LA VILA JOIOSA. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de la Vila Joiosa ha archivado la denuncia interpuesta hace un año por el Ayuntamiento contra una empresa por presunta estafa. El Consistorio les compró un dron para labores de vigilancia y salvamento, cuyo uso dependería de la Policía Local. Pero el dispositivo no cumplió con las expectativas de la administración local, que terminó denunciando el caso en los juzgados. Ahora, el juez ha dictado el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias previas.
Como ya explicara Alicante Plaza, se trata de la mercantil Spadrone S.A., que estuvo ubicada en Distrito Digital en su día. En aquel entonces, la que era edil de Seguridad, Isabel Perona, relató que cuando quisieron utilizar el dron, comprobaron que no se elevaba lo suficiente, considerando que no funcionaba de manera adecuada. Tras esto, devolvieron a la empresa el artilugio para que lo solucionara, regresó de vuelta, según su versión, con piezas cambiadas, pero siguió sin responder a las necesidades del Ayuntamiento, que tras un informe encargado a una empresa especializada, les trasladaron que les habían "estafado" porque entre otras cuestiones, no llevaba las baterías adecuadas, según mencionó.
La labor principal del uso del dron era de apoyo para las tareas de salvamento en la costa durante el verano. La apuesta del gobierno local por este sistema fue tal, que formaron a un policía local que ya se ocupaba del vuelo de drones para el uso de este modelo en concreto que habían adquirido.
En su escrito, el fiscal pide el sobreseimiento libre y el archivo definitivo por no considerar que sea constitutivo de delito. En este informe, al que ha tenido acceso este diario, recuerda que el Ayuntamiento adquirió la aeronave en diciembre de 2021 por un precio de 17.999 euros. El Consistorio alegaba que había resultado defectuoso en el vuelo, por falta de estabilidad y de control. A su vez, reseña que tras la toma de declaraciones, entre ellos, al que fuera el CEO, "los hechos de la instrucción no revisten carácter de delito". Eso sí, sin perjuicio de que en su caso, la responsabilidad sea civil, por un presunto "incumplimiento de contrato entre las partes".
Finalmente, expone en su escrito firmado el 26 de marzo que no existe un "ánimo doloso en el proceder de los hechos, o el comportamiento de los investigados, por lo que no existe, ni en su caso, se dan los elementos necesarios para configurar un delito de estafa, en concreto, el ánimo defraudador, necesario como elemento subjetivo de este tipo penal".
El CEO de la empresa cuando se firmó el contrato, Christian Tomás Sánchez, estuvo representado en el caso por el abogado Francisco Ramón Perona García. En su defensa, argumentó que no había elementos constitutivos de un delito de estafa, lo que fue respaldado por el informe de la Fiscalía de Área de Benidorm y ratificado por la magistrada que ha instruido el caso. Así, se ha evitado el juicio penal y se ha reorientado hacia la jurisdicción civil, donde se dirimirán las cuestiones contractuales, según ha explicado el letrado.