ELCHE. La Audiencia Provincial ha condenado a un hombre de 46 años por haberse apropiado de una cantidad de 100.000 euros que se iba a destinar a un camping en el término municipal. En concreto, el tribunal ha dictado una sentencia de dos años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de seis meses fijando la cuota diaria en seis euros y pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. En total, el acusado deberá abonar 105.133,40 euros a la víctima del delito. Se le ha acusado de apropiación indebida.
En el juicio, celebrado el pasado mes de febrero, la Audiencia falló a favor de la acusación particular, aunque esta pedía un resarcimiento de 150.000 euros por supuesta estafa así como cinco años de prisión. En retrospectiva, el denunciante conoció al acusado tras haberlo contratado para realizar unas obras en una reforma de su vivienda en Alicante. Tras ello, surgió la idea de impulsar un camping en una finca que el perjudicado tenía en la pedanía ilicitana de Santa Anna. Por ello constituyeron en 2012 la sociedad mercantil Camping Santa Ana SL.
El capital de la sociedad era de 155.000 euros, repartido en 1.550 participaciones de las que el denunciante suscribió 1.250 a través de la aportación dineraria de 125.000 euros. El otro socio y ahora condenado, suscribió 300 participaciones a través de la entidad Hometainer SL, aunque sus aportaciones no fueron monetarias, sino a través de una vivienda modular de 30 m2 que se describía en la propia escritura de constitución. Poco después el acusado mediante varios pagarés ingresó los 125.000 euros en la cuenta bancaria de la sociedad, que administraba el condenado a través de Hometainer. Sin embargo, este tan solo justificó el pago de apenas 20.000 euros a cuenta del pago por el mobiliario adquirido para las obras de la vivienda del denunciante, así como gastos menores para notaría, registro o gestorías.
Al tiempo, el tribunal relata que el perjudicado había sido diagnosticado de "esquizofrenia paranoide crónica presentando en los momentos críticos de su enfermedad un cuadro de alucinaciones auditivas graves, ideas delirantes y de complot", además de falsos reconocimientos. Por ello fue declarado como parcialmente incapacitado y sometido a tutela un año después. Además, la sentencia subraya que el denunciante "no recuerda nada de lo sucedido, ni la firma de la escritura de constitución de la sociedad", ni la apertura de "una cuenta corriente, ni las operaciones para ingresar dinero en dicha cuenta, ni la firma de pagaré alguno".
En cualquier caso, son todos ellos hechos declarados probados que son jurídicamente constitutivos de un delito de apropiación indebida y que según la sentencia, cuadran plenamente con las características de estos delitos según la jurisprudencia existente. A su vez, poco después de la apertura de la cuenta, y tras los ingresos de los pagarés, tan solo quedaban en la misma 45 euros. La sentencia señala que el acusado nunca ha negado la percepción de estos pagarés y la gestión del dinero. Asegura que dicho dinero se invirtió parcialmente en una segunda reforma de la casa del perjudicado, "siendo su finalidad principal la de abonar diversos gastos para la constitución de la sociedad e instalación del camping y la adecuación del terreno a tal fin".
Con todo, el acusado no acreditó, al menos totalmente —sí esos 20.000 euros—, que el dinero recibido fuera desembolsado para sufragar los gastos derivados de la puesta en marcha del camping. El acusado reconoce, según la sentencia, "que no se emitieron facturas por las entidades que realizaron estos trabajos dado que el camping no se construyó y que las cantidades reflejan las provisiones de fondo que se efectuaron. Sin embargo, tampoco se aporta ninguna justificación de dichas provisiones". Así, tras los 125.000 euros que se transfirieron a la cuenta de Hometainer, el acusado pudo disponer de 105.133,40 euros sin justificación de destino. De hecho los movimientos bancarios reflejan que hubo detracciones por importe de 49.501,60 euros y 75.000, casi la totalidad de lo ingresado, en una semana, "sin que tampoco se haya justificado el destino de dicho dinero".
Eso sí, la Audiencia libera al acusado de los cargos de estafa que exigía el denunciante, ya que no se puede comprobar que el perjudicado no fuera consciente de la situación en el momento de librar los pagarés. Precisamente el acusado fue quien se ofreció a firmar la notaría y el proyecto del camping, porque el entorno de la víctima le desaconsejó la idea, en la que había insistido.