menor a 40 millones de euros.

En esta misma línea, y con las cautelas necesarias hasta que no sea refrendado el proyecto de Presupuestos, en el Impuesto sobre la Renta también se prevé un incremento en los tipos impositivos en dos puntos para las rentas que se integran en la base general, como los rendimientos del trabajo, que excedan de los 300.000 euros; y en tres puntos para las rentas del ahorro superiores a los 200.000 euros, cuyo gravamen aumenta hasta el 26%. Este último incremento tendrá especial impacto en ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones (inmuebles, acciones, productos financieros, inmuebles, etc.) que superen esos importes. En este sentido, pueden plantearse opciones que reduzcan su tributación, como las ventas con precio aplazado.

Las previsiones para 2021 también afectarán a uno de los productos de ahorro fiscal más interesantes hasta la fecha, como son los planes de pensiones. En este caso se prevé una minoración del límite máximo de reducción por las aportaciones realizadas.  La posible reforma plantea que el importe máximo que se podrá reducir en la base imponible general pase a ser la menor de las siguientes cuantías: 2.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos en el ejercicio. En el caso de aportaciones al plan de pensiones del cónyuge que no tenga rendimientos, la reducción máxima se minorará a 1.000 euros. Dichos límites deberán considerarse a la hora de planificar las aportaciones a realizar durante el ejercicio, y valorar otras alternativas para optimizar la declaración de la renta.

Con todas las reservas, parece ser que entraremos en el 2021 con un incremento de varios aspectos fiscales que pueden gravar aún más a las sociedades y personas físicas, tal y como ha ocurrido este año con las cuotas de la seguridad social de los autónomos.

Para minimizar el impacto que pudiera suponer este aumento de presión fiscal, no sólo debemos estar prevenidos, sino que deberíamos tomar decisiones inminentes que pudieran beneficiar a las sociedades a medio plazo. Aumentar la presión fiscal en el momento que vivimos puede resultar un detonante para que las empresas precipiten dichas decisiones, que en otras circunstancias podrían tomarse con más calma.

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