por lo que consideran incumplimientos del contrato

El Consultiu da la razón a Altea: puede invalidar la concesión de la zona azul que termina en 2060

27/04/2023 - 

ALTEA. El Ayuntamiento de Altea tiene alas para seguir con la revisión de oficio de la concesión de la mercantil encargada de la zona azul y la grúa. Un contrato firmado en 2000 para 60 años, pero que el gobierno local formado por Compromís y PSOE llevan tiempo analizando con el fin de terminarlo. Para ello precisamente derivaron el caso al Consell Jurídic Consultiu (CJC) para que determinara la forma de proceder por parte de la administración local. Ahora, es este órgano el que les da la razón y avala la revisión de oficio e incluso la posibilidad de invalidar el convenio paralelo por la grúa.

Así lo recoge la resolución del CJC a la que ha tenido acceso Alicante Plaza. Según este dictamen, el pleno de este ente celebrado el pasado 19 de abril valoró la situación contraída entre las partes. Hay que tener en cuenta que la última vez que se manifestó la problemática fue en el pleno del 30 de junio de 2022. En aquel entonces, el concejal de Infraestructuras, Diego Zaragozí, relató las deficiencias achacadas a la empresa y se acordó la suspensión de la ejecución del contrato en lo relativo al abono por parte del municipio de los gastos por depósito o estancia de vehículos de terceros. El asunto quedó a la espera del Consultiu.

En su dictamen, recoge que la gestión integral del servicio público de aparcamientos en Altea se adjudicó a Asterita Inversiones SL. La mercantil había propuesto la construcción y explotación de cinco parkings, con un plazo de concesión de 60 años y un canon anual de 3.000 pesetas por cada plaza de estacionamiento subterráneo construida. El orden de creación de los mismos sería: Paseo del Mediterráneo, Plaza del Convento, Plaza de los Deportes, Palau de las Bellas Artes y la plaza frente al Centro Social. El contrato se firmó en diciembre de 2000 y no fue hasta julio de 2004 cuando se aprobó el proyecto técnico de construcción de una plaza pública y el primer aparcamiento subterráneo. Y el único hasta la fecha.

Han pasado 22 años desde el acuerdo de adjudicación, y dice el Consultiu, "con la particularidad de que en los pliegos no se incluyó un calendario o programa de construcción de los aparcamientos ni ejecución de las obras". 

En base a un informe externo, resalta que por la gestión y recaudación de las tarifas del estacionamiento en superficie la empresa no paga contraprestación alguna -en los 60 años- porque se entendía que a cambio se amortizaba la inversión total en aparcamientos subterráneos. Pero esto último sigue sin cumplirse, y como consecuencia, el Ayuntamiento ha suprimido 96 plazas de zona azul, que ha ido reclamando en varios escritos la concesionaria para su retorno a la plaza de pago. 

Convenio de colaboración

Otro de los aspectos que influyen en la relación contractual es un convenio de colaboración firmado entre las dos partes. Afecta en este caso en la gestión de la grúa, para la cual el Ayuntamiento se comprometía a abonar la estancia de los vehículos en el retén. Pero el Consultiu también da un tirón de orejas al Consistorio, recordando que hay una sentencia de 2011 en la cual le condena al pago de medio millón de euros por no abonar las facturas. Pero el problema no para de crecer, así, en 2021 hay un escrito de la empresa que reclama 15,7 millones de euros por el mismo concepto.

Finalmente, esta mala relación entre las partes se ha derivado en informes y mociones a pleno para buscar una solución. De este modo, proponían la revisión de oficio por nulidad de pleno derecho del contrato de servicios de la grúa, por ser un contrato independiente del de los aparcamientos. Lo mismo también con la concesión de la zona azul por no existir un compromiso temporal para la construcción de los cinco aparcamientos subterráneos. Y finalmente, iniciar el procedimiento para interpretar el servicio complementario de estacionamiento regulado en la vía pública (ORA) para restablecer, si se contempla, el equilibrio económico del contrato. A lo que se añadió, como se decía, la suspensión del pago por la grúa.

"Nulo y leonino"

Por su parte, Asterita Inversiones, ahora Asa Parkings SL, se opuso a la decisión. Sin embargo, la secretaria accidental en junio de 2022 resolvió que se trataba de un "contrato nulo y leonino". Por lo que siguieron ampliando los plazos para la revisión de oficio y a su vez, esperar a la resolución del Consultiu. Durante el proceso de investigación por parte del ente valenciano, la empresa pidió personarse y presentó alegaciones al respecto, afirmando que ningún órgano judicial había cuestionado la validez de la relación contractual, ni el Ayuntamiento identifica las causas en las que se puedan justificar, "faltando elementos probatorios o no habiéndose valorado otros". 

Con todo, el Consistorio ratificó la intención de proseguir con la revisión de oficio para declarar la nulidad del convenio de colaboración por la grúa y del contrato. Por lo primero, que incluye lo mencionado por el depósito de vehículos, los informes técnicos y la asesoría externa concluyen que no siguió ningún procedimiento de licitación, a pesar de que en 22 años se le ha abonado a la empresa 5,5 millones de euros. Por lo que respecta a la ORA, se sustentan en una desproporción entre los derechos, obligaciones y contraprestaciones recíprocas: no ha ejecutado los cinco aparcamientos, pero ha percibido entre el 2012 y 2019 más de 954.000 euros por la recaudación de la zona azul.

Incumplido

A continuación, el dictamen del Consultiu señala que se adjudicó un contrato de concesión que era distinto el régimen jurídico que luego se formalizó. A su vez, reseña que "el contenido contractual fue ampliamente incumplido desde el principio, lo que de alguna forma fue consentido por la administración municipal contratante durante años, si bien esta a partir de un momento intentó reconducir contenidos del contrato de concesión, con muy escasa colaboración de la adjudicataria". 

Finalmente, habla de una "adjudicación directa" e "ilegal" de la grúa, así como la desproporción del número de plazas de estacionamiento en superficie frente a las inversiones en las obras pendientes. Motivo todo ello, señala, para que sen de las circunstancias de invalidez. En caso de decretarse, la nulidad de pleno derecho conlleva la liquidación del contrato, incluyendo indemnizaciones. No obstante, pide instruir un expediente contradictorio donde se admita la culpa de las dos partes, ya que apunta también al ayuntamiento por "consentir durante años" los incumplimientos. 

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