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Varapalo del Constitucional: inadmite el recurso de Benidorm por los 283 millones de euros de Serra Gelada

El Tribunal Constitucional inadmite el recurso de amparo presentado por el Ayuntamiento de Benidorm

  • Serra Gelada, en Benidorm.
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BENIDORM. Enero no ha empezado bien para el Ayuntamiento de Benidorm en cuanto a las resoluciones judiciales sobre los terrenos de Serra Gelada. Después de que se le notificase la revocación de la sentencia que daba la razón al Consistorio en un procedimiento paralelo por le mismo conflicto, ahora llega una resolución nada próspera para la administración local: el Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo. Una opción a la que se acogió para evitar el pago de la indemnización que asciende a 238 millones de euros más intereses.

Así lo recoge la providencia de la Sala Segunda, Sección Cuarta, del Tribunal Constitucional a la que ha tenido acceso este diario. La misma, firmada el pasado jueves 8 de enero, acuerda no admitir a trámite el recurso "por no apreciar en el mismo la especial trascendencia constitucional que, como condición para su admisión, requiere el art. 50.1.b) LOTC (STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2)". Asimismo, señala que el Ministerio Fiscal puede interponer un recurso de súplica en el plazo legal de tres días. De lo contrario, se archivarán las actuaciones.

Fuentes municipales indicaron a Plaza que la providencia ha sido notificada este martes y en estos momentos están esperando directrices "de los servicios jurídicos que tras la reunion de hoy a las 9.30 con todos los grupos municipales, están estudiando los pasos a dar y cómo actuar". Una postura que ya mantuvo el alcalde, Toni Pérez, este lunes durante la rueda de prensa sobre el fallo notificado antes que el del Constitucional.

Como ha venido explicando este diario, el Ayuntamiento fue condenado al pago de una indemnización valorada en 283 millones de euros más intereses después de una denuncia de parte de los propietarios que se quedaron sin poder desarrollar sus terrenos ubicados en Serra Gelada tras su protección como Parque Natural. Tras esto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) no aceptó el incidente de nulidad y ahora el Constitucional tampoco admite el recurso de amparo. 

La indemnización responde a la compensación de los aprovechamientos urbanísticos de Murcia Puchades Expasión SL y Urban Villajoyosa 2000 SL incluidos en el sector APR-7. En esta causa se estudia la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento con relación de dichos terrenos en base a los convenios firmados en 2003 y 2004, y renovados posteriormente en 2010 y 2013. 

Conflicto de décadas

Los dueños de este suelo firmaron un acuerdo con Vicente Pérez Devesa de alcalde en 2003, y fue prorrogado ya con el gobierno de Agustín Navarro en 2010 y 2013. De este modo, trataban de dar salida a una situación creada con el nuevo PORN, que declaraba Serra Gelada como parque natural y, por tanto protegido desde 2005. En él, se establecía las compensaciones por no poder edificar en sus parcelas, sin embargo, estas indemnizaciones nunca llegaron a ejecutarse sin antes una sentencia judicial.

El convenio se comprometía a compensar con edificabilidad en otras parcelas a los propietarios por esos terrenos, que el Plan General de 1963 reconocía como urbanos. El PP comenzó la revisión de oficio de este convenio en 2021 y el dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC) avaló la nulidad del acuerdo. En noviembre de 2022 se aprobó por el pleno con el voto a favor de los populares y la abstención de PSOE y Ciudadanos.

No obstante, los informes aportados en aquel entonces consideraban que la indemnización económica no tiene cabida por parte del Consistorio por reconocer a dichos propietarios derechos de aprovechamiento urbanístico, que no se ha patrimonializado, y por tanto, que no se había adquirido "dado que no habían procedido a la cesión, equidistribución y urbanización". Esta tesis recogía que aunque los terrenos estuvieron clasificados en el PGOU de 1963 como suelo urbano, "no parecían contar" con los requisitos exigidos como acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, etc.

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