ALICANTE. Los residentes del Centro de Alicante cierran su reclamación ante la justicia sobre el exceso de ruido asociado a la actividad hostelera que se concentra en el perímetro de la calle Castaños con la misma solicitud que dio origen al proceso: que se dicte una sentencia por la que se conmine al Ayuntamiento de Alicante a implantar limitaciones mediante la declaración de una Zona Acústica Saturada (ZAS). Esa petición, anticipada por este diario, se concreta ahora en el escrito de conclusiones, registrado el pasado viernes en el Juzgado de lo Contencioso número 3 que dirime sobre su reclamación, a la vista de la existencia de hasta tres informes distintos en los que -a su juicio- quedaría confirmada la superación de los límites sonoros establecidos en la normativa sobre prevención de la contaminación acústica.
El escrito de conclusiones insiste en que los tres informes coinciden en ese mismo análisis sobre las repercusiones del funcionamiento de los locales concentrados en el mismo ámbito, sin que el Ayuntamiento de Alicante, la Asociación de Locales de Ocio y Restauración (Alroa) o los titulares de algunos establecimientos hosteleros -que también están personados en el contencioso a título individual- hayan aportado estudios alternativos susceptibles de rebatir o desmontar esa constatación.
Es más, los vecinos dan tan asegurada la veracidad de los tres informes que se muestran dispuestos a aceptar que el juzgado pueda encargar otra comprobación o estudio adicional en el caso de que pueda albergarse dudas sobre los dictámenes previos, al tener el convencimiento de que el resultado de cualquier medición que pueda encomendarse seguirá siendo el mismo.
¿A qué tres informes aluden los residentes? En primer término, al elaborado por la consultora especializada Cecor en 2013 en el que se basó la primera solicitud de declaración de ZAS presentada en vía administrativa ante el Ayuntamiento y que resultó desestimada. En segundo lugar, al primer dictamen pericial encargado por el Jugado de lo Contencioso número 4 en el proceso previo por vulneración de derechos fundamentales instado en 2018 a través de la Asociación de Vecinos del Centro Tradicional.
Ese dictamen, elaborado con las mediciones captadas por la red municipal de sonómetros entre julio de 2018 y julio de 2019, fue uno de los principales elementos de prueba que permitió que se lograse una sentencia favorable a los residentes en primera instancia, aunque luego quedó revocada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) con el aval posterior del Tribunal Supremo (TS) por una cuestión técnica: la falta de legitimación de una asociación para revindicar la vulneración de derechos fundamentales que se circunscriben a la esfera individual.
Y el tercer informe sería un segundo dictamen pericial, también encargado por designación judicial en respuesta a la petición de los vecinos en este segundo contencioso, en el que se analizaron mediciones desde 2020 hasta 2023. En concreto, ese último estudio concretaba que desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de octubre de 2023, se habrían producido hasta 951 registros de más de 65 decibelios en horario nocturno durante el año 2020; 834 en 2021; 732 en 2022 y, por último, 178 hasta octubre de 2023.