EL PP PIDE QUE EL ALCALDE LO LLEVE ANTE LA FISCALÍA

El informe financiero de Torrevieja desvela nuevas irregularidades en la prórroga a Aquópolis

20/07/2018 - 

TORREVIEJA.  Vuelve el caso de la prórroga de la cesión del solar municipal al parque acuático Aquópolis de Torrevieja, que ya denunció irregularidades en febrero de 2017. De nuevo, el PP, a través de su portavoz, Eduardo Dolón, ha comentado que el “Informe del Plan de Control Financiero Permanente” del ayuntamiento en el que, entre otros asuntos, destaca la detección tanto por la Intervención Municipal como por una Auditoría Externa de graves irregularidades en la gestión de la prórroga del contrato del parque acuático así como una significativa pérdida patrimonial y de ingresos para las arcas municipales.

 Así, Dolón ha manifestado que el  informe “viene a confirmar lo que desde hace muchos meses venimos denunciando desde el Partido Popular sobre este tema y se ha pregunta si el alcalde hará lo mismo que con el caso de la Feria Mayo y llevará el caso a la Fiscalía.

Asimismo, el líder del PP ha exigido al alcalde, José Manuel Dolón, “la elaboración inminente de un Plan de Acción para corregir las irregularidades como indica la Interventora del Ayuntamiento. Es lo que los técnicos municipales marcan que se debe de hacer y no se puede demorar por más tiempo. De no hacerlo, prolongará esta situación injusta por más tiempo y certificará que las irregularidades fueron cometidas con pleno conocimiento de lo que estaba haciendo”.

Por último, el también presidente del Partido Popular se ha dirigido a las responsables de Ciudadanos a los que ha pedido que “estén a la altura de Torrevieja y que dejen de tapar las vergüenzas del peor alcalde de la historia de la ciudad. Es su responsabilidad porque ellas lo pusieron y son corresponsables de todo lo malo que le está sucediendo a Torrevieja como consecuencia de su decisión”.

Estas son las conclusiones del plan de control financiero del Ayuntamiento de Torrevieja, que ha desvelado el PP:

  • No consta la preceptiva publicidad y posterior conformidad del órgano de tutela urbanística.
  • La exención del IBI no se ampara en la aplicación de la Ordenanza Fiscal correspondiente y resulta contraria del principio de eficiencia y rentabilidad que debe primar en la gestión de los bienes puramente patrimoniales.
  • En la contabilización por parte de la mercantil, de la comparativa del coste de los activos revertibles que constan en cuentas (cuya construcción fue ejecutada en 1987) respecto del valor de mercado que sirvió para establecer el canon de arrendamiento en la prórroga aprobada en 2016 (4.143.694,91 euros, a razón de 6% sobre este último) se observa una diferencia de 1,4 millones de euros.
  • La declaración manifestada en escritura pública otorgada relativa a la cesión gratuita de las fincas a favor del Ayuntamiento, no se adecúa a la realidad.
  • De acuerdo a las cláusulas del contrato de arrendamiento subrogado, en febrero de 2017 el ayuntamiento podría haber dispuesto íntegramente este bien y, en caso que así lo estimase conveniente, promover la explotación del parque acuático mediante la tramitación del oportuno expediente. En tal caso habría determinado un precio y plazo acorde con la naturaleza de la actividad y demás condiciones para su correcto desarrollo y salvaguarda del patrimonio municipal, marco al que debería ajustar el adjudicatario que resultare de tal procedimiento.
  • Como se indica en los comentarios a las alegaciones, la aprobación de una prórroga no prevista en un contrato de arrendamiento celebrado entre particulares al que se subrogó el ayuntamiento por aceptar la cesión gratuita de un terreno supone extraer de la esfera pública la gestión de un bien municipal donde se desarrolla una actividad económica, contraviniendo, de facto, la normativa aplicable.


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