ALICANTE. No está todo dicho. Los tres investigados por el supuesto fraccionamiento de contratos del llamado caso Comercio, Gabriel Echávarri, Lalo Díez y Pedro de Gea, agotarán todas las vías a su alcance en busca de una exculpación que les evite tener que postrarse en el banquillo de los acusados. De ahí que sus defensas preparen ya los recursos frente al auto de procesamiento dictado por la titular del Juzgado de Instrucción número 9 este martes. Como ha informado Alicante Plaza, disponen de un plazo de tres días para presentar recurso de reforma (ante el mismo juzgado) y de cinco para acudir en apelación a la Audiencia Provincial.
Todo parece indicar que en sus escritos se insistirá en que no existió el delito de prevaricación administrativa que se les atribuye en relación al supuesto fraccionamiento de 14 de los 25 contratos bajo sospecha adjudicados de forma directa entre noviembre y diciembre de 2016 por un importe global de 189.000 euros. Sus defensores alegarán que esos encargos no se trocearon, sino que se concertaron en distintas fases temporales porque respondieron a demandas planteadas en diferentes momentos. Además, abundarán en que los servicios contratados, como la promoción publicitaria del comercio local, no constituye una unidad funcional, ya que todos los anuncios concertados pueden funcionar de manera autónoma, sin formar parte de una única campaña, pese a que compartan el eslogan o reclamo Alicante está de moda. Además, y sobre todo, se incidirá en que en ningún caso ha existido dolo (voluntad de causar un hipotético perjuicio a consciencia): una circunstancia necesaria para que pueda considerarse que existió el delito de prevaricación.
En todo caso, volverán a insistir en que los hechos investigados se limitan a una irregularidad administrativa que, además, fue corregida desde el momento en el que se anuló el reconocimiento de pago por el sistema ordinario (las facturas se abonaron como reconocimiento extrajudicial de crédito) y se elevó una consulta al Consell Jurídic Consultiu (CJC) para que dictaminara al respecto.
Las defensas insistirán en que no existió voluntad de causar perjuicio y la acusación ejercida por el PP se ceñirá a los delitos apuntados por la jueza
Por lo que respecta al delito de usurpación de funciones que se señala para Díez y De Gea, se insistirá en que ningún técnico ni funcionario municipal advirtió de que no tenían capacidad para tomar decisiones relacionadas con la contratación de publicidad, por ejemplo.
La acusación particular que ejerce el PP, por su parte, también estudia ya el auto de procesamiento y el conjunto de las diligencias practicadas para formular escrito de acusación con el que reclamar la apertura de juicio oral, en principio, dirigido contra los tres investigados. Los populares disponen de un plazo de 20 días para presentar ese escrito, al igual que la Fiscalía Anticorrupción, y ya han descartado solicitar nuevas pruebas, pese a que sí se había barajado solicitar nueva documentación.
Según las fuentes consultadas, la representación legal del PP formulará la acusación en los términos en los que se pronuncia la jueza instructora. Es decir, por los delitos de prevaricación administrativa y de usurpación de funciones, aunque podía haberse apreciado indicios de otros ilícitos. En la denuncia presentada por Ciudadanos en relación a los mismos hechos, se señalaba incluso la posibilidad de que se hubiese incurrido en el delito de falsedad. Las mismas fuentes añadieron que el escrito de acusación de la representación legal del PP se basará fundamentalmente en lo recogido en la denuncia, aunque no se dirigió inicialmente contra De Gea y Díez.
Por último, señalaron que se está estudiando la posible petición de penas. Según el Código Penal, el delito de prevaricación administrativa recogido en el artículo 404, se castiga con inhabilitación para empleo o cargo público de nueve a 15 años; mientras que el de usurpación de funciones, se sanciona con pena de entre uno y tres años de prisión. Los populares no exigirán responsabilidad civil para que los acusados puedan resarcir el daño causado, en caso de condena.