ALICANTE. El gigante alicantino de la piedra natural Levantina no da por perdida la licencia de su fábrica de 'Techlam' en Novelda. Como ha contado Alicante Plaza, la firma ha recurrido al Tribunal Superior de Justicia la sentencia de un juzgado de Primera Instancia que anulaba la Declaración de Interés Comunitario (DIC) en la que se basa la licencia municipal para la planta, en base a un defecto de forma que podría revertir el fallo: no se dio trámite de audiencia a la empresa, pese a que era el principal interesado en la resolución.
La nulidad de dicha DIC, que se dictó en 2018, se produjo como consecuencia del contencioso administrativo interpuesto por un vecino de Novelda que vive junto a la fábrica. Dicho recurso se presentó contra el silencio administrativo (que se entendía negativo) de la Comisión territorial de Urbanismo de Alicante, de la Conselleria de Vivienda, a las alegaciones que el mismo vecino había presentado contra la concesión de la DIC en 2016. Ni en este trámite, ni en la vía judicial posterior, intervino la empresa, cuya licencia para fabricar el porcelánico 'Techlam' en su planta se dirimía.
Es decir, que el vecino de la fábrica, en la partida de les Salinetes, recurrió ante la Conselleria la concesión de la DIC, y luego llevó el silencio administrativo negativo de la comisión de Urbanismo ante el juzgado de Primera Instancia de Novelda. La contraparte siempre fue el Consell, pero Levantina no intervino en ninguno de los trámites, y la empresa considera que, como afectada por la resolución, debería habérsele ofrecido el trámite de audiencia. Este defecto de forma, en el cual se basa fundamentalmente el recurso al TSJCV, es el que podría terminar validando la DIC anulada inicialmente, por la indefensión que supuso a la empresa.
Como desveló Alicante Plaza el pasado 26 de enero, la planta de 'Techlam' de Levantina funciona en estos momentos sin autorización. El juzgado anuló la DIC concedida en 2016 para la ampliación de la planta (en base a la cual la mercantil obtuvo la licencia para la actividad) porque se emitió diez años después de que la empresa la solicitase, cuando el plazo máximo contemplado en la Ley 10/2004 de Suelo no Urbanizable es de seis meses. Tanto tiempo transcurrió, que la solicitud la cursó en 2006 Esteve y Máñez SL (la 'antigua' Levantina), y se concedió a Levantina y Asociados de Minerales SA una década más tarde. Las obras de ampliación para las cuales se solicitaba la DIC se acometieron, además, en 2003.
Tras esta sentencia, el Ayuntamiento de Novelda resolvió abrir un expediente que se notificó en marzo de 2019, al amparo de la Ley de Calidad Ambiental, por "el ejercicio de actividad consistente en elaboración de mármol y derivados sin contar con autorización, licencia, declaración responsable ambiental o comunicación de actividades inocuas". Asimismo, dio traslado a los técnicos municipales de las quejas por el ruido. El Consistorio no adoptó medidas contra la empresa a la espera de que la sentencia de primera instancia adquiriese firmeza, cosa que aún no ha sucedido.
Desde el sindicato CCOO explicaron que la dirección de Levantina ha trasladado a los empleados un mensaje de tranquilidad sobre el futuro de la planta de Techlam, y que la actividad de la planta continuará con normalidad en tanto no se dicte la sentencia definitiva en el TSJCV, dado que están convencidos de que el Alto Tribunal dará la razón a la empresa en base al citado defecto de forma. De momento, la actividad efectivamente continúa en dicha fábrica, e incluso la empresa ha realizado mejoras en los accesos para las tareas logísticas.