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Puchades aprieta a Benidorm por la sentencia de Serra Gelada y se opone a la suspensión del pago

La defensa del empresario alega contra la petición del Ayuntamiento de Benidorm que solicita suspender el plazo para abonar la cuantía millonaria mientras se pronuncia el Constitucional, lo que provocaría aplazar el abono de los más de 300 millones de euros

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BENIDORM. El Ayuntamiento de Benidorm sigue sin cerrar uno de sus capítulos más complicados: la sentencia por los terrenos de Serra Gelada. Un fallo que obliga al pago de más de 300 millones de euros como contraprestación por unos terrenos ubicados en el Parque Natural al que da nombre. La última novedad viene de la mano de la defensa de las empresas ganadoras, Murcia Puchades Expansión SL y Urbana Villajoyosa 2000 SL, ambas del conocido empresario local Francisco Murcia Puchades. Un nuevo escrito en el que las mercantiles se oponen a suspender el plazo de la ejecución de sentencia que había solicitado el Consistorio, es decir, al pago de la cuantía millonaria.

Como viene contando este diario, la administración local ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para que suspendiera la sentencia sobre los terrenos de la APR-7 así como su anulación. A su vez, había reclamando la suspensión de los plazos para la ejecución de sentencia al Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante, de donde parte todo el conflicto judicial. El Ayuntamiento lo solicitaba hasta que haya un pronunciamiento del Constitucional. Una forma también de ganar tiempo para buscar una solución a lo que podría suponer un gran esfuerzo económico para la ciudad.

La petición, como cabía esperar, ha encontrado la oposición de los afectados, que ponen sobre la mesa las garantías del derecho a la tutela judicial. En su escrito de alegaciones, a las que ha tenido acceso Plaza, apuntan a la incompetencia de los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa para acordar la suspensión firme recurrida en amparo. Hay que tener en cuenta que la defensa, del despacho valenciano Domingo Monforte Abogados, tendió la mano al Ayuntamiento desde el primer momento en el que se dio a conocer la sentencia para buscar una solución que convenciera a la dos partes.

Además, la defensa también entra a valorar la capacidad que tiene el Consistorio para hacer frente a los más de 300 millones de euros. Así, rechazan la argumentación del Ayuntamiento que habla de un colapso financiero de las arcas municipales, con consecuencias para el municipio, el personal y los servicios públicos. "No es verosímil ni necesario que se produzcan los efectos apocalípticos alegados", recoge el texto. Asimismo, insisten en que todo ello tiene que estar acreditado y no ser hipotético, por lo que niegan que las referencias a un informe del departamento de Intervención sea sufuciente para justificarlo

A su vez, se refieren al artículo 106.4 de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) que prevé la posibilidad de modular la ejecución en caso de grave trastorno económico para la Administración. Y recuerdan que existen mecanismos adicionales de financiación que permiten a las entidades locales acudir a fondos estatales de apoyo a la liquidez. De igual forma, se refieren al remanente de Tesorería trasladado en mayo en el que figuraban 40,8 millones de euros y por tanto, rechazan que exista un daño irreparable, que es el marco en el que el Cosntitucional podría acordar la suspensión.

Convenios

Para conocer el historial de este conflicto urbanístico hay que remontarse a hace más de 20 años. Los dueños de este suelo firmaron un acuerdo con Vicente Pérez Devesa de alcalde en 2003, y fue prorrogado ya con el gobierno de Agustín Navarro en 2010 y 2013. De este modo, trataban de dar salida a una situación creada con el nuevo PORN, que declaraba Serra Gelada como parque natural y, por tanto protegido desde 2005. En él, se establecía las compensaciones por no poder edificar en sus parcelas, sin embargo, estas indemnizaciones nunca llegaron a ejecutarse sin antes una sentencia judicial.

El convenio se comprometía a compensar con edificabilidad en otras parcelas a los propietarios por esos terrenos, que el Plan General de 1963 reconocía como urbanos. El PP comenzó la revisión de oficio de este convenio en 2021 y el dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC) avaló la nulidad del acuerdo. En noviembre de 2022 se aprobó por el pleno con el voto a favor de los populares y la abstención de PSOE y Ciudadanos.

No obstante, los informes aportados en aquel entonces consideraban que la indemnización económica no tiene cabida por parte del Consistorio por reconocer a dichos propietarios derechos de aprovechamiento urbanístico, que no se ha patrimonializado, y por tanto, que no se había adquirido "dado que no habían procedido a la cesión, equidistribución y urbanización". Esta tesis recogía que aunque los terrenos estuvieron clasificados en el PGOU de 1963 como suelo urbano, "no parecían contar" con los requisitos exigidos como acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, etc.

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