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Condena en costas con declaración de temeridad

4/03/2019 - 

ALICANTE. "Se imponen las costas de este recurso al recurrente, con declaración de temeridad procesal", reza el auto del magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante por el que desestima el recurso del Instituto Valenciano de Fianzas (IVF) contra el levantamiento de la suspensión cautelar del convenio de acreedores del Elche.

El mismo, al que ha tenido acceso Alicante Plaza, fue notificado a las partes el pasado sábado y está fechado un día antes, es decir, el 1 de marzo. 

El magistrado José Luis Fortea desestima los dos motivos que plantea el banco del Consell en su recurso y con ello pone fin a las opciones de este de bloquear un aumento de capital social por compensación de créditos que, paradójicamente, se había aprobado por los accionistas del Elche 72 horas antes. El IVF alegaba una supuesta doble infracción de la Ley Concursal al decretar el levantamiento de la citada medida cautelar, algo que el juez rechaza de plano.

Además, el banco del Conselles condenado en costas "al apreciarse temeridad, ante la palmaria inexistencia de las infracciones denunciadas, y por pretender una interpretación extensiva de la norma sin amparo legal ni jurisprudencial".

Al IVF le queda ahora la opción del Tribunal Supremo: la Audiencia Provincial le comunicó el pasado martes la remisión a este del recurso de casación interpuesto el 18 de febrero contra la sentencia de 18 de abril de 2017 por la que se aprueba el convenio de acreedores del Elche. 

El objetivo del banco del Consell es que el paquete de acciones de la Fundación (prenda por la que se garantiza el cobro de los 15 millones que esta le adeuda) no pierda su valor, deje de representar el 55% del capital social. Lo anterior ya no es así tras las ampliaciones de capital por aportaciones dinerarias acometidas estos meses, pero si el Supremo estima el recurso de casación de IVF este podría impugnarlas.

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